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¿Cuáles son los trámites tras el nacimiento de un hijo?

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Cuando se tiene un hijo hay que realizar una serie de gestiones en los días posteriores. Estos trámites se realizan tanto en el caso de dar a luz a un hijo, como si se adopta o se le acoge. Si tienes alguna duda, a continuación te contamos cuáles son los trámites tras el nacimiento de un hijo.

1. ¿Cuáles son los trámites tras el nacimiento de un bebé?

Después del nacimiento de un hijo, los padres tienen que hacer varios trámites. Algunos se pueden hacer personalmente y otros de forma online. Las gestiones fundamentales que hay que hacer tras nacer un hijo son las siguientes:

  • Inscribir el nacimiento en el Registro Civil.
  • Llevar el informe de maternidad a la empresa.
  • Acudir a la Seguridad Social.
  • Solicitar la tarjeta sanitaria en el centro de salud.
  • Empadronar al bebé en el Ayuntamiento.
  • Solicitar la ayuda de 100 euros.

Estos trámites no solo han de hacerse en el caso del nacimiento de un hijo biológico, sino también por adopción o acogida. A continuación, veremos con detenimiento cada uno de ellos.

2. Inscribir el nacimiento en el Registro Civil

Una vez que la madre recibe el alta hospitalaria, lo primero que se debe hacer es inscribir el nacimiento en el Registro Civil. Hay que hacerlo entre las 24 horas y los 8 días naturales posteriores al alumbramiento. Si los padres del bebé no están casados, deberán ir ambos al Registro. En cambio si lo están, basta con que vaya solo uno de ellos.

La documentación que hay que proporcionar en el Registro Civil es la siguiente:

  • DNI de ambos padres.
  • Libro de familia en el caso de que sean matrimonio o ya tengan otro hijo en común.
  • Parte médico de alumbramiento expedido por el hospital.

En la inscripción del nacimiento, constarán los siguientes datos:

  • Nombre del hijo.
  • Hora, fecha y lugar de nacimiento.
  • Sexo del bebé.
  • Quiénes son sus padres.
  • Número en el legajo del parte o comprobación.
  • Hora de la inscripción.

A partir del día 15 de octubre de 2015, comenzó a implantarse un sistema progresivo para que, desde el propio hospital, se pueda comunicar al Registro Civil el nacimiento del hijo. Si deseas más información sobre esto, y sobre la inscripción del nacimiento en general, haz clic a continuación:

Ministerio de Justicia- Inscripción de nacimiento

3. Llevar el informe de maternidad a la empresa

En el caso de que la madre esté trabajando, tiene que acudir a su empresa para llevar el informe de maternidad.

Este informe lo expide el facultativo del Servicio Público de Salud que atienda a la madre. En el caso de que haya estado de baja médica en las semanas previas al parto, esta tendrá que llevar también el informe del alta.

Por otro lado, la empresa tiene que entregar a la madre un certificado que debe presentar en la oficina de la Seguridad Social donde vaya a solicitar la prestación por maternidad. Si el padre va a solicitar la prestación por paternidad, también tiene que solicitar el certificado de empresa, así como presentar el parte médico de nacimiento.

Tienes toda la información sobre estas prestaciones a continuación:

Baja por maternidad

Baja por paternidad

4. Acudir a la Seguridad Social

El siguiente paso es acudir a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), y dar de alta al bebé en la cartilla del padre o de la madre, para que tenga derecho a la asistencia sanitaria. En este mismo momento los padres pueden solicitar la prestación por maternidad o paternidad, o ambas en su caso. La documentación que se debe presentar es la siguiente:

  • DNI de los padres.
  • Certificado de empresa.
  • Libro de familia, donde ya estará inscrito el recién nacido.
  • Informe de maternidad, en el caso de que la madre adelantara la baja y comenzara el descanso antes de dar a luz.

Puedes descargar los formularios en el siguiente enlace, y rellenarlos antes de acudir al CAISS:

Seguridad Social- Reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria

También se debe solicitar cita previa antes en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Para acceder a este trámite, haz clic a continuación:

Cita previa Seguridad Social

Si lo deseas, puedes realizar todos estos trámites desde tu casa a través de la web de la Seguridad Social. Haz clic a continuación para comenzar el proceso online:

Tu Seguridad Social

5. Solicitar la tarjeta sanitaria en el centro de salud

Lo siguiente que hay que hacer es acudir al centro de salud que atienda a la familia y tramitar la tarjeta sanitaria del bebé. En este momento también se le asignará su pediatra. Los documentos que hay que entregar son los siguientes:

  • Los documentos obtenidos en el CAISS.
  • El certificado de empadronamiento del bebé.
  • El progenitor al que se haya asociado el hijo habrá de presentar su DNI, tanto el original como fotocopia, y su tarjeta sanitaria.

6. Empadronar al bebé en el Ayuntamiento

En ocasiones este trámite lo hace el propio Registro Civil de oficio, e inscribe al bebé en el domicilio en que están empadronados sus padres o uno de ellos.

En este segundo caso, se da preferencia al domicilio de la madre. Pero, en todo caso, los padres también pueden acudir al Ayuntamiento para inscribir al niño, presentando los siguientes documentos:

  • Certificado del Registro Civil o Libro de Familia.
  • DNI original y fotocopia de la persona que va a inscribir al bebé.

7. Solicitar la ayuda de 100 euros

Aunque como es lógico no es un trámite obligatorio, si te corresponde la ayuda de 100 euros debes solicitarla.

Es una deducción de 100 euros mensuales por hijos que la Agencia Tributaria concede a las madres trabajadoras que tienen hijos menores de 3 años. Basta con que la madre esté trabajando y de alta en la Seguridad Social. En su caso, los contribuyentes del IRPF que tengan derecho a esta ayuda pueden solicitar que esta se le abone de forma anticipada.

Ayuda de 100 euros madre trabajadora

Además de esta, existen otras ayudas que también pueden solicitarte tras el nacimiento de un hijo si se reúnen los requisitos como son la ayuda por hijo a cargo o la ayuda por nacimiento. Consúltalos a continuación:

Ayuda por hijo a cargo

Ayuda por nacimiento

Más información

Gobierno de España- Tener un hijo