El modelo 190 es un impreso que se utiliza con carácter informativo para declarar las retenciones que las empresas y autónomos han practicado a sus trabajadores, a los profesionales y empresarios. Te mostramos cómo debes rellenarlo correctamente si tienes que presentarlo.
Índice del artículo
1. Modelo 190 ¿para que sirve?
La finalidad principal del modelo 190, tal y como hemos comentado, es poder comunicar a la Agencia Tributaria, todas las retenciones e ingresos a cuenta que se han llevado a cabo durante todo el ejercicio.
El modelo 190 es un resumen anual del modelo 111
Recordemos que el modelo 111 es un impreso que se presenta con carácter trimestral, y va liquidando todas las retenciones ocasionadas por los rendimientos de trabajo, y las que se han realizado a los profesionales en las facturas correspondientes. Además, también es el modelo que se utiliza para realizar la liquidación de algunos rendimientos especiales, como es el caso de los premios y determinadas ganancias patrimoniales.
2. ¿Quién está obligado a presentarlo?
Están obligados a presentar el impreso 190, todas las sociedades, empresas y profesionales que hayan efectuado retenciones en las nóminas de sus empleados, en las facturas a profesionales y además hayan presentado trimestralmente el modelo 111.
Solamente puede presentarse un modelo 190 para cada ejercicio, es decir una única declaración de este impreso AEAT.
3. Fechas para presentar el modelo 190 de la AEAT
El modelo 190 debe presentarse durante los primeros veinte días naturales de enero y se especificarán las cantidades que se hayan retenido durante el año pasado.
Si el modelo se genera con el programa de ayuda de la AEAT, el plazo de presentación será del 1 al 31 de enero.
Hay que tener en cuenta que si el último día de plazo coincide en festivo, sábado o domingo, tendremos hasta el día hábil siguiente para poder presentarlo.
4. Información necesaria para presentar el modelo 190
Para rellenar y presentar el modelo 190, se necesitan tener a mano los siguientes documentos:
- Todas las nóminas en las que se ha retenido la parte proporcional de IRPF.
- Todas las facturas emitidas a los profesionales a las que les hayamos deducido la parte proporcional de IRPF en el momento de realizar el pago por la prestación de servicios o la compra de materia prima o materiales.
5. Cómo rellenar el modelo 190 paso a paso
El modelo 190 cuenta con dos partes.
Por un lado informaremos con carácter general, sobre el total de las retenciones, y por otro, en otra hoja, sobre cada uno de los proveedores, de manera más detallada y específica:
Página 1
Identificación
En primer lugar debemos identificarnos y para ello empezaremos señalando:
- El año de ejercicio
- Los datos del autónomo o empresa. haremos constar:
- NIF
- Nombre completo
- Domicilio fiscal
Resumen datos declaración
- En este apartado indicaremos el número total de perceptores, es decir, a cuantas personas hemos retenido cantidades en sus nóminas (por rendimientos de trabajo) o en facturas (a proveedores fundamentalmente).
- A continuación indicaremos la suma total de los importes totales retenidos a lo largo del año.
Modalidad declaración
Si la declaración que estamos realizando con el modelo 190 es complementaria o sustitutiva de otra, señalaremos en la celda correspondiente el número de justificante de esa declaración anterior.
Cuando hay algún tipo de error, es preciso presentar una nueva liquidación, sin que sustituya la anterior, sino únicamente como complemento.
Fecha y firma
Indicaremos el lugar, la fecha y firmaremos el modelo, bien de forma manual o con firma digital si disponemos de ella y remitimos el modelo de forma telemática.
Página 2
Identificación
Haremos constar el NIF del declarante, quien realiza la liquidación, junto con el detalle del ejercicio (el año anterior).
