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¿Me pueden despedir por faltar un día al trabajo?

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¿Se puede despedir a un trabajador por faltar un día al trabajo? ¿Y si son varios días? Descubre las consecuencias de no asistir al trabajo en el siguiente artículo.

1. ¿Me pueden despedir por faltar un día al trabajo?

Depende del caso. Faltar al trabajo sin razón justificada puede dar lugar a una sanción que en ocasiones incluye el despido disciplinario. En la ley y los convenios colectivos se reflejan muchas situaciones en las que se permite que el trabajador falte al trabajo, por haber una causa razonable para ello: una huelga, tener que ir al médico, etc.

Pero si el trabajador no acude a su puesto sin justificar por qué, será necesario consultar el convenio colectivo aplicable al sector para ver si esto es una falta, y en caso de que así sea, cuál es la sanción que se contempla. Algunos convenios consideran que faltar un día ya es una falta, mientras que otros requieren que se trate de varios días reiterados. En ningún caso se podrá imponer una sanción distinta a las que establezca el convenio.

Hay que analizar caso por caso, teniendo en cuenta en primer lugar la manera en que el convenio colectivo ha regulado el código de conducta y las sanciones correspondientes. Pero también se deben mirar las demás circunstancias, es decir, si se trata de una falta puntal o reincidente, si han faltado más trabajadores y no han sido sancionados por ello, etc.

En todo caso las sanciones tendrán que ser graduales y apropiadas a las circunstancias. Un trabajador que lleva décadas en la empresa y ha faltado por primera vez podría recibir una simple amonestación, mientras que sería lógico que fuera despedido otra trabajador que, siendo nuevo, lo hiciera de manera regular. Pero tal como venimos viendo, al final todo quedará a expensas de lo que disponga el convenio colectivo.

2. Y si falto dos o tres días, ¿me pueden despedir?

Sí, si así lo establece el convenio colectivo, será posible despedir a un trabajador que tan solo ha faltado dos o tres días a su puesto de trabajo. Este instrumento legal tiene siempre la última palabra en lo que a este tema concierne.

3. Me han despedido del trabajo, ¿qué hago?

Si finalmente te han despedido del trabajo, sea por faltar o por cualquier otra causa, y no estás de acuerdo, puedes impugnar el despido. Tienes 20 días hábiles (es decir, no cuentan sábados, domingos ni festivos) desde el momento del despido, a contar desde la fecha del despido, y tendrás que empezar por presentar una papeleta de conciliación.

Debes tener en cuenta tus posibilidades en el proceso judicial, es decir, si realmente faltaste o no, si puedes justificar la razón si en efecto lo hiciste, y qué es lo que dice el convenio colectivo al respecto. Si faltaste sin causa justificada y dicho convenio permite a la empresa despedir a la primera falta, parece que acudir al juzgado no será más que una pérdida de tiempo. Pero si por el contrario solo has faltado un día y el convenio exige hacerlo durante varios días para poder despedir, sí tendrás opciones y por ello debes plantearte demandar.

4. Me han dado de baja voluntaria sin firmar, ¿qué puedo hacer?

En este caso también puedes impugnar la decisión de la empresa, y es muy importante que lo hagas. Has de tener muy presente que las consecuencias que se derivan del despido disciplinario y la baja voluntaria son distintas, ya que mientras en el primer caso el trabajador tiene derecho a recibir la prestación por desempleo, en el segundo lo pierdes. Es decir, si te dan de baja voluntaria perderás el paro, así que si no has firmado no lo dudes y demanda a la empresa antes de que pase el plazo con el que cuentas para ello.

Algunas empresas tienen esta práctica, consistente en dar de baja a los trabajadores cuando empiezan a faltar al trabajo. Pero realmente no tienen ningún derecho a hacerlo ya que el empleado puede haber faltado por distintas causas, pero en ningún caso ha dado su conformidad con darse de baja.

5. ¿Pueden la empresa y el trabajador pactar un despido?

Esta práctica se conoce como «arreglar los papeles para el paro», y es totalmente ilegal. El caso sería el siguiente: el trabajador quiere dejar el trabajo pero si lo hace mediante la baja voluntaria perdería el paro, y la empresa tiene que pagarle una indemnización. Así que ambas partes se ponen de acuerdo para evitar estas consecuencias, fingiendo que en realidad se trata de un despido disciplinario. Pero en caso de que sean descubiertas, ambas serán objeto de sanción, por lo que en ningún caso se debe simular un despido.

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