Saltar al contenido

¿Cuánto cuesta crear una cooperativa?

cuanto-cuesta-crear-una-cooperativa

Incorporarse a una sociedad cooperativa, o crear una nueva, son algunas de las opciones que permiten pedir la capitalización del paro en un pago único. Te explicamos todo lo que hay que hacer para crear una cooperativa y cuánto nos va a costar hacerlo.

1. ¿Qué es una sociedad cooperativa?

Las cooperativas son asociaciones que, basándose en el principio de ayuda mutua, tienen como fin mejorar las condiciones de vida de sus socios. Las características fundamentales de este tipo de sociedad son las siguientes:

  • Igualdad de derechos y obligaciones entre sus socios.
  • Cada persona tiene un voto.
  • Tanto el ingreso en la cooperativa como el retiro son voluntarios.
  • Los socios tienen que distribuir el excedente de las operaciones con sus socios, a prorrata de aquellas.
  • Debe haber neutralidad tanto política como religiosa, se tienen que realizar actividades de educación cooperativa y se debe intentar que se establezcan relaciones federativas e intercooperativas.

2. Trámites para poner en marcha una cooperativa

Los pasos que hay que seguir para constituir una cooperativa son los siguientes:

Solicitar el certificado negativo del nombre

  • Es un certificado que acredita que el nombre que se le quiere dar a la cooperativa no está siendo utilizado ya por otra.
  • El nombre tiene que incluir las palabras «Sociedad Cooperativa» o «S. Coop.».
  • Se debe presentar una instancia oficial con el nombre que se desea poner (se puede presentar hasta tres distintos en la misma instancia), y enviarla a la Dirección General de Fomento de la Economía Social y del Fondo Social Europeo.
  • En el caso de que sea una cooperativa autonómica, se enviará al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Abrir una cuenta bancaria a nombre de la cooperativa

  • En esta cuenta se ingresará el capital mínimo inicial, que deben ser al menos 3.000 euros.
  • El banco emite un certificado a la cooperativa que debe presentarse luego al notario.

Solicitar la calificación previa de los estatutos

  • Los promotores de la cooperativa pueden solicitar la calificación previa de los estatutos en el Registro de Sociedades Cooperativas, para comprobar que se ajustan a la Ley.

Crear los estatutos y la escritura de constitución

  • Los estatutos son las normas que rigen la cooperativa, y que hacen referencia al objeto social, domicilio social, régimen de participación, etc.
  • Después de crear los estatutos, hay que ir a una Notaría para firmar la escritura de constitución de la cooperativa.

Pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

Hay que pagar el 1% del capital inicial. Para pagar este impuesto, hay que presentar el modelo 600, además de los siguientes documentos:

  • La primera copia y copia simple de la escritura de constitución.
  • Fotocopia del CIF provisional de la sociedad (debe solicitarse en Hacienda).

Estos documentos, junto al modelo 600, se presentarán en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma, en un plazo de 30 días hábiles después de que se otorgue la escritura de constitución.

Modelo 600

Inscribir la sociedad en el Registro de Cooperativas

  • En un mes desde el otorgamiento de la escritura de constitución, hay que inscribir la sociedad en el Registro de Cooperativas.
  • Desde ese momento, esta empieza a tener personalidad jurídica.

3. Gestiones en Hacienda

También hay que hacer una serie de gestiones en Hacienda para crear una cooperativa.

Veamos cuáles son:

Solicitar el CIF

Primero se otorgará un CIF provisional, que se cambiará por el definitivo en un máximo de 6 meses. Para solicitar el CIF hay que presentar el modelo 036, además de la siguiente documentación:

  • Copia simple de la escritura de constitución.
  • Fotocopia del DNI de la persona que lo solicita si es un socio, o del poder notarial si se trata de un apoderado.

Debe hacerse en un plazo de 30 días después del otorgamiento de la escritura de constitución.

Alta en el Impuesto de Actividades Económicas

Hay que presentar tantas altas como actividades que se vayan a ejercer. Están exentas las personas físicas, sociedades mercantiles y sociedades civiles cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 de euros.

Los exentos al pago presentarán el modelo 036 de Declaración Censal. En los casos restantes, hay que presentar el modelo 840, además del CIF (o del NIF en el caso de que lo presente un apoderado).

Declaración censal (IVA)

Para comenzar con la actividad, es necesario presentar el modelo 036 de declaración censal, además del CIF y el alta en su caso en el Impuesto de Actividades Económicas. Debe hacerse antes de comenzar con la actividad.

Modelo 036

 4. ¿Cuánto cuesta constituir una cooperativa?

Para empezar, la cooperativa tiene que tener un capital inicial. Este capital social mínimo cambia de unas Comunidades Autónomas a otras. Por ejemplo, en Madrid se puede fundar una cooperativa con 1.800 euros. En otras Comunidades, se exige un mínimo de 3.000 euros.

Pero además, a la hora de crear una cooperativa hay que afrontar una serie de gastos menores, que son los siguientes:

  • El certificado negativo de nombre, que tiene un coste de unos 20 euros.
  • La escritura pública notarial. Puede costar unos 350 euros aproximadamente.
  • La inscripción en el Registro Mercantil tiene un coste de unos 150 euros aproximados.
  • El alta en Hacienda cuesta unos 60 euros.
  • Y por último, el alta en la Seguridad Social cuesta unos 60 euros también.

Es decir, aparte de lo que haya que aportar como capital inicial, el coste de crear una cooperativa puede estar alrededor de los 640 euros.

5. Capitalizar el paro para crear una cooperativa

En caso de encontrarse en situación legal de desempleo, incorporarse a una sociedad cooperativa, o crear una nueva, da derecho a capitalizar el 100% del paro en un pago único.

Para ello, hay que cumplir además los siguientes requisitos:

  • Estar cobrando el paro en su modalidad contributiva. La opción de capitalizar el paro no está disponible para quienes están recibiendo un subsidio por desempleo.
  • Deben quedar al menos 3 meses de paro por cobrar.
  • No se puede haber solicitado la capitalización del paro en un pago único en los 4 años anteriores.
  • El beneficiario de este derecho debe acreditar que se va a incorporar de forma estable a una sociedad cooperativa.
  • Se tiene que empezar la actividad en un mes desde que se obtiene la resolución que permite capitalizar el paro.
  • En el caso de un trabajador que ha sido despedido y ha llevado esta decisión a los Tribunales, este no podrá capitalizar el paro hasta que no se dicte una resolución en este tema.

Más información

Ley de Cooperativas