El Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM) es el organismo encargado de gestionar las prestaciones para desempleados. Aquí tienes la lista con todas las ayudas que hay en el inem y toda la información que necesitas para solicitarlas.
Índice del artículo
1. El paro. La prestación contributiva
El paro es la ayuda del INEM que se cobra en función de las cotizaciones del trabajador, es decir, que una vez se queda parado, si tiene al menos 360 días cotizados en los últimos seis años puede solicitar la prestación contributiva.
La duración y la cuantía que cobrará de paro dependerán de varios factores, como por ejemplo si tiene responsabilidades familiares, el total de días cotizados que tiene acumulados y su base reguladora.
Para poder percibir esta prestación por desempleo, es necesario que se tramite durante los quince días posteriores al cese en el trabajo, siempre que haya sido involuntario, es decir, que no haya sido el trabajador quien se haya marchado por propia voluntad sino que sea la empresa quién lo haya cesado del puesto.
El paro se gestiona en las oficinas del SEPE, pero antes de tramitarlo, hay que inscribirse como demandante de empleo en el Servicio de Empleo autonómico correspondiente a la localidad de residencia.
Requisitos para cobrar el paro
- Tener 360 días cotizados en los últimos seis años
- Estar inscrito como demandante de empleo
- No puede tener la edad prevista para la jubilación
- No se puede estar percibiendo ninguna prestación que sea incompatible con el trabajo
En el siguiente enlace encontrarás toda la información y descarga de impresos:
2. El subsidio por desempleo
El subsidio por desempleo es la prestación que se cobra cuando el desempleado ya ha agotado el paro o no tiene derecho a percibirlo porque no reúne los requisitos mínimos
La ayuda son 426 euros mensuales y la duración irá en función del supuesto en el que se encuentre y al subsidio que pueda acogerse.
El subsidio por desempleo puede solicitarse en función de varios supuestos, de tal forma que el desempleado podrá acogerse a esta prestación si se encuentra en alguno de los siguientes:
Subsidio por insuficiencia de cotización «el mini paro»
- Si no tiene cotizados los 360 días mínimos para pedir el paro cuando cesa en su trabajo podrá solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización si al menos tiene acumulados tres meses y cuenta con responsabilidades familiares. Si no tiene personas a su cargo necesitará haber cotizado seis meses como mínimo:
Subsidio por insuficiencia de cotización
Ayuda familiar para desempleados
- Podrá solicitar la ayuda familiar para desempleados cuando tenga responsabilidades familiares y haya transcurrido un mes desde que terminó de cobrar el paro. La duración del subsidio en este caso irá en función de los meses que ha estado percibiendo el paro:
Ayuda familiar para desempleados
Subsidio para mayores de 45 años
- Si tiene 45 años y no posee responsabilidades familiares, puede solicitar este subsidio de 426 euros durante seis meses cuando agote el paro.
Subsidio para mayores de 45 años
Subsidio para mayores de 55 años
- Si tiene 55 años y ha cotizado seis años como mínimo durante su vida laboral, puede tramitar esta ayuda del inem que se mantendrá hasta la jubilación, siempre que haya agotado el paro u otro subsidio por desempleo que estuviera cobrando.
Subsidio para mayores de 55 años
Subsidio para emigrantes retornados
- Si ha trabajado en un país extranjero que no pertenezca al Espacio Económico Europeo o no tenga un Convenio de protección al desempleo podrá solicitar el subsidio para emigrantes retornados si no tiene derecho al paro con las cotizaciones que tuviera en España antes de emigrar.
Subsidio para emigrantes retornados
Subsidio para los liberados de prisión
- Esta ayuda podrá percibirla quien haya salido de prisión tras haber cumplido una pena de al menos seis meses y no tenga derecho al paro si reúne los demás requisitos:
Subsidio para los liberados de prisión
La Renta agraria y Subsidio agrario
- Si es un trabajador del campo inscrito en el SEASS residente en Extremadura o Andalucía, podrán solicitar estas dos prestaciones por desempleo si acreditan los requisitos mínimos para cada una de ellas. La Renta Agraria se tramita cuando no se tiene derecho al subsidio agrícola. Los mayores de 52 años tendrán que reunir requisitos adicionales.
3. Ayudas del SEPE extraordinarias
Por último, el SEPE también gestiona las denominadas ayudas extraordinarias, destinadas a los desempleados que han agotado todas las prestaciones anteriores y continúan parados.
Actualmente existen tres ayudas del INEM de carácter extraordinario:
- La Renta Activa de Inserción
- La ayuda de 400 euros. El Programa Prepara
- El Programa de Activación para el Empleo
La Renta Activa de Inserción
Los desempleados de más de 45 años que hayan agotado las prestaciones anteriores a las que tenían derecho pueden tramitar la Renta Activa de Inserción siempre que reúnan los requisitos siguientes:
- Tener menos de 65 años
- Ser parado de larga duración
- Tener ingresos por debajo del 75% del salario mínimo interprofesional
- No haberse beneficiado de la RAI en los 365 días anteriores ni haberla cobrado tres veces
Determinados colectivos como los emigrantes, víctimas de violencia de género o quienes estén percibiendo una pensión no contributiva tendrán que cumplir menos requisitos.
Ayuda de los 400 euros. El Programa Prepara
El Plan Prepara es un programa que incluye un itinerario de inserción laboral, una ayuda económica de apoyo de entre 400 y 450 euros mensuales durante seis meses y la realización de cursos de formación para desempleados.
Quienes hayan sido beneficiarios de la Renta Activa de Inserción, el PRODI o la Renta Agraria no podrán solicitar el Prepara
Para poder acogerse a la ayuda de los 400 euros, se debe ser parado de larga duración o tener cargas familiares. y no tener ingresos por encima de 491,40 euros al mes.
Programa de Activación para el Empleo
El Programa de Activación para el Empleo es la última ayuda del INEM que gestiona este organismo. Para acogerse a este programa, el desempleado tiene que haber agotado el paro y el subsidio por desempleo y no puede haber cobrado la Renta Activa, el Plan Prepara o el PRODI.
El PAE es un programa temporal que puede solicitarse hasta el 17 de abril de 2021
El PAE también contempla un plan de inserción laboral y una ayuda económica de 426 euros al mes durante seis meses.
Es posible trabajar y cobrar el PAE al mismo tiempo durante cinco meses.