Saltar al contenido

Cómo empadronarse en Madrid: requisitos y trámite

como-empadronarse-en-Madrid

Todo aquel que resida en Madrid más de seis meses al año debe empadronarse en esta ciudad. Si tienes dudas acerca de cómo empadronarte en Madrid, los requisitos y el trámite que hay que realizar, a continuación te daremos toda la información que necesitas.

1. ¿Quién tiene que empadronarse en Madrid?

Cada localidad cuenta con su propio padrón municipal de habitantes, que es un registro de las personas que viven en ella. Todo aquel que resida en Madrid durante más de seis meses al año está obligado a empadronarse en esta ciudad.

2. Cómo empadronarse en Madrid: requisitos y trámite

Podrán solicitar el empadronamiento en Madrid y conseguir su certificado las siguientes personas:

  • Aquellas que sean mayores de edad, que podrán solicitar su propia inscripción y la de los miembros de su unidad familiar. Concretamente podrán solicitar el empadronamiento de su pareja y de los hijos comunes de ambos, y siempre y cuando procedan del mismo municipio.
  • También podrán solicitar el empadronamiento los representantes legales de las personas menores de edad, o de quienes se encuentren incapacitados legalmente.

El trámite se puede hacer de las siguientes formas:

Presencialmente

Para hacer el trámite de forma presencial, hay que dirigirse personalmente a las Oficinas de Atención a la Ciudadanía-Línea Madrid. Para esto es necesario solicitar cita previa. Puedes hacerlo desde aquí, haciendo clic en el siguiente enlace:

Ayuntamiento de Madrid- Cita Previa

Una vez fijada la cita previa, se debe acudir con la correspondiente solicitud, que se acompañará al resto de la documentación. Puedes descargar esta solicitud aquí:

Solicitud de empadronamiento presencial

Por correo ordinario

Se hace a la dirección señalada en el proceso de descarga de la solicitud. Puedes acceder a dicha solicitud en el siguiente enlace:

Solicitud de empadronamiento por correo

Una vez que se realiza el trámite, se remite un volante de empadronamiento en el domicilio de la persona que lo ha solicitado.

Si tienes que empadronarte en Madrid, podrás hacerlo tanto presencialmente como por correo.

3. ¿Qué documentos hay que presentar?

Los documentos que se deben presentar para empadronarse en Madrid son los siguientes:

Solicitud de empadronamiento

Hay que entregar la hoja padronal correctamente cumplimentada, y firmada por todas las personas mayores de edad incluidas en ella. Puedes descargarla en el apartado anterior.

Documentos vigentes para acreditar la identidad

Los españoles tendrán que presentar los siguientes documentos:

  • Los mayores de 14 años: el DNI o pasaporte en vigor. Hay que llevar el original de quien se presenta personalmente, y fotocopia del resto de los que se empadronan.
  • En el caso de los menores de 14 años, habrá que presentar el libro de familia o certificado de nacimiento original, junto al DNI o pasaporte si ya lo tuvieran.

Si se trata de personas extranjeras, hay que presentar:

  • Si son ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, el NIE junto al pasaporte, o el documento nacional de identidad original vigente.
  • En el caso de que sean de nacionalidad rumana, tendrán que presentar el pasaporte si no comparecen personalmente, y no consta su firma en una solicitud anterior de empadronamiento.
  • Las personas de las demás nacionalidades tienen que presentar el pasaporte o permiso de residencia, originales y vigentes. La tarjeta de extranjero vigente, expedida en España, tiene preferencia y se debe presentar siempre.
  • Para los menores extranjeros que hayan nacido en España, hasta los tres meses de edad, habrá que presentar el libro de familia o el certificado de nacimiento, la tarjeta de residencia o el certificado de nacimiento. Si tiene pasaporte, también se debe presentar.
  • En el caso de los mismos menores extranjeros, pero pasados los tres meses, habrá que presentar los mismos documentos que para los mayores extranjeros.
  • Para los menores extranjeros y no nacidos en España, hay que presentar los mismos documentos que para los mayores extranjeros.

Documentos para acreditar la representación

Habrá que presentar el escrito en el que conste la representación que permita actuar en nombre del interesado, debidamente firmada por este. Si ambas personas van a empadronarse en el mismo domicilio, basta con firmar la hoja padronal del representado y el representante. Ambos deben presentar la documentación que acredite su identidad.

En el caso de que el representado sea un menor, habrá que presentar el libro de familia o certificado de nacimiento, y la solicitud de empadronamiento si se empadrona con ambos progenitores. Si lo hace solo con uno de ellos, se podrán presentar otros documentos.

Documentos para acreditar el uso de la vivienda

Habrá que presentar los siguientes documentos en todos los casos, excepto para el empadronamiento de menores no emancipados:

  • La última factura de la compañía de telefonía fija, de la electricidad o gas o el contrato de suministro formalizado el año anterior.
  • La escritura o el contrato de compraventa, o el contrato de arrendamiento en vigor.

Dependiendo del caso, se podrán exigir otros documentos.

Más información

Ayuntamiento de Madrid- Padrón Municipal. Alta y cambio de domicilio en Padrón