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El permiso individual de formación

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Si estás trabajando y quieres ampliar tus estudios, puedes solicitar un permiso de individual de formación a tu empresa. Te explicamos en qué consiste y todo lo que debes saber sobre este derecho, ¡no pierdas detalle!

1. Qué es un permiso individual de formación

Un permiso individual de formación es, como su propio nombre indica, un permiso cuyo objetivo es que un trabajador pueda llevar a cabo las acciones necesarias para obtener una titulación oficial. Todo ello sin coste alguno para la empresa en la que este trabaja.

Es decir, mediante el permiso individual de formación la empresa autoriza a un empleado para que realice las acciones formativas necesarias para conseguir una acreditación reconocida oficialmente.

2. Solicitud permiso individual de formación

Para solicitar el permiso individual de formación, el trabajador debe entregar a su empresa el permiso de solicitud, debidamente cumplimentado. Este contiene los siguientes datos:

  • Sus apellidos y nombre
  • Su DNI

Tras reflejar estos datos, el trabajador exmpresará que solicita un permiso individual de formación, y respecto a este aclarar:

  • Cuántas horas laborables necesita
  • Cuál es el curso académico o año natural correspondiente

Continúa el documento aclarando que se hace esta solicitud «de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, y en la Orden TAS 2307/2007 de 27 de Julio, para la realización de la acción formativa conducente al título de…» (aquí debe ir el nombre del título que se obtendrá).

La solicitud continuará explicando:

  • En qué centro de formación se harán estos estudios
  • Desde qué día se hará y hasta cuál
  • El calendario de distribución de las horas del permiso

Terminará el documento señalando la ciudad y fecha de la solicitud, y finalmente con la firma del trabajador.

3. ¿Está obligada la empresa a conceder este permiso?

No, la empresa no está obligada a conceder este permiso. Puede negarse a ello por razones de organización o de producción. Pero en todo caso, ha de hacerlo por escrito, y explicando los motivos por los que deniega la petición.

4. Permiso individual de formación para funcionarios

El permiso individual de formación no es exclusivo para los trabajadores de las empresas privadas. Este está destinado a los trabajadores asalariados que presten sus servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales, que coticen a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional, que hayan conseguido este permiso de su empresa.

Por su parte, la empresa debe poner a disposición de los trabajadores que lo soliciten el modelo de solicitud de concesión de permiso oficial.

5. ¿Se cobra durante este permiso?

Sí, mientras el trabajador está disfrutando de su permiso individual de formación continúa cobrando su sueldo. Se trata de un permiso retribuido.

El trabajador continuará cobrando su salario durante el permiso individual de formación.

6. Requisitos de la formación a realizar

Para solicitar un permiso individual de formación, dicha formación debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Debe tratarse de una formación reconocida a nivel oficial. Puede ser una acreditación oficial, un título de formación profesional, una titulación oficial o un certificado de profesionalidad.
  • No puede ser un curso que ya esté incluido en la oferta formativa que ofrezca la empresa.
  • Tiene que ser presencial, sea parcial o totalmente.

7. ¿Existe un límite de horas por curso?

Sí, cada curso académico o año natural y cada permiso tiene un límite de 200 horas.

8. ¿Tiene que ser una formación relacionada con la actividad de la empresa?

No, la normativa dispone que los permisos se solicitan para el desarrollo profesional o personal de los trabajadores. De forma que la formación a realizar no tiene que estar relacionada necesariamente con la actividad de la empresa, ni con el puesto de trabajo.

Además, si se trata de una formación que resulta indispensable para el desempeño del puesto de trabajo, en ningún caso puede ser objeto de este permiso. Se entiende que el trabajador ya tiene que tener estos estudios.

9. ¿Cómo se bonifican las empresas los permisos individuales de formación?

Con respecto a los permisos individuales de formación, las empresas se pueden bonificar los costes salariales que correspondan a las horas que el trabajador necesite para estudiar. Las empresas disponen de un crédito adicional de hasta un 5% del crédito anual que ya tienen para dar formación bonificada.

En el caso de que el coste del permiso individual de formación supere dicho 5%, el crédito adicional sería el que equivalga a los salarios de los permisos que se tramiten:

  • 200 horas para empresas que tengan de 1 a 9 trabajadores
  • 400 horas para empresas que tengan de 10 a 49 trabajadores
  • 600 horas para empresas que tengan de 50 a 249 trabajadores
  • 800 horas para empresas que tengan 250 a 499 trabajadores
  • A partir de los 500 trabajadores, 800 horas adicionales 200 horas por cada 500 trabajadores de más

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