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Cómo rellenar el modelo 202

modelo 202

El modelo 202 es el impreso de la Agencia Tributaria que sirve para realizar el pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de no residentes, junto con el Impuesto de Sociedades de los establecimientos de carácter permanente que estén ubicados en España. También deben presentarlo las entidades que no tienen personalidad jurídica propia que aún así obtienen ingresos o realizan actividades económicas, conocidas como entidades en régimen de atribución de rentas.

1. Modelo 202, ¿para qué sirve?

Tal y como hemos indicado, todos los establecimientos que se encuentren en España de forma permanente y las entidades que se hallen en régimen de atribución de rentas, que se constituyeron fuera del territorio español, pero que tienen presencia en España, deben presentar el modelo 202, con la finalidad de que realicen el pago fraccionado del impuesto de sociedades y el que se deriva de la Renta de no Residentes.

Por tanto, es una forma de adelantar una parte del pago total que tendrá que efectuarse cuando presenten la declaración, y que habitualmente se realiza a través del modelo 200.

Todos los pagos que se hayan adelantado a través del modelo 202 tendrán que restarse del importe total que resulte del Impuesto de Sociedades, que si resulta inferior a lo que la entidad ha pagado previamente, podrá solicitar la devolución de la diferencia.

2. ¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 202?

Tienen que presentar este impreso:

  • Todas aquellas entidades que hayan obtenido una cantidad superior a 6.010.121,04 euros anuales en el ejercicio pasado y realicen la declaración de sus rentas a través del Impuesto de Sociedades, independientemente de que hayan o no obtenido beneficios.
  • Las empresas o entidades que en el ejercicio anterior hayan obtenido un resultado positivo aunque no lleguen a 6.010.121,04 euros anuales.

3. Modelo 202, requisitos

Podemos calcular de dos maneras distintas los pagos a cuenta del modelo 202:

  • Una forma de calcularlo será cogiendo la cuota total resultante del último Impuesto de Sociedades y restando las bonificaciones, deducciones y los ingresos a cuenta. El resultado que nos de, será el que tomaremos como base para el pago. A esa base, le aplicaremos el 18% y será el importe que debemos ingresar. Si el pago tiene que hacerse en abril, este cálculo se realizará tomando como referencia el Impuesto de Sociedades que se haya presentado en el ejercicio anterior. Por el contrario, si el pago tiene que efectuarse en octubre y diciembre, tomaremos como referencia el importe del Impuesto presentado en el mismo ejercicio.
  • Otra manera de calcularlo, será cogiendo el resultado del ejercicio en curso y aplicando un porcentaje variable. Para el pago que tenga que efectuarse durante el mes de abril se realizará sobre el resultado de los tres primeros meses (menos las bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta que proceda); el pago de octubre con el resultado a 30 de septiembre, y el pago de diciembre sobre el resultado a 30 de noviembre.

4. ¿Cuándo se presenta el modelo 202?

El formulario 202 debemos presentarlo durante los primeros veinte días naturales de abril, octubre y diciembre de cada año.

En el caso de que el último día sea sábado o inhábil, el vencimiento será el primer día hábil siguiente.

Por tanto:

  • Primer pago: del 1 al 20 de abril
  • Segundo pago: del 1 al 20 de octubre
  • Tercer pago: del 1 al 20 de diciembre

5. Formas de presentar el modelo 202 de la AEAT

El modelo 202 solamente puede presentarse por internet, es decir, por vía telemática.

Ya no es posible la presentación en papel ni tampoco de forma presencial.

6. Cómo rellenar el modelo 202 paso a paso

Identificación y devengo

modelo 202 pdf

En este primer apartado del formulario, debemos anotar los datos siguientes:

  • NIF (número de identificación fiscal)
  • Nombre del declarante o la razón social, en el caso de que sea una entidad
  • El ejercicio de devengo
  • El año en el que presentamos el Impuesto sobre Sociedades
  • Fecha de inicio del periodo impositivo, es decir, el primer día del año nuevo a efectos del Impuesto de Sociedades
  • El código CNAE. Este código se utiliza para clasificar la actividad económica

