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Cómo recurrir una multa de aparcamiento

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¿Te han puesto una multa por aparcar indebidamente, pero no estás de acuerdo? Si aún no has pagado la multa, todavía estás a tiempo de intentar que te la quiten. En este artículo te contaremos cómo recurrir una multa de aparcamiento correctamente.

1. ¿En qué casos me pueden poner una multa de aparcamiento?

Puedes recibir una multa de aparcamiento si has aparcado de alguna de estas formas:

  • Delante de un vado
  • En una zona de carga y descarga
  • En un paso de peatones
  • Sin poner el ticket, si es una zona azul
  • En doble fila

En los cuatro primeros casos, para que la multa sea válida, la prohibición correspondiente tiene que estar bien señalizada y visible.

2. Cómo recurrir una multa de aparcamiento

En la multa tienen que explicarse los hechos que la motivan. Si no estás de acuerdo, tienes que dejarla sin pagar y proceder a recurrirla. Recuerda que si te confundes y la pagas, luego no podrás recurrir.

Para recurrir la multa tienes que presentar un escrito de alegaciones, en un plazo de 20 días desde que recibas la multa. Tienes que alegar todo aquello por lo que creas que la multa no es válida. A este escrito tienes que acompañar aquellas pruebas que puedan servir para anular la multa. Tienes dos formas de hacer llegar tus alegaciones a Tráfico:

Recurrir la multa a través de Internet

Puedes utilizar la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico para enviar el recurso de la multa. Puedes acceder a este trámite directamente desde aquí:

SEDE ELECTRÓNICA DGT-PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES

Mandar el escrito de alegaciones por correo ordinario

También puedes enviar el recurso a través del correo, a cualquier Jefatura de Tráfico. No obstante, tienes que tener presente que el escrito debe dirigirse al Jefe de Tráfico de tu provincia. Si te viene mejor, puedes presentar el escrito en cualquier registro oficial, sea estatal, autonómico o local, que esté habilitado para recibirlo.

Para recurrir la multa de aparcamiento, tendrás que presentar un escrito de alegaciones en un plazo de 20 días desde que la recibas. Puedes entregarlo por Internet o por correo ordinario.

 3. Cómo se redacta el escrito de alegaciones

El escrito de alegaciones tiene que redactarse de forma clara, y seguir un orden. Para ello, lo mejor es dividirlo de la siguiente forma:

  • En primer lugar, debes redactar un apartado en el que figuren tus datos personales, es decir, tu nombre y apellidos, número de DNI, dirección postal y número de teléfono.
  • A continuación, harás un segundo apartado donde aparezcan los datos relacionados con la multa en sí, y con tu vehículo. Por un lado tiene que constar la fecha de la denuncia, así como el número de expediente. Y por otro debes identificar el vehículo, mediante la marca, modelo y matrícula.
  • En último lugar debes señalar aquellas pruebas con las que cuentes para intentar anular la multa.

Una vez hayas reflejado todos estos datos en el escrito, debes firmarlo, indicando la ciudad y fecha de entrega. Tienes que entregar dos copias, una te la quedarás tú, pero tienes que presentarla también para que le pongan el sello. También conviene que solicites a la Administración que aporte pruebas que acrediten que realmente eres responsable de los hechos por los que te han multado.

4. ¿Qué ocurre una vez que entrego el escrito?

Cuando entregues el escrito de alegaciones, de momento tan solo te queda esperar a que te respondan. Si no aceptan tu recurso, puedes interponer uno nuevo, llamado recurso de alzada, en un plazo de un mes. Este recurso también se resuelve en la Dirección General de Tráfico. Puede que admitan tu recurso de alzada, y no tengas que pagar la multa. Pero si no, tendrás que abonarla obligatoriamente.

La única posibilidad que te queda es ir a juicio. Pero tienes que tener en cuenta que quizás no te convenga afrontar los costes de la vía judicial, porque si pierdes no te devolverán la multa, y tendrás que pagar estos gastos. Debes valorar si te sale más rentable no arriesgar y no ir a los Tribunales. Además, aunque decidas demandar para que luego te devuelvan el dinero, antes tendrás que pagar la multa.

5. ¿Hay alguna posibilidad de que me reduzcan la multa?

Si pagas la multa dentro de los primeros 15 días después de recibirla, te harán un descuento del 50% en la misma. Eso sí, tienes que tener presente que si te acoges a esta bonificación, ya no podrás presentar alegaciones. De forma que antes de pagar, asegúrate bien de que no hay ningún motivo por el que puedas conseguir que te quiten la multa.

6. Cómo recurrir una multa de zona azul

El procedimiento para recurrir una multa de zona azul es el mismo. En primer lugar debes asegurarte de que no han pasado 20 días. Si es el caso, en la propia multa vas a encontrar un faldón de recursos, donde podrás manifestar lo que estimes conveniente para que te retiren la multa.

Una vez hechas tus alegaciones, envía el recurso a la dirección postal que se indica en la propia multa, o llévala a Correos para que ellos lo manden al organismo competente.

Más información

SEDE ELECTRÓNICA DE LA DGT- ¿ALGUNA MULTA?