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¿Cómo solicitar el certificado de empadronamiento en Toledo?

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¿Necesitas información para solicitar el certificado de empadronamiento en Toledo? En este post te explicamos con todo detalle cómo empadronarte en esta ciudad para conseguir este documento, ¡pon atención!

1. ¿Quién tiene que empadronarse en Toledo?

Deben empadronarse en Toledo aquellas personas que residan habitualmente en la ciudad. Esto significa que normalmente vivan en ella, aunque durante parte del año tengan que hacerlo en otro lugar. Si la mayoría de los meses del año viven en Toledo, tendrán que empadronarse aquí.

2. Requisitos para empadronarse en Toledo

Tan solo hay un requisito para empadronarse en Toledo, que es el que hemos indicado ya en el apartado anterior: residir habitualmente en esta localidad.

Para empadronarse en Toledo tan solo se exige residir habitualmente en esta ciudad.

A su vez, para conseguir el certificado de empadronamiento en Toledo, el único requisito es estar empadronado aquí.

3. ¿Cómo pedir cita para el empadronamiento?

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Para empadronarse en Toledo no es necesario pedir cita previa. Tan solo hay que presentarse en las oficinas correspondientes y en horario de apertura al público.

4. Documentos necesarios

Estos son los documentos que necesitas para darte de alta en en Padrón Municipal de Habitantes de Toledo:

Españoles

  • DNI original: es obligatorio para todos los mayores de 14 años.
  • Ciudadanos españoles que procedan del extranjero sin DNI: se admite el original del pasaporte hasta la que se obtenga el DNI, antes de 6 meses. Desde ese momento, si no se presenta el original del DNI se iniciará el expediente de baja por inclusión indebida.
  • Menores de 14 años: Original del Libro de Familia o Certificado de Nacimiento. Si lo tienen, tendrán que presentar también el original del DNI.

Extranjeros

  • De Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Original en vigor de la tarjeta de residencia, el pasaporte o el documento de identidad del país de origen. En caso de aportar el Certificado NIE, este tendrá que ir acompañado del pasaporte o del documento de identidad del país de origen.
  • Personas originarias de los demás países: Original en vigor de tarjeta de la tarjeta residencia o el pasaporte.
  • Menores extranjeros que hayan nacido en España, hasta los 14 años:
    • El Libro de Familia o el Certificado de nacimiento expedido por las autoridades españolas,
    • El pasaporte expedido por las autoridades de su país o la tarjeta de residencia expedida por las autoridades españolas (tendrá que ir siempre acompañado por libro de familia o certificado de nacimiento).

Representación de menores

  • Menor que va a empadronarse con los dos progenitores: Original del libro de familia o el certificado de nacimiento.
  • Menor que se va a empadronar con solo uno de sus progenitores: Original del libro de familia o certificado de nacimiento, junto con alguno de los documentos siguientes:
    • Autorización y copia del DNI del otro progenitor.
    • Guarda y custodia del menor en exclusiva otorgada a ese progenitor a través de resolución judicial
    • Guardia y custodia compartida otorgada mediante resolución judicial. En este caso también se necesita autorización del otro progenitor, excepto en el caso de que la resolución judicial establezca el domicilio del menor, en cuyo caso habrá que estar a lo que dicha resolución fije. Cuando la resolución judicial establezca que la residencia del menor será de manera alternativa con los dos progenitores, necesitará autorización del otro progenitor o resolución judicial que resuelva que el menor se empadronará con él.
  •  Menor que se empadrona con personas que no son sus progenitores: autorización de los dos progenitores o en casos de tutela o acogimiento la resolución judicial o administrativa en la que esta se establezca.

5. Oficinas y horarios para empadronarse en Toledo

Para empadronarse hay que dirigirse a las Oficinas de Atención al Ciudadano de los Distritos, excepto la Oficina de Casco Histórico, en la que no es posible realizar trámites. Las demás son las siguientes:

Oficinas de asistencia en materia de registros

Son las siguientes oficinas:

  • Oficina de Registro.
  • Oficina de Registro Distrito-Norte
  • Oficina de Registro Distrito-Centro

Horario: De lunes a viernes de 9 a 14.

Oficinas del Distrito Norte

Formado por los barrios de:

  • Las urbanizaciones de Valparaíso, La Legua y Vistahermosa.
  • Buenavista.
  • Las urbanizaciones de Tres Culturas-Finca Buenavista.
  • Las urbanizaciones de La Bastida, San Bernardo, Montesión y Olivar de los Pozos.

Las oficinas del Distrito Norte son las siguientes:

  • Oficina de Contacto del Distrito-Norte

Horario: de lunes a viernes de 9 a 14.

Oficinas del Distrito Centro

A la que pertenecen los siguientes barrios:

  •  San Antón – Avda. de Europa.
  • Palomarejos.
  • Vega Baja, San Pedro el Verde y Circo Romano.
  • Santa Teresa-Reconquista.

Oficinas: 

  • Oficina de Contacto del distrito centro.

Horario: de lunes a viernes de 9 a 14.

Oficinas del Distrito de Santa Bárbara

Las oficinas son las siguientes:

  • Oficina de Contacto del Distrito de Santa Bárbara:

Horario: de lunes a viernes de 9 a 14.

Las Oficinas del Distrito de Santa María de Benquerencia

De la que forman parte los siguientes barrios:

  • Polígono Industrial.
  • Polígono /Santa María de Benquerencia (zona residencial).

Oficinas:

  • Oficina de Contacto del Distrito-Polígono/ Santa María de Benquerencia

Horario: de lunes a viernes de 9 a 14.

Amplía esta información sobre las oficinas de empadronamiento de Toledo aquí.

Más información

Ayuntamiento de Toledo_Padrón Municipal de Habitantes

No dudes en consultar también las siguientes entradas: