Si vas a ejercer un cargo público o político, o una función sindical, quizás tengas que solicitar la excedencia forzosa. Si tienes alguna duda sobre este tema, en este artículo daremos respuesta a todas tus preguntas.
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La excedencia forzosa tiene lugar cuando el trabajador se ve obligado a dejar su puesto de trabajo provisionalmente, por alguno de los siguientes motivos: Existen muchos trabajos que son incompatibles con este tipo de actividades. En ese caso es necesario solicitar la excedencia forzosa. Se considera como cargo público aquel que cumple los siguientes requisitos: El cargo público no debe ser confundido con un trabajo como funcionario ni un empleo público. Tampoco es un trabajo en una empresa pública, ni en una sociedad de capital público. Tal como su propio nombre indica, se trata de realizar actividades de tipo sindical, en el ámbito provincial o uno superior. No obstante, la Ley limita el derecho a la excedencia forzosa a aquellas organizaciones sindicales que sean más representativas. Se trata de un deber inexcusable, de tipo personal y público, tal como el formar parte de un jurado popular en un juicio penal. Además de encontrarse en alguna de las situaciones indicadas en el apartado anterior, no se exige ningún requisito más para la excedencia forzosa. No es necesario llevar un tiempo determinado en la empresa o cuerpo público en el que se trabaje. Tan solo hay que poner en conocimiento del empresario o superior esta circunstancia, que estará obligado a aceptar. La Ley no señala ningún procedimiento específico a seguir a la hora de solicitar la excedencia forzosa. No obstante, lo más correcto por parte del trabajador es ponerlo en conocimiento de la empresa o cuerpo por escrito, y siempre con la mayor antelación con la que le sea posible. Cuando un trabajador se encuentra en una de las situaciones que dan derecho a la excedencia forzosa, la empresa está obligada a concederla. Por lo tanto, si esta no se la da, podrá acudir a la vía judicial para reclamar su derecho. Cuando se trata de cumplir un deber público, la propia empresa puede obligar al trabajador pasar a la situación de excedencia forzosa, cuando dicho deber inexcusable, público y personal, le impida desarrollar su actividad laboral en más del 20% de las horas laborales, a lo largo de un período de tres meses. El trabajador que se encuentra en excedencia forzosa tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo, con independencia de cuánto dure la excedencia. Durante este tiempo seguirá computando la antigüedad, pero no para todos los efectos (por ejemplo, no contará para calcular la indemnización por despido). El trabajador tiene estos derechos con independencia de que su trabajo sea temporal o indefinido. Una vez que el trabajador finaliza su cargo público o sindical, puede reincorporarse a su puesto de trabajo el día que lo desee, dentro de un plazo máximo de treinta días naturales. Cuando se trata del ejercicio de un cargo sindical, el trabajador puede reincorporarse a su trabajo en el momento en que considere que puede hacer compatibles sus actividad laboral y su función sindical. Es decir, puede continuar en el cargo si es posible. Pero en el caso de que cese en su puesto de trabajo, tiene un plazo de treinta días para reincorporarse tras terminar en el cargo, tal como acabamos de indicar. Si el trabajador no se reincorpora a su puesto de trabajo dentro del plazo establecido, la empresa puede considerar que ha abandonado su puesto de trabajo, y las consecuencias serán las mismas que en el caso de una baja voluntaria. Es decir, el trabajador no tendrá derecho a indemnización alguna ni a cobrar el paro. Si ocurre lo contrario, es decir si la empresa es la que no permite que el trabajador se reincorpore a su puesto de trabajo, este podrá demandarla por despido improcedente. Para facilitarte la solicitud y la reincorporación tras una situación de excedencia forzosa, te proponemos las siguientes plantillas: De Natalia Ruiz Hernández A/A Sr. Jefe de Administración Personal En Barcelona, a 11 de julio de 2022 Conforme a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y la Normativa Laboral vigente, pongo en su conocimiento mi intención de acogerme a la situación forzosa por (aquí se pone el cargo o función sindical que se va a pasar a desempeñar), a partir del (y aquí la fecha), con los efectos y derechos que se establecen en este supuesto. El motivo de esta excedencia, que solicito voluntariamente, es el de (aquí se explican los motivos para acogerse, que puede ser la incompatibilidad por ley de ese cargo con el trabajo, la imposibilidad de llevar a cabo ambas actividades a la vez, etc). De Natalia Ruiz Hernández A/A Sr. Jefe de Administración Personal En Barcelona, a 28 de octubre de 2022 Tras haber cesado el día (poner la fecha del cese) en mi cargo como (aquí el nombre del cargo, o en su caso la función sindical), el cual me obligó a solicitarle la excedencia forzosa, situación en la que actualmente me encuentro, pongo en su conocimiento mi intención de reincorporarme a su empresa el día (aquí poner la fecha). Tal como establece la Ley, dicha fecha se encuentra dentro de los 30 días naturales siguientes a la del cese en el cargo. Atentmente, Firmado: Natalia Ruiz Hernández Guía Laboral – Suspensión y extinción del contrato de trabajo1. En qué consiste la excedencia forzosa
¿Qué se considera un cargo público?
¿Qué es una función sindical?
¿Qué se entiende por deber público?
2. Cuáles son los requisitos para la excedencia forzosa
3. Cómo se pide este tipo de excedencia
4. Cuáles son los derechos de trabajador en excedencia forzosa
5. Como se establece el derecho a la reincorporación en la empresa
¿Qué ocurre si se pasa el tiempo de reincorporación?
6. Modelos de solicitud y reincorporación en la excedencia forzosa
Modelo de solicitud
Modelo de reincorporación
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