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¿Qué pasa si no le aprueban el ERTE a mi empresa?

No aprobación ERTE empresas

¿Tu empresa solicitó un ERTE y se lo han denegado? Si te preocupa qué puede ocurrirte como trabajador en esta situación, sigue leyendo, ¡aquí tienes toda la información!

1. A mi empresa no le han aprobado el ERTE, ¿qué ocurre ahora?

Hay casos en los que el ERTE es desestimado, ya que la Autoridad Laboral no ves justificado que la empresa tenga que beneficiarse de este mecanismo legal, ya que la actividad de la misma se podría haber seguido desarrollando.

Pues bien, si el ERTE ha sido denegado, el pago a los trabajadores va a cargo de la empresa, por lo que el Estado no se responsabiliza de los mismos.

La empresa tiene la posibilidad de presentar una solicitud nueva, en esta ocasión por una causa económica, técnica, organizativa y/o de producción (en este caso se habla de ERTE ETOP). Pero el empleador no quedará exento de pagar las cotizaciones correspondientes.

2. ¿Me perjudica a mí en algo como trabajador?

No, esta situación no debe perjudicarte de ninguna forma como empleado de la empresa. Esta tiene que seguir pagándote tu salario, y no podrá pedirte que se recupere el tiempo que no estuviste trabajando mientras esperaba la respuesta al ERTE. 

Qué pasa si a mi empresa le deniegan el ERTE

3. ¿Tengo que hacer algo?

No, no tienes que hacer nada. En caso de que tu empresa hubiera niciado los trámites para solicitar otro ERTE, un ETOP en esta ocasión, empezarías a generar el derecho a prestación desde que te mandaron a casa.

Los trámites corresponden solo a la empresa, por lo que tú no tienes que realizar ninguno.

4. ¿Hasta cuándo durarán los ERTE?

Dado que la actividad empresarial no se está pudiendo desarrollar en términos de normalidad, las empresas pueden recurrir al ERTE hasta el 30 de septiembre por el momento. 

El Real Decreto-ley 24/2021, de 26 de junio, estableció dos nuevos tipos de ERTE, si bien esto afecta solo a las cotizaciones que pagan las empresas, y no tiene ninguna influencia en la prestación que reciben los trabajadores.

Por un lado se han aprobado los ERTE de fuerza mayor parcial, que reducen al 60% las cotizaciones de los trabajadores que se incorporen a su puesto en empresas con menos de 50 empleados; y un 40% si se trata de empresas con trabajadores en activo y más de 50 empleados.

Se ha establecido también el ERTE de transición, aplicable a las empresas que no han tenido la posibilidad de retomar con normalidad su actividad. Cuanto más tiempo pase antes de septiembre, será menor la exoneración de cotizaciones.