¿Has agotado el paro y el subsidio por desempleo? ¿Sigues desempleado? Solicita el Plan Prepara, una ayuda extraordinaria del SEPE. Conoce los requisitos.

El Plan Prepara se conoce como la ayuda de los 400 euros y es un programa que gestiona el SEPE para los desempleados de larga duración o con cargas familiares, que hayan agotado todas las prestaciones y subsidios a los que tenían derecho. Todo lo que necesitas saber a continuación.
Índice del artículo
- ¿Qué es el Plan Prepara?
- Requisitos para pedir la ayuda de 400 euros
- ¿Cuánto dura la ayuda del prepara?
- Cómo solicitar la ayuda de 400 euros
- ¿Tengo que declarar esta ayuda del Inem a Hacienda?
- ¿Cuándo se cobra el prepara?
- ¿Puedo trabajar y cobrar el Programa Prepara?
- ¿Puedo volver a solicitar el prepara si ya lo he cobrado antes?
1. ¿Qué es el Plan Prepara?
El Plan Prepara, conocido como la ayuda de 400 euros, es un programa que se aprobó en Febrero del 2011 con la finalidad de recualificar profesionalmente a los desempleados y ayudarles económicamente.
A pesar de ser una medida que se aprobó con carácter temporal, se ha prorrogado abril de 2018 debido a las elevadas tasas de paro que tenemos actualmente.
El Plan Prepara se mantendrá hasta que la tasa de paro no esté por debajo del 18%.
¿Qué incluye el Programa Prepara?
La persona que pueda acogerse al Plan Prepara podrá beneficiarse de las siguientes medidas:
Itinerario de inserción laboral
Una vez que se consigue la ayuda se tendrá acceso a un itinerario totalmente individualizado orientado a conseguir la inserción laboral. A través de este plan de inserción, el desempleado conocerá sus posibilidades reales de empleo, y sabrá cuáles son las profesiones en las que formarse para obtener una inserción laboral exitosa.
Ayuda económica
Además, de la formación, otro de los beneficios es la cuantía económica que irá de los 400 euros a los 450 euros al mes durante seis meses dependiendo de la situación familiar en la que se encuentre.
Para recibir los 450 euros el desempleado tiene que tener a cargo tres o más miembros.
Cursos Inem
Un aspecto esencial de esta ayuda son los cursos de formación, ya que el Prepara prevé formación a cada uno de los beneficiarios.
A día de hoy, y desafortunadamente, ha quedado demostrado que los recursos son insuficientes, por lo que en muchos casos tan solo se reciben algunas técnicas de búsqueda de empleo, o como prepararse una entrevista de trabajo, algo bastante alejado de la idea original.
Obligaciones de los beneficiarios de la ayuda de 400 euros
Los beneficiarios del Plan Prepara tienen las siguientes obligaciones:
- Deben participar en todas las acciones dedicadas a la formación a las que haya sido asignado.
- Deberá aceptar cualquier trabajo que sea adecuado a ella y que se le ofrezca mediante el SEPE a no ser que haya una causa debidamente justificada.
- Se tiene que acreditar cada mes que se está realizando una búsqueda activa de empleo.
- Sellar el paro en las fechas indicadas en el documento DARDE.
2. Requisitos para pedir la ayuda de 400 euros
Para poder acogerse al Plan Prepara el desempleado tiene que encontrarse en alguno de los dos supuestos siguientes:
- Ser parado de larga duración; esto significa que de los últimos 18 meses, al menos 12 de ellos se debe ser demandante de empleo y así debe constar en la oficina de empleo.
- Tener responsabilidades familiares, es decir, que la persona que solicita la ayuda debe tener algún hijo a su cargo menor de veintiséis años, hijos mayores de 26 que sean personas con discapacidad o menores de 18 años que sean acogidos. O un cónyuge a su cargo.
Además, tendrá que acreditar los siguientes requisitos:
No estar siendo beneficiario de ningún tipo de prestación o de subsidio. |
No tener deudas ni con Hacienda ni con la Seguridad Social. |
Solicitar esta ayuda antes de dos meses después agotado el paro o el subsidio por desempleo. |
No tener derecho a la prórroga de una prestación por desempleo, ya sea el paro o cualquier subsidio. |
No haber recibido ningún tipo de ayuda similar como es el PRODI, la Renta Agraria, laRenta Activa de Insercción ni el plan Prepara. |
Que los ingresos que tenga sean inferiores al 75% del salario mínimo interprofesional (551,92 euros mensuales para 2017) |
Firmar un acuerdo para participar en un itinerario personalizado de inserción laboral: un orientador va a decidir, junto con la persona desempleada, cuales son los mejores cursos para llevar a cabo. |
Y por último, que la persona acredite que está buscando de manera activa un trabajo. |
3. ¿Cuánto dura la ayuda del prepara?
