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El subsidio excepcional por fin de contrato temporal, una nueva medida en la crisis del Covid

Subsidio excepcional contrato temporal

¿Estabas en un trabajo con un contrato temporal, y a causa del Covid-19 te has quedado sin tu empleo? En ese caso quizás puedas solicitar el subsidio excepcional por fin de contrato temporal, ¡descúbrelo en este post!

1. ¿En qué consiste el subsidio excepcional por fin de contrato temporal?

Se trata de una ayuda aprobada a causa de la crisis del Covid-19, para las personas que han finalizado un contrato temporal a causa de esta crisis sanitaria, y cumplen determinados requisitos.

2. ¿Cuál es su importe?

Su importe es de 431 euros al mes, lo cual corresponde al 80% del IPREM.

3. ¿Es compatible con otras ayudas?

Este subsidio no es compatible con ninguna renta mínima, salario social, renta de inclusión, ni ninguna otra ayuda procedente de las Administraciones públicas.

Subsidio excepciona por fin de contrato temporal

4. ¿Cuáles son los requisitos para cobrarlo?

Los requisitos que se deben reunir para cobrar este subsidio son los siguientes:

  • Haber finalizado un contrato temporal, con independencia del tipo del que sea, pero que haya tenido al menos dos meses de duración y haya entrado en vigor después de la entrada en vigor del estado de alarma (a partir del pasado 15 de marzo).
  • No reunir las cotizaciones suficientes para obtener otra prestación. Hay que comprobar si se tiene derecho a cobrar el subsidio por cotización insuficiente, que tiene una cobertura mayor (en este caso el trabajador tiene que haber cotizado 180 días al menos, o 90 en caso de que tenga cargas familiares). 
  • No tener rentas: los ingresos del trabajador no deben superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (tienen que ser inferiores a 712,5 euros brutos mensuales). 
  • Hay que estar inscrito como demandante de empleo.
  • No se puede estar trabajando en jornada completa, ni por cuenta propia ni ajena.

5. Cómo solicitar el subsidio extraordinario por fin de contrato temporal

Si deseas solicitar este subsidio extraordinario por fin de contrato temporal, tienes que cumplimentar este formulario de pre-solicitud de prestación individual de la página web oficial del SEPE.

Se trata de un documento con validez de solicitud provisional que se envía a la entidad gestora encargada que corresponde.

Existe también la posibilidad de enviar el formulario por los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dice lo siguiente:

4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.