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¿Cómo solicitar el certificado de empadronamiento en Coruña?

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Si estás viviendo en La Coruña, es posible que consigas un certificado de empadronamiento en cualquier momento, para realizar algún trámite. En este post te damos toda la información que necesitas, incluido el horario de empadronamiento en La Coruña, ¡toma nota!

1. ¿Quién tiene que empadronarse en La Coruña?

Tienen que empadronarse en A Coruña aquellas personas que residen habitualmente en la ciudad. Se entiende que alguien tiene su residencia habitual en un municipio cuando vive la mayor parte del tiempo en él, independientemente de que algunos meses tenga que hacerlo en otro sitio.

2. Requisitos para pedir el volante de empadronamiento

Para solicitar tu volante de empadronamiento tan solo es necesario que te hayas dado de alta antes en el Padrón Municipal de Habitantes de La Coruña.

Una vez que te das de alta en el Padrón Municipal de Habitantes, puedes solicitar el volante de empadronamiento de La Coruña.

3. Cómo solicitar el certificado de empadronamiento en Coruña

Puedes solicitarlo presencialmente, en la Oficina del Registro General Municipal o en otras oficinas municipales (encontrarás más datos de todos estos lugares el último apartado de este post).

También puedes pedirlo vía online, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de A Coruña.

Te contamos la documentación que necesitas en cada caso:

Documentación necesaria

Los documentos que debes presentar son los siguientes:

Si pides el certificado presencialmente

  • Hoja de inscripción padronal .  Deberá estar firmada por todos los mayores de edadLa hoja de Padrón se cubrirá por los funcionarios de la Unidad de Padrón y tendrá que presentarse el DNI original o cualquier otro documento de identificación (NIE, pasaporte, carnet de conducir etc.). De todos los mayores de edad y libro de familia de los menores de 15 años, así como el documento que acreditativo de la guardia  custodia (si lo hubiera). La documentación debe ser siempre original.
  • Justificación de la utilización de la vivienda.

En el caso de las personas extranjeras, según la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España (art. 3º, punto 2), también deben aportar:

  • Tarjeta de residencia en vigor o pasaporte de su país de procedencia, en el supuesto de ciudadanos nacionales de estados miembros de la Unión Europea, de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de Estados a los que, en virtud de un convenio internacional se extienda el régimen jurídico previsto para los ciudadanos de los Estados mencionados.
  • NIE o pasaporte de su país de procedencia, si se trata de ciudadanos de Estados no comprendidos en el supuesto anterior.

Si se solicita el certificado online

Documento que justifique la utilización de la vivienda, siempre original. En el caso de que en la vivienda no aparezca nadie empadronado con anterioridad, se justificará su utilización aportando documentos que la acrediten, de los cuales los más habituales son los siguientes:

En el caso de los propietarios
  • Escritura o documento privado de compraventa de vivienda, copia simple, nota del registro de propiedad.
  • Recibo de IBI.
  • Contrato definitivo o último recibo de una compañía de servicios (agua, gas, teléfono fijo, etc.), en el que aparezca el domicilio y que esté a nombre de al menos una de las personas que solicitan el empadronamiento.
En el caso de los arrendatarios
  • Contrato vigente de arrendamiento de vivienda, junto con el último recibo de alquiler.
  • Contrato definitivo actual ó último recibo actual de una compañía de servicios (gas, agua, teléfono fijo, etc.), en el que aparezca el domicilio y que esté a nombre de al menos una de las personas que solicitan el empadronamiento.

4. ¿Puedo cambiar el empadronamiento?

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Sí, se puede cambiar el lugar en el que estás empadronado. De hecho, una vez que cambias de domicilio, debes hacerlo.

Si cambias de domicilio, también debes cambiar el empadronamiento.

5. Cómo pedir cita previa para el empadronamiento en Coruña

No es necesario pedir cita previa en el Ayuntamiento de La Coruña para el empadronamiento. Basta con que te presentes en las oficinas en el horario correspondiente. En el siguiente apartado tienes toda la información.

6. Oficinas y horario para empadronarse en Coruña

Puedes empadronarte en las siguientes oficinas de La Coruña:

Oficina del Registro General Municipal

Se encuentra en el Palacio Municipal, Plaza de María Pita nº1, C.P. 15001. Aquí puedes realizar trámites de todo tipo relacionados con el Padrón Municipal de Habitantes. El horario de oficina es de 8 a 14 horas.

Oficinas del Forum Metropolitano y Centro Sociocultural Ágora

Las Oficinas del Forum Metropolitano están en la calle Río Monelos nº1; y el Centro Sociocultural Ágora, en la calle Ágora sin número. Tanto en las oficinas como en el centro se pueden realizar tan solo los siguientes trámites relacionados con el Padrón:

  • Expedición de certificados de padrón.
  • Modificación de datos personales (cambio del nivel de estudios, cambio de nacionalidad, inversión de apellidos, cambio de sexo, etc.).
  • Confirmación de extranjeros.
  • Renovación de extranjeros.
  • Altas por nacimiento.

El horario del Forum Metropolitano es de 8 a 21 horas de lunes a viernes, y de 9 a 14 y de 17 a 21 los sábados.

El Centro Sociocultural Ágora abre de 9 a 21 de lunes a viernes, y de 10 a 14 y de 17 a 21 los sábados.

Más información

En el siguiente artículo encontrarás información que probablemente también sea de tu interés, ¡no dudes en echarle un vistazo!

¿Cómo solicitar el certificado de empadronamiento?