La Tesorería General de la Seguridad Social, conocido con las siglas TGSS, es el órgano encargado de gestionar los recursos económicos de la Seguridad Social y por tanto, del pago de las prestaciones. En ocasiones, el particular duda de si su gestión debe llevarla a cabo ante este organismo o bien debe dirigirse al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Te resolvemos esta cuestión.
Índice del artículo
1. TGSS ¿de qué se encarga?
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que depende del Ministerio de Empleo, es un servicio en el que se unifica toda la administración financiera del sistema de la Seguridad Social y por tanto, gestiona todos los recursos económicos.
La TGSS es la encargada de gestionar la caja única de la Seguridad Social a la que van a parar todas las cotizaciones y desde donde se pagan todas las prestaciones como por ejemplo las de incapacidad permanente, la pensión de viudedad, la incapacidad temporal o la prestación por riesgo durante el embarazo.
El TGSS se encarga del pago de prestaciones y pensiones de la Seguridad Social, pero deben tramitarse ante el Instituto General de la Seguridad Social (INSS)
Aunque la TGSS sea la encargada del pago, todas las prestaciones deben gestionarse en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya que es el órgano que tiene atribuida la gestión y tramitación de estas pensiones.
Además del pago, es el órgano que gestiona todo lo relacionado con:
- Las cotizaciones y recaudación de cuotas.
- Altas y afiliaciones a la Seguridad Social de trabajadores.
- Inscripción de empresas.
- Realización del presupuesto monetario de la Seguridad Social.
- Venta de bienes embargados y propios en subasta pública.
- Financiación de la Seguridad Social incluyendo la compraventa de bienes y derechos.
2. ¿Qué trámites se llevan a cabo en la Tesorería General de la Seguridad Social?
Los trámites más destacados que deben gestionarse en la TGSS son los siguientes:
- Alta y afilición del trabajador a la Seguridad Social.
- Bajas de los trabajadores.
- Dar de alta una empresa.
- Aplazamientos de pago de la Seguridad Social y fraccionamiento de cuotas.
- Emisión de certificados y duplicados relacionados con:
- Afiliaciones (altas, bajas).
- Vida laboral.
- Estar al corriente de los pagos y cuotas.
Por tanto, ante la Tesorería General de la Seguridad Social, deberán tramitarse todas aquellas cuestiones relacionadas con altas, afiliaciones, bajas de los trabajadores, pago de cuotas y con el aplazamiento y fraccionamiento de pagos.
En cambio, ante el Instituto General de la Seguridad Social (INSS), se gestionan y solicitan todas las prestaciones de la Seguridad Social, exceptuando la prestación por desempleo y los subsidios, que se tramitará en el Servicio Público de Empleo Estatal SEPE.
3. ¿Cómo pedir cita previa en la Tesorería de la Seguridad Social?
Por regla general, la Seguridad Social tiene establecido únicamente un sistema de cita previa para gestionar y tramitar prestaciones en los Centros de Atención del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Sin embargo, para los trámites relacionados con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) no se establece este sistema, por lo que es conveniente ponerse en contacto con la oficina en concreto a la que se desea acudir, para confirmar de que no es necesario pedir hora previamente para ser atendido.
4. Horarios de atención y teléfonos Tesorería de la Seguridad Social
A continuación, te facilitamos los horarios, teléfonos y direcciones de la TGSS en España.
Teléfono TGSS
Con el objetivo de evitar que la persona tenga que desplazarse a una oficina para resolver sus dudas, la TGSS pone a disposición de los ciudadanos, un servicio de atención teléfonica disponible las 24 horas del día.
El servicio de atención telefónica de la Tesorería General de la Seguridad Social es el 901 50 20 50 a través de cual se puede obtener información detallada relacionada con:
- Afiliaciones.
- Inscripciones.
- Recaudación.
- Aplazamiento de pago.
- Cotizaciones.
- Expedición de certificados e informes.
- Actualización y variación de datos de los trabajadores.
- Sobre el envío de la documentación necesaria para tramitar las altas y las bajas a autónomos y empleados del hogar.
- Sistema RED.
Aunque es un servicio disponible durante todo el día, la atención será personalizada si se llama en horario de jornada laboral de mañana y tarde.
Oficinas de la Seguridad Social
Para conocer las oficinas y direcciones de la Tesorería General de la Seguridad Social a las que debes acudir para la gestión de recaudaciones, pagos, afiliaciones y cotización , pincha en los siguientes enlaces:
TGSS Horario
El horario habitual de atención en las oficinas de la Seguridad Social es de 9 a 14 horas de lunes a viernes.
5. Subastas públicas de la Tesorería General de la Seguridad Social
La TGSS es el órgano encargado de recaudar y gestionar todos los recursos económicos de la Seguridad Social.
Por ese motivo, tiene la facultad de embargar bienes a los deudores y posteriormente venderlos en subasta pública cuando ha resultado imposible cobrarse la deuda por otros medios.
¿Cómo funcionan las subastas de la TGSS?
La TGSS anuncia la subasta que va a celebrar para que cualquier persona pueda acudir y pujar en ella.
Los requisitos para participar en las subastas de la TGSS son los siguientes:
- Identificarse de forma correcta mediante DNI (pasaporte, título de viaje o documento equivalente en caso de extranjeros) en el acto público de la subasta o incluyendo en el sobre cerrado una copia.
- Debe consignarse el 25% del precio de salida del bien que nos interesa a través de cheque a nombre de la TGSS en el que conste la hora y el minuto en el que se ha efectuado el depósito.
Para obtener toda la información necesaria en relación a un bien concreto, las personas interesadas se dirigirán a la Dirección Provincial de la TGSS de la localidad donde residen o a la Unidad de Recaudación Ejecutiva que conste en el procedimiento de apremio de ese bien.
Para conocer las próximas subastas de bienes embargados por comunidades autónomas pincha aquí.
Más Información
- Tesorería General de la Seguridad Social – Conócenos
- Subastas y concursos de bienes – Ministerio de Empleo y Seguridad Social
- La normativa que rige en las subastas de la TGSS está contemplada en el Real Decreto 1415/2004 Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.