Conozca cómo calcular la renta familiar para una beca MEC si necesita presentar su solicitud para cursar estudios homologados.
Índice del artículo
1. Cómo calcular el umbral de renta familiar
Para calcular la renta familiar a la hora de solicitar una beca MEC se deben tener en cuenta todos los miembros computables de la familia y sumar todas las rentas que obtienen, independientemente de dónde provengan los ingresos. No superar los umbrales de renta es uno de los requisitos para poder ser beneficiario de estas subvenciones, siendo una de las causas más comunes de denegación de las becas MEC.
En cualquier caso se debe realizar el cálculo tal y como establecen en las convocatorias y de conformidad con las normas del IRPF y siempre deberá tomar en cuenta el ejercicio anterior a la solicitud de la beca.
Así por ejemplo, si solicita una beca para el curso 2022-2023, se debe tomar como referencia para realizar el cálculo, el ejercicio de la Renta del año 2021.
Pasos para calcular la renta familiar
Para realizar el cálculo de forma correcta, se deben tomar las declaraciones de la renta de todos los miembros computables de la familia y comprobar las siguientes casillas:
- Localice la casilla 435 que se corresponderá con la base imponible general y tome este dato.
- A continuación anote el importe de la casilla 460 que se corresponde con la base imponible del ahorro.
- Sume ambos importes (casilla 465 + casilla 460).
- Busque la casilla 595 que indica la cuota resultante de la declaración y reste este importe a la cantidad anterior.
- Deberá realizar, por tanto, el siguiente cálculo: (casilla 435 + casilla 460) – casilla 595
Como se calcula el umbral de renta para la beca MEC
Para calcular la renta, se toman como base estos importes porque el cálculo de la renta para una beca MEC no se realiza sobre los ingresos netos que cobran los miembros de la unidad familiar, sino que se toma como referencia la base imponible, que siempre será inferior a lo que realmente cobra el trabajador.
Si existen varios miembros en la familia que realizan la declaración de la renta, deberá realizar este cálculo con cada una de ellas y sumar los resultados.
El final resultante deberá cotejarlo con los umbrales de renta máximos que establece la convocatoria para ser beneficiario de una beca MEC según el número de miembros de la unidad familiar, es decir, que no podrá sobrepasarlo.
Este cálculo ya lo realiza la Administración de forma automática en el momento en que cruza la base de datos con la Agencia Tributaria, aunque puede resultar útil para el solicitante conocerlo para comprobar si supera o no los umbrales de renta establecidos en la convocatoria.
2. Cuáles son los miembros familiares computables
Los miembros de la familia que se tienen en cuenta para calcular la renta familiar son los siguientes:
- El padre y la madre del solicitante o el tutor o persona que se encargue de la guarda y protección de este si es un menor.
- La persona que solicita la beca.
- Los hermanos del solicitante que sean menores de 25 años, solteros y convivan en el domicilio familiar a fecha 31 de diciembre.
- Los hermanos del solicitante mayores de edad, si padecen alguna discapacidad y los ascendientes de sus padres si justifican que viven en el mismo domicilio que ellos, mediante un certificado de empadronamiento.
Padres separados o divorciados
Si los padres del solicitante están divorciados o separados legalmente, solo será miembro computable el que conviva con él. En cambio, sí será miembro computable y sustentador principal el cónyuge nuevo del padre que conviva con el solicitante y sus rentas y su patrimonio se tendrán en cuenta también.
Si existe un régimen de custodia compartida, serán miembros computables el padre y la madre del solicitante, así como los hijos comunes y los ascendientes de los padres que convivan en el domicilio familiar.
Solicitantes emancipados
Si el solicitante constituye una unidad familiar independiente, será miembro computable su cónyuge o persona a la que se encuentre unido por relación análoga como puede ser pareja de hecho. Serán también computables en este caso los hijos que convivan con él en el mismo domicilio si es que los tuviera.
Si el solicitante acredita que está emancipado y es independiente familiar y económicamente, sea cual sea su estado civil, tiene que acreditar de manera fehaciente que tiene medios económicos propios y suficientes para ser independiente:
- Tendrá que acreditar la titularidad de su domicilio habitual o el alquiler de la vivienda.
- Se entenderá no probada la independencia, en caso de que los ingresos demostrados sean inferiores a los gastos que soporte el solicitante.
Menores acogidos
Cuando el solicitante sea un menor acogido, se aplicará todo lo anterior a la familia de acogida. Si es un mayor de edad, se considerará no integrado en la unidad familiar.
3. Deducciones a la renta familiar
Al resultado de la fórmula anterior podrán restarse determinadas deducciones a las que el miembro podría tener derecho a fecha 31 de diciembre.
Podrán comprender alguna de las siguientes:
- El 50% de los ingresos de los miembros computables que no sean sustentadores principales de la familia.
- 525 euros por cada hermano computable, incluyendo el solicitante, que conviva en el domicilio familiar, en caso de familia numerosa de categoría general.
- 800 euros en el mismo caso anterior, pero en el caso de familia numerosa de categoría especial, y siempre que se tenga derecho a ello.
- 2.000 euros si el solicitante es universitario y tiene una discapacidad de al menos el 65%.
Si el solicitante es el titular de la familia numerosa, estas cantidades se computarán en relación con los hijos. - 1.811 euros por cada hijo o hermano del solicitante, o por el propio solicitante que tenga una discapacidad reconocida legalmente de al menos el 33%.
- 2.881 euros en el mismo caso anterior, si la discapacidad es al menos del 65%. Si es el propio solicitante quien tiene este porcentaje de discapacidad, serán 4.000 euros.
- 1.176 euros por cada hermano menor de 25 años si es universitario y vive fuera del domicilio familiar
- 1.176 euros por el mismo solicitante siempre que tenga menos de 25 años, estudie en la universidad y viva fuera del domicilio familiar
- El 20% del total de la renta familiar si el solicitante es huérfano absoluto y tiene menos de 25 años.
4. Cómo saber en qué umbral de renta estoy
Una vez realizado sus cálculos y obtenida la renta que percibe usted o su unidad familiar, deberá consultar en la convocatoria los topes que se establecen y comprobar en qué umbral se encuentra su renta.
En las becas MEC habitualmente se establecen 3 umbrales de renta y suelen variar de una convocatoria a otra, por lo que deberá consultar específicamente las bases de la beca que quiere solicitar.
Más información
Ministerio de Educación y Formación Profesional Becas y ayudas para estudiantes