Saltar al contenido

El permiso de lactancia ¿en qué consiste?

permiso de lactancia

Si has finalizado el periodo de baja por maternidad y has vuelto al trabajo, puedes solicitar un permiso de lactancia hasta que tu bebé cumpla nueves meses. ¿Cuál es su duración? ¿Puede solicitarlo el padre? ¿Pueden despedirme por solicitar este permiso? ¿Cómo se solicita? Todas las respuestas.

1. ¿En qué consiste el permiso de lactancia?

Es un derecho que tienen reconocido todos los trabajadores, a través del cual, pueden ausentarse de su puesto de trabajo durante una hora al día para la lactancia de su hijo, tanto en los casos de nacimiento y adopción, como en los de acogimiento.

El permiso de lactancia podrá disfrutarse hasta que el bebé cumpla nueve meses.

2. ¿Cuántos días de lactancia me corresponden?

El permiso por lactancia podrá disfrutarse hasta que el hijo cumpla nueve meses de edad, salvo que el convenio colectivo al que esté sujeto el trabajador amplíe este período.

En los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple, la duración del permiso se incrementa proporcionalmente.

3. Formas de disfrutar del permiso

El trabajador podrá optar por disfrutar el permiso de lactancia de tres formas diferentes:

  • Ausentarse una hora al día
  • Reducir su jornada en media hora
  • Acumular los días en jornadas completas

Ausentarse una hora al día

Una forma de disfrutar el permiso de lactancia es ausentarse el puesto de trabajo durante una hora al día o bien fraccionarlo en dos medias horas.

Es el trabajador quien decide, dentro de su jornada, cuál es la hora en la que va a ausentarse, teniendo en cuenta que los tribunales de justicia entienden que si lo hace al comienzo o al final de la jornada supone una reducción de jornada, por lo que es conveniente que establezca esta hora dentro de la jornada ordinaria de trabajo y no entrando o saliendo una hora antes o después.

Reducir su jornada en media hora

Otra posibilidad con la que cuenta, es poder reducir media hora su jornada laboral al final de la misma.

Ejemplo: Antonia trabaja de 10h a 18h y decide reducir su jornada, por lo que en lugar de salir a las 18h, terminará a las 17.30H.

Acumular los días en jornadas completas

La tercera opción con la que cuenta el trabajador, es poder acumular esas horas de trabajo y en días enteros.

Esta forma de disfrutar el permiso de lactancia se conoce como lactancia acumulada.

4. La lactancia acumulada

Si se opta por acumular las horas disponibles en días enteros, estamos ante lo que se conoce como una lactancia acumulada.

Para determinar el número de días que podrían pertenecernos, en primer lugar deberemos comprobar si estamos sujetos a un convenio colectivo y si en él se establece un periodo. En ese caso, nos acogeremos a ese.

En caso contrario, deberemos:

  •  Contar los días que median entre el inicio del permiso y la fecha en la que el bebé cumpla nueve meses.
  • Sumar cada hora que se corresponda con los días que hemos contado.
  • Comprobar a cuántas jornadas se corresponde.
  • Finalmente hay que tener en cuenta diversos factores como el número de días laborales, festivos, fines de semana o número de horas trabajadas para determinar el periodo.

Con carácter general, el permiso por lactancia suele ser de 15 días, aunque no siempre tiene por qué ser así.

5. ¿Puede solicitar un permiso de lactancia el padre?

El permiso de lactancia es un derecho que tienen todos los trabajadores, por lo que el padre también puede solicitarlo.

Hay que tener en cuenta que si el padre decide disfrutar de este permiso, no podrá hacerlo la madre, pues la única condición que establece la normativa es que este derecho sólo puede ser ejercido por uno de los progenitores en el caso de que ambos trabajen.

6. ¿Puede pedirse en casos de lactancia artificial?

El permiso de lactancia puede disfrutarse tanto en los supuestos de lactancia materna como artificial, así como en los casos de adopción o acogimiento.

7. ¿Es un permiso retribuido o dejaré de cobrar parte de mi salario?

Aunque el trabajador no acuda a su puesto de trabajo, el permiso de lactancia está retribuido.

Aún así, es posible que el empresario pudiera reducir nuestro el salario descontando determinados «pluses» que tuviéramos reconocidos y que estuvieran relacionados con la productividad o la asistencia al puesto de trabajo.

8. ¿Pueden despedirme por disfrutar de un permiso por lactancia?

Como ya hemos comentado, el permiso de lactancia es un derecho reconocido a los trabajadores y por tanto, el empresario no puede despedirnos por ese motivo. En el caso que lo hiciera, ese despido se consideraría nulo.

Negativa del empresario a conceder el permiso

Si tras solicitar el permiso de lactancia, el empresario y el trabajador no se pusieran de acuerdo a la hora de establecer el periodo de disfrute y el horario, y el empresario optara por negarse a concederlo, es posible presentar un demanda ante los Juzgados de lo Social, en los 20 días siguientes a la negativa, para que se reconozca este permiso.

9. ¿Existe un plazo de preaviso para solicitar el permiso?

Sí. El trabajador o trabajadora que quiera disfrutar de un permiso de lactancia retribuido, debe comunicarlo al empresario con al menos quince días de antelación.

Si el convenio colectivo al que está sujeto el trabajador establece otro plazo, deberá respetarse ese.

Deberá hacerse por escrito, especificando la fecha de inicio y fin del permiso.

10.¿Puedo disfrutar de este permiso si ya tengo reducción de jornada por cuidado de hijos?

Si ya se cuenta con una reducción de jornada por cuidado de hijos, podrá disfrutarse también el permiso de lactancia de forma simultánea, ya que según los Tribunales de Justicia, son cuestiones distintas y perfectamente acumulables.

Más Información

  • Si tu puesto de trabajo puede poner en riesgo la lactancia natural de tu hijo, conoce la prestación por riesgo durante la lactancia natural que gestiona la Seguridad Social.
  • Si estás valorando la posibilidad de solicitar una excedencia para cuidar de tus hijos comprueba aquí cuáles son los requisitos.