En el caso de que hayas estado trabajando en un estado extranjero y hayas decidido regresar a España, puede que los periodos cotizados en ese país te sirvan para cobrar la prestación por desempleo en nuestro país. Depende de si es un estado europeo o no, y en este último caso, de si existe un convenio bilateral que lo permita. En este artículo vamos a contarte si puedes cobrar el paro si has trabajado en el extranjero.
Índice del artículo
1. ¿Puedo cobrar el paro si he trabajado en el extranjero?
Depende del país del que se trate. Para cobrar la prestación contributiva por desempleo, se tienen cuenta no solo las cotizaciones del trabajador en España, sino en otros países de Europa.
En España es posible cobrar el paro con cotizaciones realizadas en otro país de Europa e incluso en un país no europeo
Cuando se trate de otros países no europeos, habrá que consultar si existe un convenio bilateral en materia de Seguridad Social, que permita que esas cotizaciones también se tengan en cuenta en nuestro país.
2. Cómo puedo cobrar el paro si he trabajado en otro país de Europa
Cuando se regresa a España tras haber trabajado en otro país europeo, las cotizaciones que se hayan generado en ese país se van a tener en cuenta también, junto a las que se hayan acumulado en España.
El procedimiento para pedir el paro y no perder así estas cotizaciones es el siguiente:
Antes de salir del país europeo donde has estado trabajando
- Antes de salir del país europeo donde hayas estado trabajando, debes hacerte con la documentación que se te va a pedir en España para acreditar las cotizaciones.
- Lo primero que hay que pedir es el formulario U1, antes de salir del país extranjero. Para conseguir este documento, tienes que dirigirte a la oficina de empleo del país del que se trate. En él se reflejan los periodos cotizados en ese país. Este documento antes se conocía como el formulario E-301.
- Como decíamos, se trata de un formulario que se pide en la oficina de empleo del país correspondiente. Cada uno tiene su propio sistema para solicitarlo. El Servicio de Empleo Público Estatal de nuestro país se puede dirigir a los Servicios Públicos Europeos para obtener datos acerca de los trabajadores. Pero aún así, es muy recomendable rellenar el formulario U1, porque así se va a agilizar todo el proceso.
Una vez que regresas a España
Cuando llegas a España, tienes que seguir una serie de pasos para poder pedir la prestación por desempleo.
En primer lugar, deberás cotizar también en nuestro país, una vez que regresas del otro estado europeo. No se puede cobrar directamente la prestación por desempleo en cuanto se llega a España. Deberás darte de alta un día como mínimo, cotizando así a la Seguridad Social.
Una vez que te encuentres en situación legal de desempleo en nuestro país, podrás solicitar la prestación por desempleo. Lo recomendable es que se consiga un contrato a jornada completa una vez que se vuelve a España, para poder cobrar la prestación completa y no de forma parcial.
Pero esto no es suficiente. Para poder acceder a la prestación por desempleo tras haber trabajado en otro país europeo, es necesario cumplir una serie de requisitos. Son los siguientes:
- En primer lugar, tienes que haber cotizado un mínimo de 360 días acumulados en los seis años últimos, a partir de la salida última de nuestro país. Esto periodo no puede haberse utilizado ya para acceder a otra prestación. Es indiferente que estas cotizaciones sean en nuestro país o en otro estado europeo. Incluso pueden ser en otro país no europeo, siempre que haya un convenio bilateral en materia de Seguridad Social que así lo permita.
- Debes encontrarte en situación legal de desempleo. Ya sabes que una baja voluntaria en el puesto de trabajo no es situación legal de desempleo.
- Antes de acceder a la prestación por desempleo, tienes que apuntarte al paro.
En determinados casos, bajo el cumplimiento de ciertos requisitos, se puede pedir el subsidio por insuficiencia de cotización si se se tienen menos de 360 días, tanto en España como en el otro país extranjero. Tal como se hace saber en el propio formulario U1, cuando el paro se pida en nuestro país, pero ya se haya cobrado una parte de la prestación en el servicio de empleo de otro país europeo, el paro en España se va a ver reducido en función de lo que ya se ha cobrado.
3. ¿Con qué países no europeos tiene España un convenio bilateral en materia de Seguridad Social?
Para saber si los periodos cotizados en países no europeos pueden generar el derecho al cobro de la prestación por desempleo en España, habrá que saber en primer lugar si existe un convenio bilateral en materia de Seguridad Social entre ambos países. De haberlo, se tiene que consultar qué es lo que establece dicho convenio.
Países con Convenio Bilateral con España
Los países no europeos con los que España tiene firmado un convenio bilateral en materia de Seguridad Social son los siguientes:
Andorra | Argentina | Australia | Brasil |
Cabo Verde | Canadá | Chile | Colombia |
Corea | Ecuador | Estados Unidos | Filipinas |
Japón | Marruecos | México | Paraguay |
Perú | República Dominicana | Rusia | Túnez |
Ucrania | Uruguay | Uruguay |