Si te preguntas cómo saber si el finiquito está bien, en este artículo te explicamos todos los aspectos que debes comprobar en la indemnización, ¡toma nota!
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1. Cómo saber si el finiquito está bien
Lo primero que se debe comprobar es si el salario es el correcto, ya que si fuera inferior, el finiquito también lo sería. Lo que ocurre es que aunque el salario sea correcto, es posible que el finiquito no lo sea. De hecho, existe una serie de errores habituales en el pago del finiquito, que obligan a comprobarlo minuciosamente. Se trata principalmente de los siguientes.
El número de días de indemnización no es correcto
Puede darse el caso de que la empresa trate de hacer ver que se trata de un despido objetivo o un despido disciplinario, cuando realmente es un despido improcedente, ya que la indemnización de este último es mucho mayor. Es muy habitual que se trate de la finalización de un contrato temporal en fraude de ley, lo cual en realidad es un despido improcedente, que conlleva su indemnización. Por lo tanto, hay que comprobar siempre que el concepto es el correcto, para poder determinar que el número de días de indemnización también lo es.
No se ha aplicado el redondeo al alza por meses de la antigüedad
En todas las indemnizaciones, salvo la de fin de contrato temporal, es obligatorio aplicar el redondeo al alza de la antigüedad por meses. Pero es muy habitual que no se haga.
El salario es erróneo
Para calcular la indemnización se utiliza un número de días de salario por año. De modo que si el salario está mal, lo está también la indemnización. Por ejemplo, el salario puede estar mal porque se haya aplicado un Convenio Colectivo distinto al que es de aplicación. También puede haber ocurrido que se haya puesto una categoría inferior a la que realmente corresponde a las funciones del trabajador.
La deuda pendiente no es la que se refleja
Las empresas intentarán hacer ver que el salario que se pagaba era el correcto. Pero en caso de que no lo fuera, además de estar mal la indemnización, será necesario pagar al trabajador la diferencia de salarios a su favor, a lo largo de los últimos doce meses.
Existe un error en el número de vacaciones pendientes
Hay empresas que pretenden hacer creer que el número de días de vacaciones al año es menor al estipulado por Ley. Pero en ningún caso el período de vacaciones puede ser inferior a los 30 días por año. Sin embargo, sí puede ser superior cuando lo establezca el Convenio aplicable al sector, lo cual es bastante habitual.
El número de pagas extraordinarias pendientes es incorrecto
El trabajador tiene derecho a cobrar este concepto, siempre y cuando no haya sido prorrateado entre las pagas. Lo que ocurre es que a veces se confunden en dicho prorrateo, por ejemplo, no metiendo en las pagas todo el salario que corresponde.
Hay un error respecto al exceso de jornada
Puede ocurrir que la empresa pretenda hacer ver al trabajador que no ha hecho las horas extra que le corresponde pagarle. De forma que es necesario determinar la jornada laboral máxima, para así poder saber si se debe algo por este concepto.
2. ¿Qué conceptos debe incluir el finiquito?
Los conceptos que se deben pagar en el finiquito son los siguientes:
- Días de indemnización, que varían según la forma de finalización de la relación laboral.
- Días de falta de preaviso. Este concepto solo aparecerá en caso de despido objetivo, o cuando finalizan determinados contratos temporales.
- Días de vacaciones pendientes por disfrutar.
- Parte proporcional de las pagas extras pendientes de cobro. Figurará solo cuando estas se cobren aparte, y no prorrateadas.
- Cualquier deuda que tenga la empresa con el trabajador, y que este último hubiera podido reclamar por primera vez hace menos de un año. Este plazo se ampliará cuando el trabajador haya interrumpido la prescripción de la deuda laboral, y en determinados casos de subrogación.
3. ¿Cuándo me tienen que pagar el finiquito?
El finiquito se tiene que pagar el mismo día en el que el trabajador cause baja en la empresa, con independencia de cuál haya sido la causa de la misma. Es más, en algunos casos, la empresa debe preavisar con unos días de antelación, y si no lo hace, tendrá que pagar aparte esos días de preaviso que no se han respetado.
El finiquito se paga el mismo día que el trabajador causa baja en la empresa.
Cuando se trata de otros conceptos de la indemnización, estos se deben abonar en la fecha de cobro pactada previamente. Pero que la empresa tenga que pagar el mismo día, no significa que ocurra nada si no lo hace, sino que ese día se iniciaría el plazo que tiene el trabajador para iniciar acciones legales. Dicho plazo es de 20 días hábiles o de 12 meses, según lo que se desee reclamar.
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