La Administración concede un plazo para pagar las multas de tráfico. Pero son muchos los sancionados a los que se les pasa. ¿Necesitas saber cómo pagar una multa fuera de plazo? ¡Te lo contamos!
Índice del artículo
1. Cómo pagar una multa fuera de plazo
En principio, la Administración da un plazo de 20 días naturales para pagar una multa o bien presentar una alegación. Si se paga en este tiempo, se aplicará una reducción del 50% del importe de la multa, pero no se podrá poner ningún recurso.
Pues bien, puede darse el caso de que se te haya pasado pagar la multa dentro de ese plazo. Entonces ya no tendrás la posibilidad de acogerte a la bonificación . Para pagar, tendrás las siguientes opciones:
- Hacerlo a través de Internet
- Acudir a una oficina de Correos, de La Caixa o de la Administración que te haya sancionado
- Por teléfono, a través del siguiente número:
060( Llamar aquí )
Debes tener en cuenta que, en todo caso, la forma de pago dependerá de la Administración correspondiente. Los datos que deberás presentar para pagar son los siguientes:
- Número de DNI, o de Pasaporte o NIE
- Nombre y apellidos
- Fecha en que se hizo la denuncia
- Número de expediente
- Importe de la multa
Si has presentado una alegación dentro del plazo de 20 días que ofrece la Administración, y finalmente no te han dado la razón, puedes volver a recurrir. Para ello tienes que presentar un recurso de reposición. El plazo para interponer ese recurso es de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que se recibiera la notificación. Si esta no se hubiera podido notificar, el plazo es desde el día siguiente a su publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), disponible en el portal web de la Dirección General de Tráfico (DGT). Para acceder al TESTRA no hay que pagar nada, ni tampoco es necesario contar con certificado digital ni DNI electrónico.
¿Cómo puedo pagar la multa por Internet?
Para pagar una multa de forma online, tienes que acceder al siguiente enlace:
Tal como puedes ver, en la parte inferior de la página tienes un apartado llamado «Acceso a pago de multas». Para comenzar el proceso, debes seleccionar una de las forma de identificación ofrecidas:
- Pago de Multas con Certificado Digital o DNI electrónico
- Pago de Multas sin Certificado Digital
- Pago de Multas con Cl@ve
Puedes hacer el pago con una tarjeta de crédito o de débito (Visa, Mastercard o Maestro). Tan solo tendrás que conocer el número de la sanción.
2. Quiero saber si tengo más multas, ¿puedo buscarlas?
¿Sospechas que te han puesto una multa de tráfico, pero no estás realmente seguro? Lo mejor es, sin duda alguna, resolver esta duda cuanto antes, para que puedas saber la sanción a la que tendrías que hacer frente. Puedes esperar a recibir la notificación, pero si lo deseas, también tienes la posibilidad de buscar la multa.
Las multas se deben notificar mediante correo certificado, ya que así obliga a hacerlo la normativa de tráfico. No obstante, a la hora de la verdad, a veces ocurre que la notificación se envía por correo ordinario. También puede ocurrir que la carta se pierda, o que por algún otro motivo, no llegue a su destinatario (por ejemplo, porque la dirección de este que tiene la Administración no es la correcta).
Pero por suerte, los ciudadanos tenemos la posibilidad de consultar si tenemos alguna multa, a través del BOE, del Tablón Edictal único (TEU), o en su defecto, mediante el TESTRA. Esta consulta se debe realizar cuanto antes, ya que si la notificación no llega pero la sanción ha sido publicada, el plazo empieza a correr. En el siguiente artículo puedes ampliar esta información, para saber cómo buscar se buscan las multas a través de estos medios:
Para consultar si tienes una multa, puedes acceder al BOE, al TEU o al TESTRA.
3. ¿Cuándo se considera que la notificación es correcta?
Para que una notificación sea válida, debe realizarse de alguna de esas formas:
- Se puede entregar en mano al infractor, de manos de un Agente de la Autoridad.
- Podría enviarse a través de correo certificado. En ese caso, el infractor, o en todo caso un familiar, debe firmar la recepción.
- Aunque no sea lo que indica la ley, en la práctica también se puede recibir la notificación de una multa por correo ordinario.
- La sanción podría aparecer publicada en el BOE, el TEU o el TESTRA, y en estos casos también sería una notificación correcta.
Más información
¿Alguna Multa? – Sede electrónica de la DGT
En los siguientes artículos podrás encontrar información de interés a la hora de recurrir multas de tráfico:
Cómo recurrir una multa de tráfico con éxito
Cómo recurrir una multa de aparcamiento
Cómo recurrir una multa de radar
Cómo recurrir una multa por estupefacientes