Además de los diferentes recursos a disposición que tiene una mujer maltratada como la información, la asistencia psicológica y jurídica gratuita, la implantación de dispositivos de seguridad y la prevención y sensibilización hacia la violencia de género, existen ayudas y prestaciones gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y las diferentes comunidades autónomas con el objetivo de protegerlas. A continuación te mostramos una relación de ayudas económicas a las víctimas de violencia de género que actualmente pueden solicitarse en España.
Índice del artículo
1. ¿En qué casos se está siendo víctima de violencia de género?
Se considerará víctima de violencia de género a la mujer que está siendo o ha sido objeto de violencia de cualquier tipo, bien sea física o psicológica, y además haya estado sometida a alguna de las situaciones siguientes:
- Haya sufrido agresiones contra su libertad sexual
- Recibido amenazas o coacciones
- Haya sido privada de su libertad por parte del cónyuge, ex cónyuge, pareja de hecho o ex pareja independientemente si han llegado a convivir juntos o no.
Las mujeres que han sido víctimas de violencia de género se consideran un colectivo que merece especial protección, y por ello, desde los diversos organismos estatales y autonómicos se han ido aprobado diversas medidas y programas que tienen por objetivo lograr que la persona pueda tener una vida autónoma sin violencia.
2. Ayudas SEPE por violencia de género y doméstica
Desde el Servicio Público de Empleo Estatal se protege tanto a la mujer maltratada como a las personas que sufran violencia doméstica que engloba tanto a hombre como mujeres que están siendo sometidos a violencia por parte de su pareja.
Cuando la persona está siendo víctima de violencia de género o doméstica y está trabajando tiene dos opciones:
- Suspender temporalmente el contrato de trabajo
- Extinguir se relación laboral de forma definitiva
Aunque la persona suspenda temporalmente su contrato de trabajo, su puesto quedará reservado. La suspensión podrá solicitarse por seis meses y prorrogarse por periodos de tres meses hasta los dieciocho, siempre que el juez entienda que es necesario continuar con la suspensión.
Tanto la suspensión temporal como la extinción de la relación laboral, hacen que el trabajador se quede en situación legal de desempleo, y por tanto podrá pedir el paro o el subsidio por insuficiencia de cotización en el caso de que no cuente con al menos 360 días cotizados.
Si te encuentras en esta situación, aquí tienes toda la información que necesitas para solicitar las prestaciones:
Subsidio por insuficiencia de cotización
¿Se sigue cotizando durante la suspensión?
Sí, el periodo que el trabajador mantenga suspendido su contrato de trabajo, se considerará cotizado y por tanto, si decide finalmente poner fin a la relación laboral podrá tener derecho a cobrar una nueva prestación por desempleo sin tener en cuenta lo que hubiera cobrado en una ayuda anterior.
En los casos de trabajadores por cuenta propia, si se tienen necesidad de cesar en su actividad porque necesiten protección o asistencia, pueden dejar de cotizar durante seis meses.
3. La Renta Activa de Inserción
Los trabajadores que tengan la condición de víctimas de violencia de género o doméstica y no reúnan los requisitos para pedir el paro o el subsidio por desempleo, pueden tramitar la Renta Activa de Inserción, que se conoce como la RAI.
En este caso, los requisitos son los siguientes:
- Tendrán que justificar su condición de violencia de género o doméstica
- Estar apuntados al paro, es decir, dados de alta como demandantes de empleo. No necesitan ser parados de larga duración para solicitar esta ayuda como el resto de trabajadores.
- No pueden convivir con su agresor
- No pueden tener más de 65 años, aunque no se exige el requisito de tener 45 o más como en el resto de trabajadores
- No tener ingresos que sean superiores al salario mínimo interprofesional sin tener en cuenta las pagas dobles
Durante once meses percibirán 426 € y además podrán solicitar un pago único de tres meses más si se ven obligados a cambiar de residencia
Toda la documentación que necesitas para tramitar esta ayuda la encontrarás en el siguiente enlace:
4. Ayudas y subvenciones autonómicas
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género establece que cuando las víctimas tengan ingresos inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional , es decir 691,40 euros mensuales, recibirán una ayuda económica en un pago único siempre que pueda justificar que tiene dificultades para obtener un empleo.