La cuantía económica de apoyo que la persona recibe será de 400 euros durante un periodo de seis meses. Se trata de una subvención que podrá variar según las circunstancias del caso.
Esta ayuda no se cobra el día 10 de cada mes como la prestación de desempleo, sino que la persona deberá esperar hasta el día 20 de cada mes posterior a la solicitud y aprobación de la ayuda del Plan Prepara.
Así por ejemplo, la cuantía correspondiente al mes de septiembre se cobraría el 20 de octubre. Por lo tanto, el día que pagan la ayuda de los 400 euros es el día 20 del mes siguiente.
4. Cómo solicitar la ayuda de 400 euros
En el plazo de dos meses desde que se agota la prestación por desempleo, el desempleado tiene que presentar la solicitud en la oficina de empleo del SEPE que le corresponda según su domicilio.
La ayuda de los 400 euros se tramita en las oficinas del SEPE con cita previa
Recuerda que para acudir a las oficinas del SEPE es obligatorio que lo hagas con cita previa para ser atendido. Puedes obtener día y hora por Internet y por teléfono. Aquí tienes los enlaces:
Documentación
Si quieres solicitar esta ayuda del inem y reúnes todos los requisitos, tienes que presentar en la oficina del SEPE la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud del Plan Prepara
- DNI o tarjeta de identidad de extranjero TIE.
- Libro de familia, certificado del registro o algún documento que acredite la carga familiar.
- Un justificante de los ingresos que se han recibido durante el mes anterior a la presentación de la solicitud.
- Certificado de empadronamiento.
Una vez que se han presentado todos los documentos , la administración puede demorarse entre unos 20 o 30 días para responder a esta solicitud.
Puedes descargarte el impreso de solicitud a continuación:
5. ¿Tengo que declarar esta ayuda del Inem a Hacienda?
Las ayudas económicas que se reciben por el Plan Prepara no están exentas de IRPF por lo que deberán declararse a la hora de realizar la declaración de la renta. Si has sido receptor de esta ayuda durante el 2017 tienes que declararlo durante el ejercicio de 2018.
El dinero que se ha cobrado durante el período en el que se ha recibido la ayuda de los 400 euros tributa como si fuera un sueldo normal o cualquier otro tipo de percepciones que hayan sido recibidas por parte del INEM.
6. ¿Cuándo se cobra el prepara?
A diferencia del resto de ayudas del INEM, el Plan Prepara suele cobrarse el día 20 del mes siguiente, es decir, que si ponemos como ejemplo el mes de septiembre, la cuantía de ese mes se cobraría el 20 de octubre.
7. ¿Puedo trabajar y cobrar el Programa Prepara?
A diferencia de la prestación contributiva y el subsidio por desempleo que son compatibles con un trabajo a tiempo parcial, no ocurre lo mismo con el Plan Prepara, ya que no es posible trabajar y cobrar el prepara al mismo tiempo.
Por tanto, si la ayuda es de seis meses y a los dos encontramos un trabajo, tendremos que suspenderla, pues no podremos compatibilizar ambas cosas.
Otra peculiaridad es que estos seis meses siguen corriendo aunque estemos trabajando y si por ejemplo a los dos meses de cobrar el prepara encontramos un trabajo de cuatro meses, al finalizar este ya no nos quedará ningún mes de ayuda. Si aún nos quedaran algunos meses, sí podrá reanudarse nuevamente por el tiempo que quede.
Si estás cobrando la ayuda de los 400 euros y encuentras un trabajo, tienes que comunicarlo a la oficina del SEPE cuanto antes
8. ¿Puedo volver a solicitar el prepara si ya lo he cobrado antes?
No es posible volver a solicitar el prepara si ya se ha cobrado antes. Los desempleados solamente podrán solicitarlo una única vez, sin posibilidad de prórroga.
Más Información
*Información actualizada a Enero de 2017