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¿Por qué no tengo derecho a ninguna ayuda?

derecho a ayuda

Más de dos millones de desempleados no perciben ningún tipo prestación a pesar de no contar con recursos económicos. ¿Por qué no tienen derecho a ninguna ayuda, a pesar de su situación personal y familiar? Veamos cuáles son las posibles causas que le impiden acceder a una prestación económica.

1.Posibles causas para no cobrar ayudas

El principal motivo por el que una persona, a pesar de no contar con recursos suficientes, se ve privado de poder solicitar una ayuda económica para hacer frente a sus necesidades básicas diarias, es que no cumple con los requisitos necesarios para poder optar a ella.

De este modo, requisitos mínimos de cotización, tener o no responsabilidades familiares o la edad, pueden impedir a esta persona poder percibir una determinada prestación.

No cumplir con los requisitos mínimos es la principal causa que impide cobrar las ayudas, aunque no es la única

Aunque la falta de requisitos es la principal causa de denegación de las ayudas, lo cierto es que también existen otros factores que van a impedir poder cobrar una prestación, como por ejemplo:

  • Los plazos para solicitarla.
  • Ser trabajador de un colectivo determinado, como por ejemplo, los empleados del hogar que no cotizan por desempleo.
  • Incompatibilidad con otras ayudas que está percibiendo.
  • Haber agotado todas las prestaciones y ayudas a las que pueden acogerse.

A continuación, hemos elaborado un listado con las ayudas más destacadas, junto con los requisitos necesarios para solicitarlas, para que compruebes si es posible que puedas acogerte a alguna de ellas.

2. Las ayudas para desempleados en España

El conjunto de ayudas para desempleados existentes es España actualmente, provienen de diferentes organismos estatales y autonómicos, siendo algunas de ellas compatibles entre sí y otras que no lo son.

Principalmente, las prestaciones y ayudas son gestionadas por:

Las principales ayudas son:

Servicio Público de Empleo Estatal SEPE

  • Prestación contributiva «el paro»
  • Subsidios por desempleo
  • Ayudas extraordinarias

Bienestar Social y Servicios Sociales

  • Salarios sociales, también conocidos como Rentas de Inserción autonómicas
  • Ayudas de emergencia social

Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS

  • Ayudas por hijo a cargo
  • Prestaciones por maternidad
  • Prestaciones familiares (Pensión de viudedad, pensión de orfandad, etc.)
  • Jubilación
  • Prestaciones por incapacidad permanente

IMSERSO

  • Pensiones no contributivas de jubilación e invalidez

3. El derecho a paro

¿Cuándo se tiene derecho a paro? ¿Cuáles son los requisitos para cobrar el paro?

La prestación contributiva, también conocida como «el paro», es la protección por desempleo que perciben los trabajadores que han perdido su empleo de forma involuntaria y han cotizado para ello.

Los requisitos que debes cumplir para poder cobrar el paro son los siguientes:

  • Haberte quedado sin empleo de forma involuntaria, es decir, por despido, fin de contrato o suspensión de empleo como en el caso de un ERE. Esto es lo que se conoce como estar en situación legal de desempleo.
  • Darte de alta como demandante de empleo, es decir, apuntarse al paro.
  • Haber cotizado al menos 360 días en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo.
  • No contar con la edad para jubilarte.
  • Solicitarla en los quince días siguientes al cese en el puesto de trabajo.

Determinados colectivos

  • Los empleados del hogar no cotizan por desempleo, por lo que en el momento que pierden el trabajo, no pueden optar a cobrar el paro.
  • Los autónomos cobran la prestación por cese de actividad » el paro de los autónomos» y para ello deben reunir también determinados requisitos. Pincha aquí para conocerlos.

4. El derecho a subsidio por desempleo

El SEPE también contempla los denominados subsidios por desempleo, que son las ayudas asistenciales para aquellos trabajadores que hayan agotado el paro o no cuenten con las cotizaciones mínimas para poder cobrarlo.

Para poder percibir los subsidios por desempleo, no basta únicamente no tener derecho al paro y encontrarse desempleado, sino que deben reunirse también los requisitos que se piden para cada uno de ellos.

Requisitos generales

Los subsidios por desempleo, cuentan con unos requisitos que son iguales para todos ellos:

  • Estar desempleado.
  • Inscrito como demandante de empleo.
  • No tener ingresos superiores al 75% de salario mínimo interprofesional (491,40 euros /mes para 2022).
  • Firmar el compromiso de actividad.

