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10 preguntas frecuentes sobre las prestaciones del INEM

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Cuando el desempleado accede a una prestación por desempleo, son muchas las dudas que pueden llegar a surgirle, como por ejemplo, por qué ha cobrado menos ese mes o qué consecuencias tiene olvidarse de renovar la demanda de empleo. A continuación, te mostramos las 10 preguntas más frecuentes sobre las prestaciones del INEM y si no consigues dar respuesta a la duda que tienes escríbenos y te la intentaremos resolver.

1. ¿Puedo solicitar una prestación del INEM si no he trabajado nunca?

Las prestaciones del INEM son ayudas por desempleo que protegen a los trabajadores que han perdido su trabajo de forma involuntaria, como por ejemplo a través de un despido objetivo.

En el caso de que hayan cotizado al menos 360 días tienen derecho a cobrar la prestación contributiva «el paro», y si no cuentan con esas cotizaciones, pueden solicitar un subsidio por desempleo siempre que reúnan los requisitos mínimos para acceder a él.

Las personas que no hayan trabajado nunca en España, solamente podrán solicitar un subsidio por desempleo en determinadas situaciones

Por tanto, con carácter general, las personas que no han trabajado nunca no pueden ser beneficiarias de una prestación del INEM, aunque excepcionalmente, podrán pedir un subsidio por desempleo las personas que no hayan trabajado nunca en España si se encuentran en alguna de las situaciones siguientes:

Estas situaciones, dan lugar a los siguientes subsidios por desempleo aunque no hayan trabajado nunca en España:

Subsidio para los liberados de prisión

Subsidio para emigrantes retornados

Subsidio por mejoría de una invalidez

Además, en el caso de que no puedan acceder a alguno de estos subsidios por desempleo, tienen la posibilidad de pedir la Renta Activa de Inserción RAI si cumplen con los requisitos necesarios. Toda la información sobre esta ayuda extraordinaria en el siguiente enlace:

Renta Activa de Inserción RAI

2. ¿Cómo puedo saber si mi prestación ha sido aprobada?

Cuando el trabajador solicita una prestación por desempleo, recibirá en el domicilio que indicó en la solicitud, una carta certificada del SEPE con la resolución.

No obstante, las personas que estén interesadas en realizar un seguimiento a su solicitud y comprobar si ha sido aprobada o denegada antes de recibir la notificación, disponen de tres formas para realizarlo:

Acudiendo a la oficina

Pueden acudir a la oficina de empleo donde tramitaron la solicitud para que puedan informarle. Recuerda que para atenderte en las oficinas del SEPE es obligatorio que obtengas cita previa:

Cita previa INEM por teléfono

Cita previa INEM por internet

Por teléfono

También pueden ponerse en contacto con el SEPE a través del número de atención teléfonica:

901119999( Info Prestaciones )

El horario de atención es de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.

Por internet

Por último, pueden acceder a su expediente SEPE a través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal para comprobar el estado de tramitación de su solicitud.

Expediente SEPE

3. ¿Qué ocurre si no devuelvo un cobro indebido?

Si has percibido una prestación por desempleo cuando en realidad no tendrías que haberlo hecho, el SEPE te reclamará que devuelvas esos cobros indebidos, es decir, que no tenías que haber percibido.

El trabajador dispone de 30 días para devolver esos pagos que no le correspondían o bien solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de pago durante ese plazo.

Si pasan los 30 días y no devuelves el dinero, el SEPE iniciará por la vía de apremio la reclamación de la deuda y además tendrá un recargo del 20% sobre importe total en concepto de intereses por la demora.

En el caso de que posteriormente vuelvas a ser beneficiario de una prestación por desempleo, el SEPE descontará y compensará la deuda con las cantidades que tendrías que percibir.

Si estás en esta situación y quieres fraccionar el paro o bien solicitar un aplazamiento pincha a continuación:

Pago fraccionado en los cobros indebidos

4. ¿Por qué me han pagado menos de subsidio por desempleo?

La cuantía que se percibe por un subsidio por desempleo se corresponde con el 80% del IPREM, es decir, 426 euros mensuales durante 2022.

