Los españoles que se encuentran viviendo en el extranjero pueden solicitar determinadas ayudas en función de la situación que se encuentren. Así por ejemplo, la prestación por razón de necesidad es una ayuda que garantiza unos ingresos mínimos cuando el español residente en el extranjero se encuentra en una situación precaria. Te mostramos todas las ayudas para españoles en el extranjero que se contemplan actualmente.
Índice del artículo
1. Ayudas por razón de necesidad
Los españoles que se encuentren en un situación de especial necesidad y residan en el extranjero, pueden solicitar estas ayudas siempre que reúnan los requisitos mínimos.
Actualmente se contemplan tres prestaciones:
- Ayuda por ancianidad
- Prestación por incapacidad absoluta
- Asistencia sanitaria
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Podrán beneficiarse de las prestaciones las siguientes personas:
- Españoles que se marcharon del país y residen actualmente en el extranjero
- Españoles de origen que no hayan nacido en España, pero que hayan vivido al menos diez años en territorio nacional y durante ese tiempo hubieran tenido la nacionalidad española.
Estas personas además deben cumplir los requisitos mínimos que se exigen para poder solicitarlas.
Requisitos para solicitar estas ayudas
Los interesados que quieran tramitar estas ayudas, deben reunir los siguientes requisitos:
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Tienes más información acerca de esta incapacidad en el siguiente artículo: |
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Los indicadores que se tienen en cuenta son:
* La vivienda habitual no se computa dentro del patrimonio |
¿Cómo puedo solicitar las ayudas?
Los españoles que residan en el extranjero y cumplan los requisitos que hemos enumerado, pueden tramitar su ayuda presentando el impreso de solicitud debidamente cumplimentado en alguno de los siguientes organismos:
- Consejerías de Trabajo y Asuntos Sociales de las Embajadas
- Consulado o sección consular de la Embajada
Puedes descargarte el modelo de solicitud en el siguiente enlace:
Solicitud de prestación económica por razón de necesidad
Se deben adjuntar al formulario de solicitud los documentos siguientes:
- Pasaporte vigente donde conste la inscripción como residente en el Registro de Matrícula Consular. Si no consta este hecho hay que presentar un certificado consular.
- Documento de identidad del país de residencia del solicitante y todos los miembros que compongan la unidad familiar y certificado que justifique con conviven juntos
- Libro de familia
- Certificado de matrimonio o documento de pareja de hecho en su caso
- En los casos de divorcio o separación, la sentencia judicial
- Justificante de ingresos o pensiones que se estén percibiendo.
- Si no se tienen rentas, hay que aportar una declaración responsable de que no se perciben ingresos
- Declaración de bienes si se tienen
- Todos aquellos documentos que justifiquen alguna situación como por ejemplo el patrimonio del solicitante o si se han donado bienes en los últimos cinco años
- Informe médico en el caso de incapacidad permanente
El plazo para solicitar las prestaciones está abierto durante todo el año
2. Prestaciones para «niños de la guerra»
Los españoles que hubieran abandonado el país entre el 18 de julio de 1936 y 31 de diciembre de 1939 debido a la Guerra Civil Española y fueran menores de edad en el momento en que se desplazaron, tendrán derecho a una ayuda económica si han pasado casi toda la vida fuera de España y se encuentran en alguno de los supuestos que señalamos a continuación:
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Pincha a continuación para conocer esta pensión: |
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Para ser beneficiario de la prestación para niños de la guerra no es necesario que estén residiendo actualmente en el extranjero
Cuantía de la prestación 2022
La cuantía de la prestación para niños de la guerra será igual a la diferencia entre 7.165,38 euros y los importes anuales que cobre el solicitante de alguna de las pensiones que hemos enumerado anteriormente.
Los residentes en España cobrarán la prestación fraccionada en 14 mensualidades y los españoles que vivan en el extranjero, la percibirán conforme esté establecida la pensión de ancianidad.
Solicitud de la ayuda
A continuación puedes descargarte el formulario de solicitud:
Residentes en el extranjero
Solicitud prestación a españoles por motivo de la guerra civil
Residentes en España
Solicitud de prestación a españoles por motivo de la guerra civil que residen en territorio nacional
Además tienen que adjuntarse los siguientes documentos:
- DNI del país de residencia
- Pasaporte español vigente
- Certificado de nacimiento
- Documento que indique la fecha de la salida de España
- Justificantes de ingresos y pensiones
Más Información
Prestación por razón de necesidad – Secretaría General de Inmigración