Detalle de percepciones
Rellenaremos las casillas correspondientes a:
- Los datos del perceptor (empleado o proveedor, es decir, a quien hemos pagado la nómina o factura, reteniendo el porcentaje determinado)
- NIF, sea empresa o autónomo
- Los datos de su representante legal, si se trata de un perceptor menor de 14 años
- El nombre completo o razón social si es un profesional o empresa
- La provincia con dos dígitos de su código postal (08 para Barcelona, 28 para Madrid, etc.)
Por cada perceptor utilizaremos un espacio, Percepción 1, Percepción 2, y así sucesivamente.
Claves y subclaves del Modelo 190
- En lo que se refiere a las percepciones, iremos detallando claves y subclaves, que irán recogiendo el origen específico de los gastos, o de los pagos.
- Podemos consultar la totalidad de las claves y subclaves a rellenar en el modelo 190, a través de la página de la AEAT.
CLAVE |
SUBCLAVE |
A Indican rendimientos del trabajo por cuenta ajena, es decir, nóminas |
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B Todas aquellas prestaciones y pensiones previstas en la Ley del Impuesto (Art. 17.2) |
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C Prestaciones por desempleo incluidos los subsidios (Excepto el pago único) |
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D Pago único (Capitalización de la prestación contributiva) |
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E Retribuciones efectuadas a Administradores y Consejeros |
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F Retribuciones que se perciban por la realización de cursos, seminarios o conferencias. También se incluye la elaboración de obras literarias y científicas |
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G Rendimientos procedentes de actividades profesionales (Este es el caso más común) |
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H Rendimientos obtenidos por la realización de actividades profesionales agrícolas, forestales o ganaderas en estimación objetiva. |
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I Rendimientos procedentes de:
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J Relativo a la cesión de derechos de imagen para aquellos proveedores que estén fuera del territorio nacional |
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K Ganancias y premios de los vecinos derivados de aprovechamientos forestales en montes públicos |
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L Rentas que están exentas de gravamen. Se incluyen también las dietas |
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Percepciones dinerarias
- A continuación, debemos indicar el importe total bruto anual que le hemos pagado al perceptor. Debemos especificar las retenciones que le hemos practicado.
Percepciones en especie
- Debemos hacer constar su valoración en euros.
Ingresos a cuenta
- Cuando hayamos efectuado el ingreso de cantidades a cuenta, tenemos que especificar los importes ingresados y los repercutidos para el perceptor, o sea, los porcentajes que tenga que asumir el trabajador, empleado o proveedor.
Ejercicio de devengo
- Solamente deberemos rellenarlo si nos referimos a ejercicios anteriores al año que se está declarando, ya que, de no ser así, se considera por defecto inmediatamente anterior.
Ceuta o Melilla
- Si hemos obtenido rentas en las Ciudades de Ceuta o Melilla tenemos que indicarlo aquí.
Datos adicionales
- Únicamente se rellenan las claves A, B01, B02, C y D, todo referido a datos del perceptor, es decir, de la persona a la que hemos abonado el concepto determinado (documentos de trabajo o facturas), a excepción de la retención correspondiente.
- El año de nacimiento del perceptor
- Situación familiar que tiene
- NIF de su cónyuge
- Grado de discapacidad si la hubiese
- Tipo de contrato o relación comercial que tenemos con él
- Reducciones por movilidad geográfica del trabajador, en el caso que proceda
- Reducciones aplicables o gastos deducibles, como pueden ser las cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidades obligatorias, pensiones compensatorias o anualidades por alimentos satisfechas en virtud de resoluciones judiciales, hijos y descendientes, ascendentes, personas con discapacidad o no.
Totales
- Al final de cada hoja de cada perceptor, tenemos que señalar el total de cuantías (bases imponibles) y el total de retenciones soportadas (cantidades no abonadas).
6. Formas de presentación del modelo 190
- El modelo 190 puede presentarse de forma impresa o bien telemáticamente.
- Si optamos por presentarlo a través de internet, es necesario tener un certificado digital de usuario autorizado por la Agencia Tributaria, para utilizar la firma electrónica.