Si te han pagado menos de subsidio por desempleo puede deberse a varias causas como por ejemplo:

  • Porque tengas una orden judicial de embargo que tenga que ver con una pensión compensatoria o de alimentos
  • Si tenías cobros indebidos anteriores y el SEPE está compensando la deuda que tenías
  • Si no has renovado el subsidio por desempleo después de seis meses
  • Si estás compatibilizando la ayuda con el trabajo a tiempo parcial, pues entonces la cuantía se ve reducida proporcionalmente en función de las horas que estés trabajando
  • Si te has olvidado de sellar el paro, es decir, que no has renovado tu demanda de empleo en la fecha prevista

5. ¿Pueden embargarme una prestación por desempleo?

Las prestaciones por desempleo se pueden embargar siempre que exista una resolución judicial o administrativa que lo autorice y solamente la cuantía que se haya establecido en esa resolución.

Ahora bien, no podrán embargarse cuantías que superen el salario mínimo interprofesional, con la excepción de los embargos que se realizan para pagar la manutención de los hijos o una pensión compensatoria, ya que en estos casos, puede retenerse incluso la totalidad de la cuantía.

6. Se me ha olvidado sellar el paro ¿y ahora qué?

Si estás percibiendo una prestación por desempleo y se te ha olvidado renovar la demanda de empleo, es posible que te sancionen ya que el SEPE considera que has cometido una infracción, pues has incumplido el compromiso de actividad como beneficiario de una prestación.

Según el tiempo que haya transcurrido desde la fecha en que tenías que haber sellado el paro, y si no es la primera vez que ocurre, te expones a perder uno o varios meses de prestación, o incluso la extinción definitiva como ocurre si estás cobrando la Renta Activa de Inserción.

Lo importante es que selles el documento DARDE lo antes posible, bien acudiendo a tu oficina de empleo o a través de las Sedes Electrónicas del Servicio de Empleo Autonómico de la provincia donde resides.

Toda la información que necesitas para renovar la tarjeta del paro a continuación:

Sellar el paro

7. ¿Puedo seguir cobrando la prestación si voy a empezar a trabajar?

Para poder compatibilizar el trabajo con una prestación por desempleo, es necesario que la jornada sea parcial, es decir, que trabajen menos de 40 horas semanales.

Además de esto, si el trabajador está cobrando un subsidio por desempleo, podrá seguir manteniéndolo siempre que su sueldo no supere el 75% del salario mínimo interprofesional.

El cobro de prestaciones por desempleo cuando se compatibilizan con el trabajo a tiempo parcial, se reducen proporcionalmente a las horas que se trabajan.

En el momento en el la persona empieza a trabajar, tiene 15 días para solicitar la compatibilidad de su prestación a través del formulario de solicitud simplificada de prestaciones.

Tienes toda la información en el siguiente artículo:

Trabajar y cobrar el paro

*Recuerda que el trabajo a tiempo completo y el cobro de una prestación por desempleo es incompatible.

8. ¿Puedo solicitar el paro por internet?

Si dispones de dni electrónico, certificado digital o usuario y contraseña cl@ve puedes tramitar tu prestación a través de la Sede Electrónica del SEPE siempre que estés dado de alta como demandante de empleo previamente, es decir, apuntado al paro.

Si quieres solicitar el paro por internet, pincha en la siguiente dirección:

Solicitud paro Sede Electrónica SEPE

9. ¿Cómo puedo renovar el subsidio por desempleo?

Determinados subsidios por desempleo como la ayuda familiar para desempleados, se concede por seis meses con posibilidad de prorrogarse por periodos de seis meses hasta alcanzar su duración máxima que puede alcanzar hasta los 24 meses.

En el momento en el que el trabajador recibe su último pago, dispone de quince días para solicitar la prórroga de la ayuda.

La finalidad de esto es que el SEPE compruebe que aún se continúan manteniendo los requisitos por los que se le concedió el subsidio por desempleo.

Si quieres renovar tu subsidio, a continuación tienes toda la información detallada acerca de cómo puedes hacerlo:

Renovar subsidio por desempleo

10. ¿Tengo ayudas por desempleo si trabajo como empleada del hogar?

Los empleados del hogar no cotizan por desempleo y por tanto, una vez finalizan su trabajo, por regla general no tienen derecho a acogerse a las diferentes prestaciones por desempleo.

Solamente podrán beneficiarse cuando previamente tengan días cotizados de un trabajo anterior:

Encontrarás toda la información en el siguiente artículo:

El despido de los empleados del hogar

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