Requisitos específicos

Además, cada subsidio en concreto cuenta con unos requisitos específicos:

Subsidio por insuficiencia de cotización

  • No tener las cotizaciones necesarias para cobrar el paro (360 días).
  • Haber cotizado al menos seis meses si no se tienen responsabilidades familiares o tres si se tienen.
  • Solicitarlo en los quince días siguientes al despido o finalización del contrato.

subsidio insuficiencia cotización

Ayuda familiar

  • Haber agotado el paro.
  • Tener cargas familiares.
  • Solicitar la ayuda un mes después de haber agotado el paro en el plazo de quince días.

Ayuda familiar

Subsidio para mayores de 45 años

  • Tener 45 años en el momento de la solicitud.
  • No tener responsabilidades familiares.
  • No haber rechazado ninguna oferta de empleo adecuada a su perfil profesional ni haberse negado a participar en acciones de inserción laboral.

Ayuda mayores 45 años

Subsidio para mayores de 55 años

  • No tener derecho a paro.
  • Tener 55 años en el momento de la solicitud de la ayuda.
  • Cumplir con todos los requisitos para acceder a la jubilación menos la edad.

Ayuda mayores de 55 años

Las ayudas extraordinarias

Finalmente, aquellas personas que han agotado el paro y los subsidios, tienen la opción de solicitar las ayudas extraordinarias, que también cuentan con requisitos propios, además de los generales que son los mismos que para los subsidios por desempleo:

Renta Activa de Inserción RAI

  • Tener 45 años o más y ser menor de 65
  • Ser parado de larga duración
  • Haber agotado el paro y los subsidios
  • No haberla percibido en lo últimos 365 días ni haberla cobrado tres veces

Renta Activa de Inserción

Plan Prepara

  • No haber percibido la RAI, Renta Agraria, PRODI o esta misma ayuda alguna vez.
  • Haber agotado el paro y los subsidios por desempleo
  • No tener deudas con Hacienda ni con la Seguridad Social
  • Estar realizando una búsqueda activa de empleo.

Plan prepara

Programa de Activación para el Empleo PAE

  • Constar como demandante de empleo a fecha 1 de diciembre de 2022 o a 1 de abril de 2022.
  • Haber agotado hace seis meses la Renta Activa de Inserción, el Plan Prepara, el PRODI.
  • No tener derecho a paro, subsidios por desempleo o Renta Activa de Inserción.
  • Tener responsabilidades familiares

Programa Activación Empleo

5. Las ayudas autonómicas

Los salarios sociales

Las diferentes comunidades autónomas gestionan los llamados salarios sociales o rentas de inserción autonómicas a través de los servicios sociales municipales principalmente.

A diferencia de las prestaciones por desempleo, no es necesario que la persona esté parada para poder solicitar estas prestaciones, sino que deberá acreditar ciertos requisitos mínimos.

Estas ayudas se conceden una vez que la persona ha agotado todas las posibilidades a nivel estatal, de tal forma que si aún puede acogerse a una prestación por desempleo por ejemplo, no podrá solicitarlas.

Cada comunidad autónoma tiene competencia para determinar los requisitos mínimos, aunque con carácter general suelen ser los siguientes:

  • Figurar empadronado en el municipio y con cierta antigüedad.
  • No tener ingresos suficientes para satisfacer las necesidades básicas diarias.
  • Haber agotado todas las ayudas que podría solicitar a nivel estatal.

Salarios sociales

Ayudas de emergencia social

Las familias más vulnerables que puntualmente tengan que hacer frente a determinados gastos y no cuenten con recursos económicos suficientes, pueden solicitar una ayuda de emergencia social.

Los requisitos generalmente suelen ser:

  • Ser mayor de edad con algunas excepciones
  • Residir habitualmente en la localidad donde quiere pedirse la ayuda
  • No haber cobrado otras ayudas que tuvieran la misma finalidad

Ayudas de emergencia social

6. Las prestaciones de la Seguridad Social

Finalmente, la Seguridad Social gestiona diferentes prestaciones y pensiones relacionadas con la falta de recursos como por ejemplo las ayudas por hijo a cargo o la maternidad no contributiva.

Poder acogerse a estas ayudas dependerá también de los requisitos mínimos, así por ejemplo:

Ayudas por hijo a cargo

  • Residir en territorio español
  • Tener a cargo:
    • Hijos menores de 18 años
    • Mayores de 18 con discapacidad igual o superior al 65%
  • No superar determinados ingresos anuales

Ayudas por hijo a cargo

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