Saltar al contenido

La maternidad y el paro ¿Cómo se compatibilizan ambas situaciones?

¿Qué ocurre si durante la baja maternal se acaba tu contrato y te quedas desempleada? ¿ y si ya estabas cobrando el paro cuando has dado a luz? Estas son algunas situaciones que pueden producirse relacionadas con la maternidad y el paro. En este artículo encontrarás respuesta a estas preguntas y otras situaciones que pueden darse.

1. La baja por maternidad y la finalización del contrato de trabajo

Si durante la baja maternal termina tu contrato y te quedas en situación legal de desempleo, seguirás cobrando la prestación por maternidad hasta que finalices el plazo, que suelen ser 16 semanas por regla general o hasta que tengas el alta médica.

En el momento en que finalices el periodo de maternidad, tienes quince días para solicitar el paro si reúnes los requisitos siguientes:

  • Tener cotizados al menos 360 días en el momento de la solicitud
  • Estar afiliado en un régimen de la Seguridad Social en el que cotices por desempleo (las empleadas del hogar no pueden cobrar el paro por ejemplo porque no cotizan por ello)
  • Tienes que estar apuntada al paro, es decir, inscrita como demandante de empleo en el Servicio Autonómico de Empleo de la localidad donde residas.
  • Mantener la inscripción durante todo el tiempo en que estés cobrando la prestación, renovando la demanda de empleo en las fechas señaladas.
  • Suscribir el compromiso de actividad en el momento de presentar tu solicitud
  • No puedes estar percibiendo una prestación de la Seguridad Social que sea incompatible con el trabajo como por ejemplo una incapacidad permanente absoluta

Si no reúnes los requisitos de cotización necesarios para cobrar el paro, tendrás igualmente un plazo de quince días para solicitar el subsidio por desempleo.

A continuación tienes toda la información detallada sobre cómo solicitar el paro:

Prestación contributiva paro

2. Estar cobrando el paro y dar a luz

Otra de las situaciones que puede tener lugar, es que se tenga un bebé mientras se está cobrando el paro.

Si esto ocurre, la prestación contributiva queda suspendida y la madre percibirá la prestación por maternidad durante las 16 semanas en las que esté de baja maternal.

Una vez que finalice este periodo, tendrá nuevamente quince días hábiles para que pueda reanudar de nuevo la prestación que tenía suspendida, cobrando el mismo importe que tenía concedido.

Mientras se está de baja maternal no se consumen los días de paro, a diferencia de lo que ocurre con una incapacidad temporal.

3. Cobrar un subsidio por desempleo y tener un hijo

En el caso en el que estés cobrando un subsidio por desempleo y des a luz, esto no va a suponer ningún cambio, es decir que continuarás en la misma situación como si no hubieras tenido un bebé, cobrando el subsidio y durante el tiempo que te reste para finalizar la ayuda por desempleo como si no estuvieras de baja.

Ahora bien, si estás cobrando un subsidio por desempleo y tienes un hijo, debes comunicarlo al SEPE lo antes posible, pues la demanda de empleo queda suspendida, y por tanto, no estarás obligada a realizar cursos de formación para el empleo, acudir a entrevistas de trabajo o incluso sellar el paro.

En el momento en el que la madre finaliza el subsidio, no tiene derecho a solicitar la prestación por maternidad

4. Cómo solicitar la prestación por maternidad

Al día siguiente desde que se comienza el permiso de baja por maternidad, se puede solicitar la prestación.

Debes acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS pues es el organismo que la gestiona. En caso de que seas trabajador del mar, será competente el Instituto Social de la Marina ISM.

¿Cómo se solicita?

Tienes que presentar el impreso de solicitud de prestación por maternidad junto con los documentos siguientes:

  • Documento Nacional de Identidad DNI o el NIE y el pasaporte si eres extranjero
  • Libro de familia
  • Debes rellenar la hoja 5 del modelo de solicitud si el descanso se ha cedido al padre o lo disfruta simultáneamente

En algunos casos será necesario presentar el informe de maternidad, como por ejemplo si el descanso es anterior al parto

Si has adoptado o acogido un hijo tendrás que presentar la resolución judicial y el certificado de discapacidad en caso de que la posea y sea mayor de 16 años.

Recuerda que para tramitar prestaciones en la oficina de atención de la Seguridad Social debes pedir cita previa:

Cita previa Seguridad Social

Si quieres saber más sobre la prestación por maternidad y descargar el modelo de solicitud, clica a continuación:

Prestación por maternidad

5. Ayudas después del paro si se tienen hijos a cargo

Si finalizas la prestación contributiva y tienes hijos a cargo, es posible que puedas acogerte a la ayuda familiar si continúas en desempleo. Tienes toda la información que necesitas acerca de este subsidio en el siguiente enlace:

Ayuda familiar para desempleados

En el caso de que finalices el subsidio y sigas desempleada, aquí tienes las ayudas extraordinarias que gestiona el SEPE en estas situaciones:

Ayudas después del subsidio

También puede ocurrir que la llegada del nuevo bebé haya dado lugar a una nueva situación: ser familia numerosa. En este caso puedes consultar las ayudas disponibles en el siguiente artículo:

Ayudas para familias numerosas

Si has agotado todas las ayudas estatales a las que tenías derecho, infórmate acerca de las prestaciones autonómicas:

Renta mínima de inserción

6. ¿La baja por maternidad consume días de paro?

Si tienes que suspender la prestación contributiva porque has dado a luz, no afecta a la duración, pues durante el tiempo en que se permanezca de baja maternal no consumirá días de paro, es decir, se queda congelado hasta que lo reanudes nuevamente después de las 16 semanas.

Una vez que concluye la baja por maternidad entonces hay que volver a activar el paro, dentro de los 15 días hábiles siguientes. En este caso se vuelve a cobrar la misma cantidad de dinero que se estaba percibiendo antes de la baja maternal y con la misma duración.

7. ¿Tengo que aceptar ofertas de empleo estando de baja maternal?

En el momento en que la persona se encuentra de baja por maternidad, debe comunicar al SEPE su nueva situación, pues durante ese periodo se suspende la demanda de empleo y por tanto, no está obligada a:

  • Realizar cursos INEM
  • Sellar el paro
  • Acudir a entrevistas de trabajo o charlas de orientación profesional
  • Ir a sesiones de control que puedan producirse

8. ¿Tengo ayudas si soy madre soltera?

En el caso de que seas madre soltera, es posible que puedas acogerte a determinadas ayudas en función de los requisitos que cumplas como por ejemplo:

  • Deducciones por maternidad
  • Ayudas por hijo a cargo
  • Prestación por nacimiento o adopción
  • Ayudas por parto múltiple

Tienes todas estas ayudas detalladas en el siguiente enlace:

Ayudas para madres solteras

Más Información

*Información actualizada a Julio 2022