Conozca si puede tener dos contratos de trabajo a la vez y cuáles son las condiciones deberían darse para que estuvieran dentro de la legalidad.
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1. ¿Puedo tener dos contratos de trabajo a la vez?
La respuesta a esta pregunta es sí. En España no existe ningún inconveniente para tener dos contratos de trabajo a la vez. Aún así, debe tener en cuenta que si ambos contratos son de la misma empresa, existen algunas limitaciones y otras cuestiones que no podemos puede pasar por alto.
En los siguientes apartados, vamos a detallarle los siguientes supuestos y si existe la posibilidad de cobrar una ayuda por desempleo en caso de perder uno de ellos:
- Dos trabajos a tiempo completo
- Dos contratos en la misma empresa
- Pluriactividad y Pluriempleados
- Derecho a paro si pierde uno de los dos
2. ¿Puedo tener dos trabajos a tiempo completo?
Es posible tener dos trabajos a jornada completa, ya que se pueden trabajar más de 40 horas semanales en dos empresas diferentes.
La jornada máxima legal de 40 horas semanales se aplica a un solo contrato por parte de una empresa, es decir, que si cuenta con dos empleos ya no se tienen en cuenta estas 40 horas como tope máximo.
Por lo tanto, se puede trabajar en dos empresas a tiempo parcial e incluso a tiempo completo.
¿Y dos contratos con la misma empresa?
La Ley no se pronuncia al respecto. Por tanto, no existe ninguna norma que prohíba esta situación pero tampoco que la regule. Por lo tanto, en este caso lo que habría que ver si se da alguna circunstancia que sí esté prohibida por la normativa vigente.
Así por ejemplo, si entre los dos contratos se superara el límite máximo de 40 horas semanales, estaríamos ante una situación no permitida por la legislación. Tal y como le hemos señalado, no hay problema alguno cuando se supera este máximo de horas, siempre que los contratos se suscriban con empresas distintas. En caso de trabajar para una sola empresa, no podrá sobrepasarse este límite, con independencia de los contratos de trabajo que se tengan a la vez con dicha empresa.
Por tanto, se pueden tener dos contratos con la misma empresa, pero no podrá realizar más de 40 horas semanales, ya que no está permitido sobrepasar estas horas de trabajo en una misma empresa.
3. ¿Cuándo se considera que soy pluriempleado?
Se considera que un trabajador es pluriempleado cuando trabaja para dos o más empresas y está dado de alta en un mismo Régimen de la Seguridad Social para los dos trabajos.
El trabajador pluriempleado puede trabajar tantas horas como desee sin ningún tipo de impedimento legal al respecto.
Cuando el empresario sepa que el trabajador es pluriempleado, tiene que comunicarlo a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el momento en el que lo dé de alta. Además tendrá que presentar una declaración donde se refleje el salario que va a percibir para que la Seguridad Social pueda realizar las acciones que considere oportunas a efectos de cotizaciones y prestaciones.
4. ¿En qué consiste la pluriactividad?
Se encuentra en situación de pluriactividad aquella persona que trabaja por cuenta propia o ajena en diversas actividades que, además, dan lugar al alta en dos o más Regímenes diferentes de la Seguridad Social. Es decir, una misma persona puede estar trabajando para una empresa y estar en el Régimen General y a la vez ser empresario, teniendo que figurar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Una persona en situación de pluriactividad trabaja como asalariado para una empresa y es autónomo al mismo tiempo por ejemplo porque son dos regímenes distintos de la Seguridad Social.
5. Si pierdo solo uno de mis trabajos, ¿tengo derecho al paro?
Esto dependerá del tipo de contratos que tenga y cuál de los dos pierda.
Tengo uno contrato a tiempo completo y otro parcial y pierdo el primero
En este caso se puede cobrar el paro, ya que esta prestación es compatible con el trabajo a tiempo parcial. Esto, lógicamente, siempre que concurran los requisitos necesarios para ello. La duración se calcula teniendo en cuenta los períodos de cotización de los últimos 6 años. En cuanto a la cantidad a cobrar, esta se calculará considerando los últimos 180 días cotizados.
Tiene toda la información detallada en siguiente enlace:
Tengo un contrato a tiempo completo y otro parcial y pierdo el segundo
En principio no se puede cobrar el paro ya que la prestación no es compatible con el trabajo a tiempo completo, aunque existen algunas excepciones. Para conocer los supuestos en los que sí podría percibir la prestación contributiva por desempleo, póngase en contacto con la oficina del SEPE y exponga su caso.
Tengo dos trabajos a tiempo completo y pierdo uno de ellos
Como hemos visto en el apartado anterior, el trabajo a tiempo completo no es compatible en principio con el cobro del paro. En este caso no tendría posibilidad de cobrar el paro ni ninguna ayuda del SEPE como la ayuda familiar para desempleados, el subsidio por desempleo o la Renta Activa de Inserción RAI.
Tengo dos trabajos a tiempo parcial y pierdo uno de ellos
En el caso de conservar un trabajo a tiempo parcial, sí se podrá cobrar el paro o un subsidio por desempleo siempre que se reúnan los requisitos. Conozca todas las ayudas del SEPE después del paro en este enlace.
Tengo tres trabajos a tiempo parcial y pierdo solo uno de ellos
Se podrá cobrar el paro siempre que la suma de las jornadas laborales de los dos empleos que conservamos no alcancen una jornada completa.