Junto con la pensión de viudedad, de orfandad y el auxilio por defunción, la Seguridad Social también contempla la pensión en favor de familiares, una prestación económica que se concede, en determinados casos, a los familiares en caso de que fallezca o desaparezca la persona que los sustentaba.
Índice del artículo
1. ¿En qué consiste la pensión a favor de familiares?
La pensión en favor de familiares es una prestación económica que se enmarca dentro de las prestaciones por muerte y supervivencia que gestiona la Seguridad Social.
El objetivo de esta pensión es proteger a las personas que se encuentran en situación de necesidad tras la muerte o desaparición de un familiar del que dependían económicamente.
Para poder percibir esta prestación, se necesitará acreditar un determinado periodo de cotización de la persona fallecida o desaparecida en función de la situación laboral en la que se encontrara.
2. ¿Quiénes pueden beneficiarse?
Podrán ser beneficiarios de la prestación en favor de familiares las siguientes personas:
Nietos/as y hermanos, huérfanos de madre y padre que sean:
- Menores de 18 años.
- Mayores de 18 con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Menores de 22 años que no trabajen o que si lo hacen no perciban ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
Madre y abuelas, que sean:
- Viudas, solteras o casadas, siempre que el marido sea mayor de 60 años o posea una incapacidad para el trabajo.
- Separadas o divorciadas.
Padre y abuelos, que hayan cumplido 60 años o estén en situación de incapacidad para trabajar.
Hijos y hermanos del fallecido si éste era pensionista de la pensión de jubilación o de incapacidad permanente. Además deberán ser:
- Mayores de 45 años solteros, viudos o separados
- Deberán acreditar que dedicaron de forma prolongada al cuidado del fallecido.
Requisitos
Además, estos familiares deben cumplir los requisitos siguientes:
- Deben haber convivido con la persona fallecida durante al menos durante dos años de antelación a su fallecimiento.
- Depender económicamente de la persona fallecida.
- No tener derecho a percibir una pensión pública.
- No poseer recursos económicos suficientes, por estar percibiendo rentas iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
- Con obligación de prestar alimentos a sus familiares.
3. Requisitos para solicitar la pensión en favor de familiares
Para poder solicitar la pensión a favor de familiares, la persona fallecida o desaparecida que causa el derecho a cobrarla, debe haber cotizado al menos los siguientes periodos de cotización:
Situación laboral en el momento del fallecimiento o desaparición | Periodo de cotización mínimo necesario |
En alta o situación asimilada al alta |
ó
|
No alta |
|
Pensionista |
|
Muerte por accidente o enfermedad profesional |
|
4. Cuantías
Las cuantías a percibir de determinarán aplicando el 20% a la base reguladora que corresponda según la situación laboral en la que se encontrara el fallecido y la causa que determinara la muerte.
En el caso de que no exista cónyuge, ni hijos con derecho a pensión de orfandad, esta prestación de incrementará con el 52% correspondiente a la viudedad, con el límite del 100% de la base reguladora.
Aún así, se garantizan lo siguientes importes mínimos:
Cuantía mensual |
Cuantía anual |
|
Por Beneficiario |
194,30 € |
2.720,20 € |
Si no hay viuda ni huérfanos con derecho a pensión: | ||
Un beneficiario con 65 años |
469,70 € |
6.575,80€ |
Un beneficiario menor de 65 años |
442,50 € |
6.195, 00€ |
Varios beneficiarios | 194,30 € + 287,30 dividido entre el número de beneficiarios | 2.720,20 € + 4.022,20 € dividido entre el número de beneficiarios |
No existen plazos para presentar la solicitud de pension a favor de familiares. Únicamente debe tenerse en cuenta que si se solicitan la ayuda pasados los tres primeros meses tras el fallecimiento de la persona, ésta se abonará con una retroactividad máxima de tres meses, es decir, que si han pasado ya cinco meses, perderemos dos.5. Plazos para solicitar la pensión en favor de familiares
Para poder solicitar la ayuda en favor de familiares, será necesario presentar el «Modelo de solicitud de Prestaciones de Supervivencia» junto con la documentación que figura en el impreso para esta pensión. Puedes descargarte el formulario en el siguiente enlace: Modelo de solicitud pension en favor de familiares (Pincha aquí para descargar el impreso oficial de solicitud)6. Modelo de solicitud
La concesión de la pensión en favor de familiares, le corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS, por lo que las personas interesadas en solicitar esta ayuda, deberán dirigirse a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.7. ¿Dónde tengo que tramitarla?