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¿El paro cotiza para la jubilación? ¡Te lo explicamos!

El paro cotiza para la jubilación

Una de las dudas que surgen con respecto a la prestación contributiva por desempleo es: ¿se cotiza para la jubilación estando en el paro?

En este artículo de CursosInemWeb encontrarás la respuesta a esta pregunta, y demás información en relación a este tema, ¡toma nota!

1. ¿Cuando cobro el paro, cotizo para la jubilación?

Son muchos los trabajadores que se preguntan si el tiempo que están cobrando el paro, cuenta como días cotizados para la jubilación. A muchos de ellos les suena que durante el cobro de la prestación continúan cotizando a la Seguridad Social, pero no saben con exactitud qué efectos tiene dicha cotización en relación con las distintas prestaciones, subsidios y ayudas.

Pues bien, mientras que se está cobrando la prestación contributiva del paro, es decir, la modalidad a la que se tiene derecho por haber cotizado al menos 360 días durante los seis últimos años, el trabajador está cotizando a la Seguridad Social, y por lo tanto, también a la jubilación.

La respuesta a esta pregunta es sí: el tiempo de paro cotiza para la jubilación.

El tiempo en que estás en paro, un factor importante

Es decir, mientras está cobrando el paro, el trabajador tiene la oportunidad de seguir acumulando cotizaciones de cara a su jubilación. El tiempo que se cobre la prestación contará como tiempo cotizado en el momento de solicitar la pensión de jubilación.

Hay que tener en cuenta además, que en la prestación contributiva, la cotización no cuenta solo a efectos de cobrar la jubilación, sino también las siguientes prestaciones:

2. ¿Por qué importe cotizo durante el paro para la jubilación?

Mientras que se está cobrando el paro, la base de cotización es la resultante de la media de las bases de cotización que tuvo el trabajador durante sus seis últimos meses en activo.

Es decir, que dicha base de cotización será igual a la base reguladora de la prestación por desempleo que se haya reconocido al trabajador. No habrá topes mensuales, ni mínimo ni máximo.

En el caso de que se trate de una prestación contributiva parcial, por trabajos realizados a tiempo parcial, la base de cotización se calculará reduciéndola de forma proporcional a la disminución de la jornada, o bien de la cuantía de la propia prestación.

3. ¿Quién ingresa las cotizaciones mientras cobro el paro?

Para dar respuesta a esta pregunta hay que tener en cuenta que durante el cobro de la prestación contributiva, existen dos tipos de cotizaciones a la Seguridad Social:

  • Una aportación empresarial, que paga el SEPE
  • Otra aportación que corresponde al trabajador, y que se le descuenta del propio paro, junto con otras retenciones, como las que corresponden al IRPF

Existen dos tipos de cotización: una la paga el SEPE, y otra se le descuenta al trabajador del propio paro

Los años de paro cuentan para la jubilación

4. ¿Cotizan los subsidios por desempleo a la jubilación?

Tenemos que tener presente que existe el paro contributivo, y también una serie de subsidios que no son de tipo contributivo sino asistencial. Hasta ahora, hemos estado hablando en todo momento del paro en su modalidad contributiva.

Pero hay que tener presente que los subsidios por desempleo no cotizan para la pensión de jubilación. No obstante, existen dos excepciones.

Subsidio por desempleo para mayores de 52 años

Una de esas dos excepciones es el subsidio para mayores de 52 años. En este caso el SEPE se encarga de ingresar las cotizaciones a la Seguridad Social, y la base de cotización es el 100% del tipo mínimo de cotización vigente ese año.

En el caso de que este subsidio se interrumpa por algún motivo, se interrumpe también la cotización por jubilación. Y si se trata de un subsidio parcializado, la cotización a la Seguridad Social será proporcional a la reducción del subsidio.

Subsidio para trabajadores fijos discontinuos mayores de 52 años

Cuando el subsidio por desempleo va destinado a trabajadores fijos discontinuos mayores de 55 años, también se cotiza para la pensión de jubilación. En el caso de los fijos discontinuos que tengan 52 años pero 180 o más días cotizados, los primeros 60 días del subsidio también cotizan a la jubilación.

Tanto en el caso del subsidio para mayores de 52 años, como en lo que hemos visto respecto a los fijos discontinuos, las cotizaciones realizadas por el SEPE tienen efectos tan solo para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación, así como el porcentaje aplicado.

Pero esas cotizaciones no sirven para acceder a otras prestaciones. No obstante, queda garantizada la asistencia sanitaria a quienes cobren un subsidio por desempleo, e incluso una vez agotado este.

5. ¿Y las ayudas extraordinarias por desempleo?

En el caso de las ayudas extraordinarias por desempleo, hay que tener presente que ninguna de las tres modalidades existentes cotizan para la jubilación. Estas ayudas son:

Más información

¿Te quedan alguna duda? Entra en el siguiente enlace para descubrir qué establece la ley en relación a este tema:

Ley General de la Seguridad Social