Datos adicionales

modelo 202 aeat

  • En las casillas correspondientes a los «Datos adicionales» tenemos que señalar la situación concreta en la que se encuentra la empresa, como por ejemplo, que se trate de una Entidad de Reducida Dimensión, siendo una de las situaciones más frecuentes.
  • En el caso de aplicación de incentivos fiscales para empresas de reducida dimensión, deberemos señalarlo en la casilla correspondiente.
  • Si las operaciones efectuadas superan los 6.010.121.04 euros en los doce meses inmediatamente anteriores al inicio del periodo en el que tenemos que declarar, tendremos que señalarlo también.
  • En el caso de que nuestra sea una cooperativa fiscalmente protegida, marcaremos la tercera casilla.
  • Cuando la empresa o entidad pueda aplicar dos tipos de gravamen diferente, marcaremos con una «X» la cuarta casilla de este apartado.
  • Los tipos de gravamen válidos para el Impuesto de Sociedades, es decir, el porcentaje que se aplica a la base imponible o a las cuantías de las operaciones efectuadas son los siguientes:
    • 01
    • 10
    • 19
    • 25
    • 30
    • 35
    • 20/25
    • 20/30
    • 25/30
    • 04/30
    • 35/30
  • Si los beneficios netos obtenidos en los doce meses anteriores al inicio del periodo, ha sido superior a diez, veinte o sesenta millones de euros debemos señalarlo en la casilla correspondiente.
  • Finalmente, marcaremos la última casilla si nuestra entidad tiene al menos, el 85% de los ingresos que se declaran en el periodo impositivo, a los que les sean aplicables determinadas subvenciones o exenciones previstas legalmente.

Liquidación

modelo 202 calculo

  • En la primera celda debemos señalar cuál es la cantidad que estamos declarando, es decir, la base imponible.
  • Si el modelo que presentamos complementa otra declaración anterior, debemos introducir el importe de esa declaración anterior en la casilla 02.
  • En la casilla 03 no debemos introducir nada, ya que será el programa de la AEAT quien automáticamente calcule ese importe. habitualmente, esta cuantía se calcula aplicando el 18% al importe de la casilla 01. Si es una declaración complementaria, se calcula aplicando el 18% a la diferencia resultante entre la casilla 01 y la 02.

modelo 202 cuando se presenta

Ahora debemos cumplimentar los cálculos del pago fraccionado. Veamos casilla a casilla qué es lo que debemos introducir en cada una de ellas:

04:

 

En este espacio de la liquidación, iremos rellenando los cálculos del pago fraccionado:

  • Celda 4. Introducimos el importe de la cuenta de pérdidas y ganancias (información contable).
  • En la 5, 6, 7 y 8  los importes que corresponda a correcciones (disminuciones y aumentos) sobre el resultado de esa cuenta de Pérdidas y Ganancias, a causa del Impuesto sobre Beneficios.
  • La casilla 9 es para el 25% de los ingresos procedentes de rentas extranjeras.
  • La celda 13 se calcula de forma automática, es la suma de las celdas 4 + 5 – 6 + 7 – 8 + 9.
  • La casilla 14 es para el caso de compensación de bases negativas en periodos anteriores.
  • La celda 16 es el resultado de la resta entre la 13 y la 14. Se calcula automáticamente.
  • La celda 17 es un dato automático, calculado en función del tipo de gravamen seleccionado y las casillas rellenadas.
  • La casilla 18 resulta de multiplicar la 16 por la 17 (aplicar el tipo de gravamen)
  • Casilla 19 es otro importe calculado automáticamente, que resulta de la resta entre la 13 y la 14.
  • Las celdas 20 a la 26 son datos calculados de forma automática por el programa de ayuda, en función de cálculos del tipo de gravamen y las casillas seleccionadas.
  • La celda 27 va a recoger la cuantía de las bonificaciones que fueran de aplicación, en su caso.
  • La casilla 28 es para las retenciones e ingresos a cuenta realizados durante el periodo impositivo, a cuenta de este impuesto.
  • La casilla 29  va a corresponder al porcentaje (parte proporcional) que corresponda para la tributación del Estado, según el concepto “Territorio común”. Más información aquí.
  • La celda 30 sirve para marcar la cuantía de los pagos fraccionados realizados en el mismo periodo impositivo.
  • La casilla 31 contendrá el importe del pago fraccionado ingresado por una declaración anterior, en el caso de que la declaración que presentamos sea complementaria de otra anterior.
  • Las celdas 32, 33 y 34 se calculan automáticamente por el programa de ayuda. La 34 contiene ya la cantidad a ingresar.

Información adicional

modelo 202 calculo

Complementaria

modelo 202 pago fraccionado

  • Como hemos dicho en apartados anteriores, si la declaración que estamos realizando es complementaria de otra anterior, haremos constar aquí el número de justificante (código electrónico) de dicha declaración anterior.

Negativa

modelo 202 contabilizar

  • Marcaremos esta casilla en caso de que no tengamos que realizar ningún ingreso en concepto de pago fraccionado en el período correspondiente.

Ingreso

modelo 202 año 2022

  • Indicaremos el importe correspondiente al ingreso, que hemos rellenado en la casilla 34.
  • Si seleccionamos la forma de pago mediante adeudo en cuenta, tenemos que cumplimentar debidamente el código cuenta cliente (CCC) correspondiente.

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