Si eres autónomo o estás pensando darte de alta en el RETA, debes conocer todas las medidas que recoge la nueva Ley de autónomos. Te contamos en qué te afectará esta reforma, ¡no pierdas detalle!
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Los trabajadores autónomos, es decir, aquellos que se encuentran inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, presentan una serie de particularidades con respecto a los trabajadores por cuenta ajena: La nueva Ley de autónomos ha establecido una ampliación de dicha bonificación. Pero no solo eso, se ha aprobado otra serie de medidas orientadas a facilitar la situación del trabajador por cuenta propia. Tal como comentábamos en el apartado anterior, hasta la reforma de la Ley de autónomos, estos podían acogerse a una reducción en la cuota de autónomos que les permitía pagar solo 50 euros durante los seis primeros meses. Dicha reducción se amplía ahora a 1 año. Además, antes era requisito para esta bonificación no haber estado dado de alta como autónomo durante los 5 años anteriores. Ahora este plazo, que se conoce como período de carencia, se reduce a 2 años. Con la entrada en vigor de la nueva Ley, los autónomos podrán darse de baja hasta en 3 ocasiones a lo largo de un año natural. Esta baja tendrá efectos desde el día real de cese en su actividad. Pues bien, esto supone que los trabajadores por cuenta propia no tendrán que cotizar obligatoriamente durante todo el año. Durante los períodos de baja no tendrán que pagar. Hasta ahora la cuota de autónomos se establecía tomando como referente el Salario Mínimo Interprofesional. A partir de la entrada en vigor de la nueva Ley de autónomos, esta cuota se fijará en los Presupuestos Generales del Estado. La nueva Ley establece una reducción de hasta el 10% en los recargos por retraso en el pago de la cuota a la Seguridad Social el primer mes. A día de hoy este recargo es de un 20%. La nueva Ley de autónomos da la posibilidad de variar la base de cotización hasta 4 veces dentro del mismo período. Hasta el momento solo podía hacerse dos veces por año. Las anteriores son algunas de las medidas más esperadas de la nueva Ley, pero también se plantean las siguientes: Consiste en la posibilidad de deducirse en el IRPF hasta el 20% de los gastos de suministro (por ejemplo el agua o el teléfono), en el caso de que la actividad del autónomo tenga lugar en el domicilio habitual de este. A partir de la entrada en vigor de la nueva Le, se reconocerán los accidentes sufridos por el autónomo como consecuencia de su trabajo, a la ida o regreso de este. Se establece una exención del 100% en la cuota de autónomos durante 12 meses a las trabajadoras autónomas, con motivo del cuidado de un menor o dependiente. Los autónomos podrán realizar formación que les dé la posibilidad de mejorar en su actividad profesional. Los trabajadores inscritos en el RETA ya no tendrán que reclamar que se les devuelva el exceso de cotizaciones en caso de pluriactividad. Se contempla la implantación de un nuevo sistema que devolverá estas de oficio. Se establecen distintas medidas para favorecer a los personas con discapacidad que decidan comenzar a trabajar como autónomos. También se incluyen algunas mejoras para que los autónomos que tengan hijos personas con discapacidad, tengan ayudas para contratar a estos. Aunque la nueva Ley de autónomos quedará aprobada antes, las medidas que contempla entró en vigor en enero de 2021. A consecuencia de esto, los trabajadores inscritos en el RETA no notarán las ventajas fiscales que esta reforma legislativa les aporta hasta la declaración de impuestos del 2021. En el siguiente artículo encontrarás información también de tu interés: 1. Nueva Ley autónomos
2. Ampliación de la tarifa plana de 50 euros a 1 año
3. Darse de baja hasta 3 veces al año
4. La cuota de autónomos no va en función del SMI
5. Se reducen los recargos por retrasos en el pago de la cuota
6. Se puede cambiar de base de cotización 4 veces por período
7. Otras medidas de la nueva Ley
Deducción de los gastos de suministro
Se reconocen los accidentes in itinere
Ayuda para la conciliación de las autónomas
Posibilidad de acceder a formación
Mejora de las devoluciones de pluriactividad
Ayudas específicas para personas con discapacidad que comienzan como autónomos
8. ¿Cuándo entra en vigor esta norma?
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