¿Te preguntas cómo renovar el DNI en el extranjero? Entonces la información que encontrarás en el siguiente artículo te interesa, ¡toma nota!
Índice del artículo
1. Cómo renovar el DNI en el extranjero
Lo cierto es que no es posible renovar el DNI estando en un país extranjero. Para solicitar el DNI nuevo es necesario personarse en una Oficina de Expedición de la Dirección General de la Policía en España. De modo que para evitar problemas, lo mejor es renovar este documento antes de salir de viaje hacia otro país. El problema es que tan solo se puede proceder a su renovación en los 90 días anteriores a su fecha de caducidad.
El DNI no se puede renovar desde un país extranjero, así que si vas a salir de viaje y te caduca pronto, intenta renovarlo antes.
Cuando el carné caduca, se encuentra invalidado legalmente. Así que su titular debe volver a España cuanto antes, con su pasaporte en vigor. Si no tiene pasaporte, por ejemplo porque le ha caducado también, debe acudir a la embajada o el Consulado a pedir un documento de viaje (salvoconducto) que le permita regresar y renovar los documentos. El salvoconducto tan solo vale para regresar a España, pero no para ir a otro país.
2. ¿Se puede renovar el DNI en el Consulado?
No, no se puede renovar el DNI en un consulado. Este documento tan solo se puede tramitar en España, sea para su primera expedición o para su renovación. Aunque no se puede gestionar en los Consulados españoles del país de residencia, los españoles/as que residan en el extranjero sí podrán pedir que la entrega del documento tenga lugar en el Consulado que corresponda a su residencia.
Además, en los Registros Civiles Consulares se podrá pedir un certificado literal de nacimiento, si la persona va a venir a España a pedir el DNI y está inscrita en ese Registro. También podrá solicitar un certificado de residencia especial para conseguir el DNI, si se encuentra inscrito/a como residente. Aquellos españoles que residan en el extranjero podrán hacer constar en el DNI su dirección en el país extranjero.
Quien tenga la intención de irse a vivir a un país extranjero deberá renovar el DNI antes, aunque tal como indicábamos antes, tan solo se puede hacer este trámite en los 90 días anteriores a la caducidad del documento. Pero sí se puede pedir cita previa para renovarlo desde cualquier parte del mundo, al ser un trámite online. Lo cual facilita esta tarea, ya que una vez se obtenga la cita, se podrá acudir directamente a la Oficina de Expedición correspondiente en la fecha y hora seleccionadas, pagando las tasas que correspondan y aportando los documentos necesarios.
3. ¿Qué documentos necesito para renovar el DNI viviendo en el extranjero?
Tan pronto como se pueda volver a España habrá que renovar el DNI, acudiendo a una de las Oficinas de Expedición de la Policía. Para ello habrá que solicitar cita previa en el siguiente enlace:
Los documentos necesarios a la hora de renovar, viviendo en un país extranjero, el DNI son los siguientes:
- 1 fotografía. Debe ser una fotografía reciente y en color donde se aprecie claramente el rostro del solicitante. De fondo uniforme, blanco y liso, y con tamaño de 32 por 26 milímetros. Se debe tomar de frente, con la cabeza completamente descubierta y sin gafas de cristal oscuro ni ninguna otra prenda que impida o dificulte la identificación.
- DNI anterior. Si la renovación es por pérdida o robo del DNI no se podrá presentar este documento, pero sí será necesario aportar copia de la denuncia correspondiente.
- En caso de que haya cambio de domicilio y el nuevo esté en el extranjero, habrá que aportar el certificado de acreditación de residencia. Debe constar en este documento el país, la localidad, la calle y el número. No habrá que presentar este certificado en las renovaciones en las que no haya cambio de domicilio.
Quienes tengan un DNI con domicilio en el extranjero, en cuanto vuelvan a España deberán renovar el documento actualizando el domicilio. Incluso cuando sea una expedición con validez permanente.
¿Y para la primera expedición del DNI?
Cuando se trate de la primera vez que se obtiene el DNI, habrá que presentar los siguientes documentos:
- 1 fotografía, con las mismas características que indicábamos para la renovación del documento.
- Certificado de acreditación de residencia, emitido a efectos solo de conseguir el DNI. Este documento es expedido por el Consulado español, y debe constar en él los siguientes datos:
- Número de inscripción consular.
- País de residencia, localidad, calle y número.
- Certificación literal de nacimiento, emitida por el Registro Civil. En los casos en los que corresponda habrá que aportar, en vez de este documento, el certificado de inscripción de la nacionalidad española. Tan solo se admiten a estos efectos las certificaciones emitidas con al menos 6 meses de antelación a la fecha en que se presente la solicitud del DNI, y que contegan la anotación de que se han emitido tan solo para conseguir este documento.
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