Existen ocasiones en las que una persona que fue declarada en una situación de gran invalidez o invalidez permanente total o absoluta para continuar realizando la profesión habitual, es sometida a una revisión y los resultados indican que ha obtenido una mejoría, y por tanto se le declara plenamente capaz o inválido parcial. En estos casos el trabajador podrá acogerse al subsidio por revisión de expediente de mejoría de una invalidez.
Índice del artículo
- Qué es el subsidio por revisión de expediente de mejoría de una invalidez?
- ¿Quién puede acogerse a esta ayuda?
- Requisitos generales
- Requisitos específicos
- ¿Qué documentación tengo que presentar?
- ¿Cuáles son los plazos que tengo para poder tramitar la solicitud?
- ¿Cuál será la cuantía que percibiré y durante cuanto tiempo?
- ¿Cómo se realiza el pago?
Qué es el subsidio por revisión de expediente de mejoría de una invalidez?
Nos encontramos ante una prestación de carácter asistencial, que se incluye que dentro de las medidas de protección del trabajador en situación de desempleo, con las que se pretende complementar las prestaciones de carácter contributivo cuando el trabajador ha obtenido una mejoría de la situación de invalidez que fue declarado.
¿Quién puede acogerse a esta ayuda?
Podrán acogerse únicamente aquellos trabajadores que hayan sido declarado plenamente capaces o incapacitados parciales a causa de expedientes de revisión en la que se obtiene una mejoría de una situación de gran invalidez o invalidez absoluta o total para ejercer su profesión habitual.
Requisitos generales
Para poder solicitar cualquiera de los subsidios por desempleo existentes, entre los que se encuentra este, el trabajador debe reunir una serie de requisitos generales que deberán mantenerse durante todo el tiempo en que se beneficie de la ayuda:
- En primer lugar el trabajador tiene que estar desempleado y estar inscrito como demandante de empleo.
- No debe tenerse derecho a la prestación por desempleo.
- Debe mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo en que reciba el subsidio
- Suscribir el compromiso de actividad.
- Carecer de rentas que superen el 75 % del Indicador Público de Renta de Efecto Múltiple.
Requisitos específicos
Para poder ser beneficiario de esta ayuda, deben acreditarse además los siguientes requisitos específicos:
- El trabajador debe figurar inscrito como demandante durante el plazo de un mes y además deberá mantenerla durante el periodo en que está siendo beneficiario del subsidio por mejoría de una invalidez.
- No debe haber rechazado ninguna oferta de empleo que se considerara adecuada a sus circunstancias ni haberse negado a participar en programas de orientación o formación profesional.
- Como requisito fundamental el trabajador debe haber sido declarado plenamente capaz o con el grado de incapacidad permanente parcial para el ejercicio de su profesión habitual, a causa de un expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez o incapacidad absoluta o total.
¿Qué documentación tengo que presentar?
La documentación que será necesaria para poder tramitar el subsidio es la siguiente:
- Modelo de solicitud subsidio por desempleo
- Documento Nacional de Identidad del solicitante(DNI). En el caso de personas extranjeras residentes en territorio español tendrán que identificarse con la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) o Número de Identidad de Extranjeros con el pasaporte según sean comunitarias o no.
- Un documento bancario en el que figure el número de cuenta en que se desea que se realice el abono. Debes ser titular de la misma.
- Deberá presentarse también una fotocopia de la resolución del expediente de revisión por mejoría.
Podría ser necesario además que aportes un justificante de rentas si te lo solicita el organismo encargado de la gestión del subsidio.
¿Cuáles son los plazos que tengo para poder tramitar la solicitud?
En el momento en que se declara que el trabajador es plenamente capaz o posee una incapacidad permanente parcial dispone de 30 días para inscribirse como demandante de empleo. Transcurrido un mes desde la inscripción cuenta con 15 días hábiles para solicitar el subsidio.
¿Cuál será la cuantía que percibiré y durante cuanto tiempo?
La cuantía que el trabajador percibe equivale al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y se sitúa en 430 euros mensuales.
El subsidio por revisión de expediente de mejoría de una invalidez tendrá una duración de seis meses que podrán prorrogarse hasta dieciocho meses siempre que lo solicite el interesado.
¿Cómo se realiza el pago?
El pago se abonará cada mes entre los días diez y quince. Salvo algunas excepciones el pago se realizará en la cuenta bancaria que hayas indicado.Recuerda que debes ser titular de la cuenta que facilites.
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