Saltar al contenido

Vacaciones y baja maternal, ¿qué debes saber?

vacaciones-y-baja-maternal-que-debes-saber

Si estás de baja maternal y es durante este período cuando tienes que coger vacaciones, te preguntarás si puedes perder los días de permiso que te corresponden. Para ayudarte, a continuación te explicamos todo lo que debes saber sobre las vacaciones y la baja maternal, y de qué forma afecta el permiso de lactancia a los días de descanso que te pertenecen.

1. Baja por maternidad: cuánto dura, cómo se solicita y cuándo se cobra

Antes de empezar a hablar sobre la maternidad y las vacaciones no disfrutadas, recordemos los aspectos más básicos de la baja maternal:

Cuánto dura

La baja por maternidad dura 16 semanas ininterrumpidas. Se ampliará en los siguientes casos:

  • Por parto múltiple, 2 semanas más por cada hijo, a partir del segundo.
  • Por nacimiento de un hijo con discapacidad de al menos el 33%, 2 semanas más.

En caso de parto prematuro o de hospitalización, estas 16 semanas se pueden interrumpir o ampliar del siguiente modo:

  • La duración y el cobro del subsidio se interrumpe, a petición de la madre, una vez que hayan finalizado las 6 semanas obligatorias de descanso tras el parto. Pueden reanudarse después del alta hospitalaria.
  • Cuando la hospitalización sea superior a 7 días, la maternidad se ampliará tantos días como permanezca el bebé hospitalizado, con un tope de 13 semanas.
  • Las personas incluidas en el Estatuto Básico del Empleado Público pueden ampliar la maternidad hasta 13 semanas más si el bebé tiene que seguir hospitalizado después del parto.

Cómo se solicita

La baja maternal se solicita de oficio por la entidad gestora o a instancia de la trabajadora, debiendo notificarse a esta en un plazo máximo de 30 días desde la solicitud.

Si es la trabajadora quien solicita la prestación, puedes hacerlo personalmente en las oficinas de la Seguridad Social o a través de Internet. En este último caso, tendrá que descargarse el impreso de solicitud en el siguiente enlace:

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social- Maternidad

Además del modelo de solicitud, la trabajadora debe presentar el Documento Nacional de Identidad si es española, y el Número de Identificación de Extranjero junto con el pasaporte si es una mujer extranjera.

Cuándo se cobra

Esta prestación se paga a meses vencidos. Lo gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina en su caso. Suele ingresarse el último día hábil del mes, y si este es festivo, el día hábil anterior.

Si se trata de un parto múltiple y se está recibiendo un subsidio especial aparte, se hace un único pago 6 meses después del nacimiento. Y en caso de adopción, acogimiento o guarda múltiple, el pago se hace 6 meses después de la resolución administrativa correspondiente.

2. ¿Pierdo las vacaciones si coincide con la baja por maternidad?

Todos los trabajadores tienen derecho a disfrutar de 30 días de vacaciones al menos, que no podrán sustituirse por una compensación económica. Este número de días puede ser mejorado por convenio colectivo. También se establecerá en el convenio aplicable al sector la distribución y duración de los días de vacaciones. En ausencia de este instrumento legal, estos aspectos se fijarán de común acuerdo entre el trabajador y el empresario.

Dicho esto, hasta hace algún tiempo, las trabajadoras que prestaban sus servicios en empresas con unas vacaciones predeterminadas en una fecha concreta, perdían sus días de permiso si estos coincidían con la baja maternal. Una situación tremendamente injusta que por suerte ha cambiado, ya que ahora se recuperan las vacaciones una vez finalizada la baja por maternidad. Las empresas no tienen ya la posibilidad de unir las vacaciones y la baja maternal.

3. ¿Qué dice la ley?

Sobre las vacaciones y la baja por maternidad, el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que en caso de que ambos períodos coincidan, la trabajadora tendrá derecho a cogerse sus días de permiso en una fecha distinta, incluso después de que finalice el año natural. Tampoco se perderán las vacaciones si coinciden con una incapacidad temporal derivada del embarazo.

La ley establece que las trabajadoras recuperan sus vacaciones tras la baja maternal

4. Baja maternal por lactancia, ¿cómo afecta a las vacaciones?

El permiso de lactancia (distinto al de maternidad) puede acumularse en jornadas completas, por lo que existe la posibilidad de acumularlos a los días de vacaciones si no hay ninguna circunstancia que lo impida (por ejemplo, que el convenio colectivo establezca una fecha determinada para coger vacaciones).

Más información

En esta entrada te hemos contado lo que ocurre si coinciden las vacaciones y la baja por maternidad, pero, ¿y si son los días de permiso y los de baja laboral lo que se solapan? Descubre lo que ocurre en ese caso en el siguiente artículo:

¿Pierdo los días de vacaciones si coinciden con una baja laboral?