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La nueva ayuda para parados de larga duración

Hace un par de meses señalamos algunas de las claves sobre el nuevo programa extraordinario de activación para el empleo. Esta ayuda ha supuesto un gran alivio para miles de parados de larga duración puesto que supone una inyección económica durante 6 meses. Desde el 15 de enero se puede solicitar por lo que hemos actualizado algunos datos como los requisitos y los documentos que se tienen que aportar para que la persona desempleada encuentre mucho más sencilla la obtención de dicho cuantía.

nueva ayuda para parados

 

¿Qué es el Programa Extraordinario de Activación para el empleo?

Este programa que se aprobó el pasado 15 de diciembre, tal como se recogió en cursosinemweb.es se trata de aportar un nuevo alivio económico a muchos parados de larga duración gracias a la ayuda económica de 426 euros durante 6 meses como período máximo.

Pero este plan, además de ofrecer una ayuda de carácter monetario también pretende ayudar al desempleado a través de la formación adecuada para que se encuentre una vía de empleo. Par ello se realizarán itinerarios personalizados cuyo fin último es la colocación de esa persona.

Los requisitos para obtener esta nueva ayuda

Para optar  a esta nueva ayuda a los parados de larga duración hay que cumplir con los siguientes requisitos:

  1.  La persona que quiera acceder a esta ayuda tiene que haber trabajado en algún momento de su vida, y el último empleo no lo haya dejado por causa voluntaria, o lo que es lo mismo que sea porque ha concluido el contrato o porque el desempleado haya sido despedido.
  2. Otro de los requisitos  para optar a esta ayuda es que se hayan agotado todas las posibilidades que ofrece la Administración como es el Plan Prepara, la tercera Renta Activa de Inserción o cualquier subsidio para desempleo.
  3.  La persona desempleada tiene que tener cargas familiares, como mínimo un miembro a su cargo.
  4. No puede tener rentas que superen los 483,98 euros al mes, tanto del prado como la media de la unidad familiar.
  5. Tampoco se puede estar cobrando un salario social, ni la renta mínima de inserción ni ningún otro tipo de ayuda que concedan tanto las Comunidades Autónomas como organismos locales.
  6. Hay que estar inscrito como demandante de empleo con fecha 1 de diciembre de 2014 y se debe haber estado inscrito como tal durante 12 meses ininterrumpidos dentro de los 18 meses anteriores a la fecha de la solicitud-
  7. Y estar dispuesto a participar de forma activa en el programa, recibir la formación  adecuada y seguir un itinerario de colocación.

Las obligaciones del desempleado

Esta nueva ayuda extraordinaria para la activación del empleo trae consigo una serie de obligaciones para el desempleado. A continuación se detallan:

  • Suscribir la solicitud de un compromiso de actividad por el cual se compromete a realizar distintas actuaciones en favor de la inserción de la persona que solicita la ayuda.
  • Acreditar que se han realizados tres acciones de búsqueda activa de empleo ante el Servicio Público de Empleo Estatal, SEPE, en el plazo de un mes desde el momento en el que se ha presentado la solicitud.
  • Y por último, se tendrá que participar en aquellas acciones que supongan una mejorar para el empleo y la búsqueda activad de empleo que estén previstas dentro del itinerario individual y personalizado se le haya asignado por parte del SEPE.

¿Qué documentos necesito para obtener la ayuda?

Para solicitar esta nueva ayuda se debe aportar la siguiente documentación:

  • El modelo oficial de solicitud
  • El documento de identificación de la persona que solicita la ayuda que suele ser el DNI o NIE
  • Un documento bancario en el que aparezca el número de cuenta donde se quiere percibir la ayuda de 426 euros al mes.
  • El formulario de declaración de búsqueda activa de empleo.
  • Y cualquier otro documento extra que le puedan solicitar en el momento de ir a inscribirse en la misma.

Llevando estos documentos preparados con anterioridad los trámites serán mucho más ágiles.

La nueva ayuda a los parados de larga duración

 

Cuando y dónde se puede solicitar la ayuda

Desde el día 15 de enero de 2015 ya está disponible el acceso de las personas que reúnan los requisitos citados anteriormente y se puede solicitar en la oficina del SEPE más cercana al domicilio de la persona que va a solicitar este programa extraordinario de activación para el empleo.

Para ello, hay que obtener cita previa antes de dirigirse al lugar, que puede hacerse a través de Internet en la página oficial del SEPE o del teléfono de atención al ciudadano: 901 119 999

Cuantía y duración de la ayuda

La duración máxima de la ayuda económica es de seis meses y la cuantía de dicha ayuda es igual al 80 por ciento del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente en cada momento. Actualmente son 426 euros.

La ayuda comenzara a pagarse una vez que haya transcurrido el plazo de un mes desde el día siguiente al de presentación de la solicitud siempre que el solicitante acredite, en los diez días hábiles siguientes a la finalización del período señalado, que durante el mismo ha realizado la búsqueda activa de empleo, y que le ha sido asignado por el Servicio Público de Empleo competente el itinerario individual y personalizado de empleo.

Si hubiera transcurrido este periodo, de un mes, y no se hubiera elaborado el itinerario individual y personalizado de empleo por el servicio público de empleo competente, el pago de esta ayuda sólo se producirá a partir de la fecha en que quede acreditado que el solicitante tiene asignado dicho itinerario. La ayuda se recibirá en el número de cuenta que ha sido aportado en el momento de la inscripción.

Ampliar información

Para ampliar información se puede hacer a través de las siguientes vías:

SEPE