Esta ayuda se gestiona desde las diferentes comunidades autónomas, y consiste en un pago único que equivale a seis meses de subsidio por desempleo.
Si la persona posee una discapacidad igual o superior al 33% recibirá entonces el equivalente a doce meses.
Ayudas por comunidades
Andalucía
Se gestionan las ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia y podrán solicitarse dentro de los seis meses siguientes desde que salgan del Servicio Integral de Atención y Acogida.
Ayudas para mujeres víctimas de violencia Andalucía
Aragón
Para obtener esta ayuda en Aragón, no se puede haber cobrado antes y además reunir los restantes requisitos que encontrarás a continuación:
Ayuda mujeres maltratadas Aragón
Asturias
Las mujeres maltratadas que residan en el Principado de Asturias pueden solicitar durante todo el año esta ayuda. Aquí tienes toda la información:
Ayudas víctimas violencia de género Asturias
Baleares
La ayuda contra la violencia de género puede solicitarse durante todo el año y encontrarás la información en el siguiente enlace:
Ayuda violencia de género Baleares
Canarias
Esta ayuda debe tramitarse presencialmente en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias y deberán cumplirse los requisitos que encontrarás a continuación:
Ayudas económicas mujeres víctimas de violencia de género Canarias
Cantabria
En cualquier momento puede solicitarse la ayuda y puedes informarte en Servicios Sociales de Atención Primaria del ayuntamiento de tu localidad de residencia.
Ayudas mujeres víctimas de violencia Cantabria
Castilla la Mancha
En Castilla la Mancha, las mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género y tengan dificultad para encontrar un empleo y no tengan una preparación general o especializada, podrán solicitar esta ayuda:
Ayuda Castilla la Mancha Violencia de Género
Castilla y León
Mientras la mujer tenga la condición de víctima de violencia de género podrá solicitar la ayuda en Castilla y León. Puede tramitarse presencialmente y por internet.
Ayuda económica mujeres maltratadas Castilla y León
Cataluña
Las mujeres maltratadas con bajos ingresos y dificultades para encontrar trabajo pueden solicitar esta ayuda en Cataluña. Aquí tienes los requisitos:
Ayudas para mujeres víctimas de violencia Cataluña
Ceuta y Melilla
Estas ayudas se gestionan desde el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Inserción sociolaboral mujeres maltratadas
Comunidad Valenciana
En el siguiente enlace encontrarás los requisitos y cómo tramitar esta ayuda en esta comunidad:
Ajuda econòmica per dones maltractades
Extremadura
Mientras la mujer tenga vigente la orden de protección podrá solicitar la ayuda si reúne los requisitos.
Ayuda mujer maltratada Extremadura
Galicia
Si no has percibido esta ayuda antes y resides en Galicia, aquí tienes toda la información:
Ayuda para mujeres víctimas de violencia Galicia
Navarra
Toda la información que necesitas para solicitar esta ayuda en Navarra a continuación:
Ayuda de emergencia social para víctimas de violencia de género Navarra
Madrid
Puedes tramitarla por internet y presencialmente siempre que dispongas del título que te acredita que eres víctima de violencia:
Ayuda de pago único mujer maltratada Madrid
Murcia
En Murcia tienes que reunir los requisitos que te mostramos a continuación:
Ayuda víctima violencia de género Murcia
País vasco
Para percibir esta ayuda no puedes haberla cobrado en ninguna comunidad autónoma. Toda la información pinchando en el siguiente enlace:
5. Acreditar la condición de víctima de violencia de género
Las personas que necesiten acreditar su condición de víctimas de violencia de género para que les sean reconocidos los derechos con los que contarán, deben presentar la orden de protección a favor de la víctima.
De forma excepcional también es válido el informe emitido por el Ministerio Fiscal en el que consta que existen indicios de que la persona está siendo víctima de violencia de género. Este documento será válido hasta que se dicte la orden de protección.