¿Se puede embargar un plan de pensiones? Esta es una de las preguntas que con frecuencia se hacen aquellas personas que por algún motivo han contraído determinadas deudas.
¿Sabrías evitar ese embargo llegado el caso? En CursosInemWeb te respondemos a todas estas cuestiones.
Índice del artículo
1. ¿Pueden embargarme mi plan de pensiones?
Pongamos el caso de que tenemos un plan de pensiones y nos hace falta rescatarlo. La pregunta aquí es si Hacienda se puede quedar con ese dinero en el momento que decidimos rescatarlo.
A este respecto, la Ley dice que los derechos consolidados en un plan de pensiones no se pueden embargar. Tampoco pueden ser objeto de traba judicial o administrativa alguna, y ello hasta que se cause el derecho a la prestación, o se hagan efectivos por enfermedad grave o desempleo de larga duración.
Un plan de pensiones puede embargarse en el momento en el que decide rescatarse
Es decir, la respuesta es que mientras el dinero esté invertido en el plan de pensiones no se puede embargar. Es decir, que este puede continuar revalorizándose.
No obstante, en cuanto se haga efectiva la orden de rescate y se haga efectivo lo invertido sí se puede embargar.
Ahora bien, no se podrá ejecutar el embargo hasta que se cause el derecho a la prestación o hasta que concurra una enfermedad grave o tenga lugar una situación de desempleo de larga duración.
Cuando se producen estas circunstancias, la entidad gestora ordena el traspaso del dinero a las prestaciones a quien proceda. De esta forma se da cumplimiento a la orden de embargo.
El problema viene cuando el partícipe no sabe que los fondos están disponibles ya, pues serán ejecutados en el mismo momento en que lo estén.
2. Causas del embargo de pensiones
De forma general, y no solo en el caso de las pensiones, el embargo surge cuando el juez o el organismo competente para ello lo declara, con la finalidad de pagar una deuda que no ha sido satisfecha.
Es decir, no hay una serie de causas tasadas por las que se puede ordenar en el embargo de una pensión, sino que esta se puede producir por distintas situaciones que han dado lugar a un impago.
Pero, si lo que te preguntas es en qué condiciones se puede embargar un plan de pensiones, hay que estar a lo dispuesto en el Reglamento de Planes de Pensiones del BOE.
Pues bien, atendiendo a esta normativa, los fondos invertidos no se pueden embargar, pero sí serán embargables en el momento en que el partícipe va a cobrar su plan de pensiones.
3. Cómo puedo evitarlo
Veamos a continuación qué podemos hacer en el caso de que Hacienda quiera embargarnos el plan de pensiones:
- Si pensamos que existe algún error en el embargo o que la deuda realmente no es cierta, podemos interponer un recurso administrativo de reposición. Tenemos un mes a partir del día siguiente a recibir la notificación.
- Si la deuda en efecto existe, podemos acudir a Hacienda y solicitar un aplazamiento de deuda. Esto puede hacerse siempre que no haya prescrito aún la fecha para pagar que aparece en la notificación. En caso contrario, no tendremos opción a que nos aplacen la deuda.
El aplazamiento de deuda solo puede hacerse con la parte que sea aplazable. En aquella parte que no sea posible el aplazamiento, esto deberá negociarse con los responsables de Hacienda, para saber con qué opciones contamos.
Antes de acudir a la Agencia Tributaria es obligatorio solicitar cita previa . Puedes hacerlo directamente en el siguiente enlace:
Cita previa Agencia Tributaria
Si incluso después de todo esto el procedimiento de embargo sigue adelante, aún tenemos la posibilidad de pararlo en el caso de que no se hayan adjudicado los bienes embargados.
Podremos detenerlo pagando la deuda en Hacienda además de las costas del procedimiento de apremio. Llegado este momento, al fin la Agencia Tributaria liberaría los bienes embargados.
4. ¿Puedo rescatarlo antes de tiempo?
Existen cuatro casos en los que se puede rescatar antes de tiempo un plan de pensiones. No obstante, estos supuestos tienen que estar reflejados expresamente en el plan:
Enfermedad grave
Estos son los dos primeros supuestos, y en ellos se puede disponer de los derechos consolidados del plan de pensiones de forma total o parcial.
Paro de largo duración
En el caso del desempleo de larga duración, se puede disponer del plan de pensiones aunque el partícipe lo haya contratado estando ya en tal situación.
Rescate a los 10 años
La última ley sobre planes de pensiones ha establecido que desde 2025 se podrán rescatar los planes de pensiones a partir de los 10 años.
En este caso podrán recuperarse todas las aportaciones que lleven más de 10 años invertidas, más los beneficios que hayan conseguido.
Por causa de dependencia
Las personas con un grado severo de dependencia (grado II) o gran dependencia (grado III) pueden disponer de la inversión realizada en su plan de pensiones.
Por fallecimiento del partícipe
Si el inversor fallece antes de tener la posibilidad de recuperar sus aportaciones, sus herederos o cónyuge recibirán sus derechos.
5. ¿Se puede embargar un fondo de pensiones por tener deudas?
Los fondos de inversión se pueden embargar, así como las cuentas en sociedades de valores. De hecho, los embargos de fondos de inversión se producen con bastante frecuencia.
Ahora que ya sabes todo lo que necesitabas saber sobre el embargo de plan de pensiones, tienes a tu alcance las herramientas necesarias para evitarte problemas en relación a este tema.