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¿Tengo que renovar la ayuda familiar?

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¿Tengo que renovar la ayuda familiar? Si has comenzado a cobrar este subsidio, probablemente te estés haciendo esta pregunta. En este artículo te daremos toda la información que necesitas acerca de la renovación de esta ayuda.

1. ¿Tengo que renovar la ayuda familiar?

La ayuda familiar es un subsidio de 430 euros mensuales que se concede a aquellas personas que han agotado el paro, pero continúan en situación legal de desempleo y, además, tienen responsabilidades familiares.

Pues bien, la ayuda familiar se tiene que renovar. Para poder seguir cobrando el subsidio, se debe renovar cada 6 meses.

2. Requisitos para ampliar la duración del subsidio

Se exige simplemente que se sigan cumpliendo los requisitos que se pidieron para conseguir la ayuda. Es decir:

  • Que el número de familiares a cargo del beneficiario de la ayuda siga siendo el mismo. Si este ha variado, se debe comunicar el SEPE.
  • Que las rentas de los miembros de la unidad familiar sean las mismas. En caso de que estas hayan variado, se exige que no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
  • El beneficiario debe seguir inscrito en el SEPE como demandante de empleo.

3. ¿Cómo se renueva la ayuda de 430 euros?

La ayuda familiar se puede renovar tanto a través de Internet, como presencialmente en las oficinas del SEPE.

Renovación online

Si deseas renovar la ayuda familiar de forma online, haz clic en el siguiente enlace:

Reconocimiento de la prórroga de subsidios

Renovación en las oficinas del SEPE

Para renovar la ayuda familiar en la oficina del empleo, es obligatorio pedir cita previa para que te atiendan. Consulta cómo concertarla aquí:

SEPE- Cita Previa

Una vez en la oficina, lo único que tendrás que hacer será marcar la casilla «Prórroga del subsidio» en el mismo impreso que te entregaron para concederte la ayuda.

4. ¿Cómo puedo saber cuándo me vence?

Tal como indicábamos antes, la ayuda debe renovarse cada 6 meses. Pero hay saber con precisión la fecha exacta en que se cumple este período.

Para ello, se puede o bien consultarlo en el SEPE, o bien leer la comunicación escrita que se envía cuando se concede la ayuda.

A partir de la fecha de vencimiento, se dispone de 15 días hábiles (los sábados cuentan, pero los domingos y festivos no) para proceder a la renovación de la ayuda.

5. ¿Puedo consultar por Internet la fecha de renovación?

También puedes consultar la fecha de renovación de la ayuda por Internet. Para ello tienes que acceder a tu expediente online, a través de la página web del SEPE.

Accede directamente haciendo clic en el siguiente enlace:

SEPE- Consulta de Prestaciones

A continuación, te aparecerán dos posibilidades:

  1. Acceder a través de certificado digital, DNI electrónico o usuario Clave. Si dispones de alguna de estas opciones, pulsa este botón y sigue las instrucciones que se te darán a continuación.
  2. Acceder a través de los «Datos de contraste». Cuando no se tiene ninguna de las opciones anteriores, la web te pide unos datos para poder acceder a ella.

Una vez que accedas a la web, podrás ver toda la información relativa a tu expediente, incluyendo la fecha en que debes renovar la ayuda familiar.

¿Y por teléfono?

Sí, si lo prefieres puedes consultarlo por teléfono. Para ello debes llamar al siguiente número:

901 11 99 99( Llamar aquí )

Puedes llamar de lunes a viernes, de 9 a 14 horas. A través de esta línea, un funcionario del SEPE accederá a tu expediente y te dará toda la información necesaria.

6. ¿Qué ocurre si se me pasa el plazo?

En el caso de que no renueves la ayuda dentro del plazo permitido, el SEPE reconoce la prórroga con fecha del día siguiente a producirse la solicitud.

En este caso se pierden los días transcurridos entre el último día de los anteriores seis meses y el de la solicitud (ambos incluidos).

7. ¿Cuántas veces puedo renovar la ayuda familiar?

La ayuda familiar se concede por un período de seis meses transcurridos los cuales, se puede renovar hasta en dos ocasiones. Pero existen algunas excepciones a esta norma general:

  • En el caso de los desempleados menores de 45 años, que tengan familiares a su cargo y que hayan agotado una prestación contributiva de un mínimo de seis meses, la ayuda se puede renovar hasta cuatro veces.
  • Los desempleados mayores de 45 años, con familiares a su cargo, y que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses, también tendrán derecho a prorrogar cuatro veces la ayuda.
  • Aquellos desempleados mayores de 45 años, que tengan familiares a su cargo, y que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, pueden prorrogar 5 veces la ayuda.

Más información

SEPE-Tengo cargas familiares. Subsidio desempleo