¿Te interesa saber cómo se calcula la pensión de jubilación en España? Aquí tienes la información que necesitas para saber cuánto cobrarás el día que te jubiles, ¡presta atención!
Índice del artículo
1. ¿Cómo se calcula la pensión de jubilación en España?
A la hora de calcular la pensión de jubilación, en primer lugar habrá que saber cuáles han sido las bases de cotización a la Seguridad Social de los años previos a la jubilación. Desde que se reformara la Ley en 2013, el número de años computables va aumentando a razón de un por año desde los 16 lde 2013 hasta los 25 de 2022.
Es decir, que para el cálculo de la pensión, computarán los últimos 16 años cotizados, si la jubilación se produjo en 2013; 14 años si fue en 2014, 18 si ocurrió en 2015, y así sucesivamente. Pues bien, la suma de las cotizaciones se dividirá por un número que varía año tras año, hasta 2022. El resultado es lo que se conoce como base reguladora.
¿Cómo se calcula la base reguladora?
Desde 2022, la regla aplicable es que para determinar la base reguladora de la pensión de jubilación se tienen en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años inmediatamente anteriores al mes previo a aquel en que se produce la jubilación. Hay que realizar una serie de ajustes, según los años cotizados durante la vida laboral, para obtener la cuantía de la pensión de jubilación.
Por ejemplo, para conseguir el 100% de esta, habrá que cotizar un mínimo de años que variarán en función del año de jubilación. Este mínimo se situaba en 35,5 años en 2013, y será de 37 años en 2027.
Según la normativa vigente desde el año 2013, en caso de que un trabajador se jubile antes de cumplir la edad legal requerida, se reducirá la base reguladora para calcular la pensión, en función de cuánto tiempo se adelante la jubilación. Si por el contrario se retrasara la fecha de jubilación a después de la edad legal, dicha base se verá incrementada.
2. Requisitos para la jubilación en España
Los requisitos para jubilarse en España se dividen en distintos aspectos
Edad
Desde el 1 de enero de 2013, la edad de acceso a la jubilación depende de la edad del interesado, así como de las cotizaciones que haya acumulado durante su vida laboral. Es decir, se requiere haber cumplido:
- Una edad que se irá incrementando de 2013 a 2027 (en 2022 es 56 años y 6 meses)
- O 65 años, si se acreditan 38 años y 6 meses de cotización (en 2022)
Se trata de un requisito que será exigible si se accede a la pensión sin estar en alta o en situación asimilada al alta. Hay que tener en cuenta también que las edades de jubilación y el período de cotización a los que se acaba de hacer referencia, se aplicarán gradualmente, en los términos establecidos.
Período mínimo de cotización
Tanto en el caso de los trabajadores en alta o en situación asimilada al alta, como en el de los trabajadores que no están en ninguna de estas situaciones, los períodos de cotización mínima serán los siguientes:
- El período genérico de cotización es de 15 años (es decir, 5.475 días) desde el 15 de mayo de 2010.
- El período de cotización específico exigido será de 2 años. Este tiempo debe estar comprendido dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento en que surge el derecho, o la fecha en que cesó la obligación de cotización.
Hecho causante
En función de cuál sea la situación desde la cual se haya accedido a la pensión de jubilación, se considerará que se ha originado el hecho causante:
- El día en que cese en la actividad laboral, siel trabajador está en alta en la Seguridad Social.
- El día en que se presente la solicitud, en en caso de los trabajadores en situación asimilada al alta, con las siguientes excepciones:
- En caso de excedencia forzosa, el día que se produzca el cese en el cargo que originó la asimilación.
- En caso de traslado fuera del territorio nacional, el día en que tenga lugar el cese en el trabajo por cuenta ajena.
- El día de presentación de la solicitud, en caso de situación de no alta.
3. ¿Puedo cobrar la jubilación y seguir trabajando como autónomo?
Para compatibilizar el la pensión de jubilación con el trabajo por cuenta propia, se exige el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. El porcentaje aplicable a la base reguladora, para determinar la cuantía de la pensión causada, es del 100%. Esta opción no es posible en los casos de jubilación anticipada o bonificada por trabajos penosos o tóxicos.
Quienes opten por esta modalidad, cobrarán el 50% de la pensión correspondiente según el importe de reconocimiento inicial. Finalizada la actividad, y una vez llegada la jubilación definitiva, el trabajador recibirá el 100% de la pensión, más el complemento al mínimo que le correspondiese.