Conozca si debe seguir sellando el paro si ha encontrado trabajo. A continuación le detallamos si tiene que renovar la demanda de empleo en caso de que esté trabajando en estos momentos.
En la propia tarjeta de demanda de empleo, también conocida como DARDE (Documento Acreditativo de Renovación de la Demanda), aparece la fecha en la que hay que renovar la demanda de empleo. Si se tratara de un sábado, domingo o festivo, la fecha pasaría al siguiente día hábil. Normalmente, la renovación de la demanda se hace cada tres meses. Para sellar el paro hay muchas Comunidades Autónomas que exigen hacer el trámite por Internet. Si en su Comunidad se hace de forma presencial, tiene que comprobar si hay establecido un horario específico para esta gestión. En muchas Comunidades el horario de renovación es tan solo de 9 a 10:30 de la mañana. En la mayoría de los casos no se permite renovar la demanda antes de tiempo. Aunque en la mayoría de las Comunidades los Servicios de Empleo Autonómicos comparten oficinas con el SEPE, no hay que pedir cita previa en este último organismo para renovar el paro. Se trata de un trámite que llevan a cabo los Servicios Autonómicos. Si se encuentra fuera y no puede acudir a su propia oficina de empleo para renovar la demanda de empleo, puede realizar el trámite de forma sencilla a través de la oficina virtual. No es necesario renovar la demanda en caso de que esté trabajando. Cuando se encuentra un trabajo, hay que informar de forma obligatoria a la oficina de empleo de esta circunstancia para que se produzca la baja en la demanda de empleo. Una vez que empiece a trabajar, tiene que comunicarlo a la oficina de empleo para que le den de baja como demandante de empleo. A partir de ese momento ya no tendrá que seguir sellando el paro. Como le hemos indicado no será necesario renovar la demanda de empleo, aunque sí podrá hacerlo en caso de que quiera continuar inscrito en el Servicio de Empleo como mejora de empleo, es decir, no en calidad de desempleado, sino con el objetivo de mejorar el puesto en el que se encuentra. Se lo detallamos en el siguiente apartado. La respuesta es sí, se puede estar trabajando y estar apuntado al paro, pero no como desempleado, sino como demandante de mejora de empleo. Así como le hemos indicado que no debe sellar el paro cuando encuentre un trabajo, sí que puede solicitar que se le dé de alta como demandante de mejora de empleo, y mientras siga renovando ese documento, tendrá acceso a las ofertas de empleo del SEPE y a todas las políticas activas que se lleven a cabo como por ejemplo los cursos SEPE para personas ocupadas. Sí, puede trabajar y continuar inscrito como demandante de mejora de empleo. Este trámite se puede hacer tanto de forma presencial en la oficina, como por teléfono e incluso de forma online. Veamos lo que hay que hacer en cada caso: La baja como demandante de empleo debe realizarla en la oficina de empleo autonómica. Si además estuviera cobrando prestaciones por desempleo deberá comunicarlo también al SEPE. Para ello deberá pedir cita previa inem y presentar el impreso oficial de comunicación de la baja. Ambas gestiones se realizan en las mismas oficinas, ya que los dos organismos comparten la misma ubicación. Debe ponerse en contacto con el SEPE a través del teléfono de atención a la ciudadanía 91 273 83 83 o en el teléfono de su provincia para dar de baja la prestación por desempleo. Puede consultarlo haciendo clic en el siguiente enlace: SEPE- ATENCIÓN TELEFÓNICA: CIUDADANÍA *Recuerde que la baja como demandante de empleo debe realizarla ante el servicio autonómico de empleo de su comunidad.* Si prefiere comunicar la baja de la prestación a través de Internet, tiene que acceder al siguiente enlace: SEDE ELECTRÓNICA DEL SEPE- BAJA DE LA PRESTACIÓN La Ley prevé la posibilidad de seguir cobrando el paro cuando se empieza a trabajar a tiempo parcial. Nos referimos en este caso tan solo a la prestación por desempleo en su modalidad contributiva, lo que comúnmente se conoce como el paro. De modo que en este caso el SEPE le seguirá pagando la prestación por desempleo, si así lo desea, ya que también puede suspender el cobro del paro y reanudarlo después. En todo caso, la prestación se reducirá en la parte proporcional al número de horas que se esté trabajando. Por esto le aconsejamos que piense bien si le conviene más seguir cobrando el paro o suspender y reanudar más adelante. Si decide seguir cobrando el paro, tendrá que continuar sellando el paro en la fecha indicada, ya que este es uno de los requisitos para cobrar la prestación por desempleo. Si decide suspender el paro, no tendrá que seguir renovando la demanda, a menos que decida continuar inscrito como demandante de mejora de empleo. Pero si este no es el caso y da de baja su prestación, no tiene que continuar sellando la tarjeta del paro. Una vez que finalice el contrato, tendrá que volver a darse de alta como demandante de empleo para reanudar el cobro la prestación, y entonces tendrá que renovar la demanda en la fecha que aparezca en la propia tarjeta. **Recuerde que la tarjeta del paro o de mejora de empleo, la expiden los servicios autonómicos de la comunidad donde reside.**1. ¿Cómo se renueva la demanda de empleo?
2. ¿Tengo que renovar la demanda de empleo si estoy trabajando?
¿Tengo que sellar el paro si estoy trabajando?
3. ¿Se puede estar trabajando y apuntado al paro?
¿Puedo ser demandante de empleo si estoy trabajando?
4. ¿Cómo puedo informar en la oficina de empleo de que he empezado a trabajar?
Solicitar la baja en el SEPE en persona
Comunicar la baja del paro por teléfono
Cómo hacer el trámite de forma online
5. He empezado a trabajar a tiempo parcial, ¿Qué ocurre con la demanda de empleo?
Si decido suspender el paro, ¿tengo que renovar la demanda de empleo?
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