Si hasta este momento has estado trabajando desde casa o sin trabajar a causa de alerta sanitaria por coronavirus, probablemente te preguntes si estás obligado a volver a tu puesto de empleo.
Te contamos si pueden obligarte a volver a la oficina durante la desescalada.
Índice del artículo
1. ¿Puede obligarme la empresa a volver a la oficina?
El Real Decreto-ley 8/2022 determina que el trabajo es la opción preferente en estos momentos.
Así pues, mientras esta medida esté vigente, la empresa tendrá que justificar que de veras es necesario que el trabajador vuelva a su puesto en la oficina y no trabaje desde casa.
Se puede valorar también la posibilidad de que el trabajador teletrabaje, pero que en determinados momentos vaya a la empresa para determinadas tareas en las que sea necesario que lo haga.
Ahora bien; lo anterior no significa que el trabajador se pueda negar a volver a la oficina, si la empresa así se lo ordena.
Si no está de acuerdo, lo que tiene que hacer es interponer una denuncia ante la Inspección de Trabajo, si por ejemplo piensa que su seguridad y su salud no están garantizadas.
Caso distinto es que exista un riesgo grave e inminente en caso de volver a la oficina, ya que en función de lo establecido por el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en estos casos no se puede exigir a los trabajadores que retomen su actividad en tanto siga existiendo el peligro, salvo una excepción debidamente justificada y por razones de seguridad.
Finalmente, correspondería a los tribunales determinar si procede que se aplique el artículo 21 de la LPRL o no.
2. ¿Cómo será la vuelta a la oficina?
La vuelta al trabajo en la oficina después del teletrabajo o un ERTE por ejemplo, debe estar marcada en todo momento por las medidas de seguridad sanitarias:
- Hay que mantener una distancia mínima de dos metros con respecto a las demás personas.
- En la medida en que sea posible deben evitarse las reuniones, siendo recomendable seguir realizándolas a través de videoconferencia.
- No deberán compartirse dispositivos como por ejemplo los teléfonos u ordenadores. En caso de que sea totalmente necesario hacerlo, tendrán que ser desinfectados después de que cada trabajador termine su jornada.
- Tendrán que intensificarse los controles tanto a la entrada como a la salida del trabajo, con el fin de evitar aglomeraciones.
- Aquellos empleados que presenten algún síntoma compatible con el COVID-19, o bien pertenezcan a algún grupo de riesgo, no deberán presentarse a su puesto de trabajo.
Además de lo anterior, es necesario que la vuelta al trabajo sea de forma paulatina durante las próximas semanas, de manera presencial pero en jornada reducida y continuada, con el objetivo de que no sea necesario comer en el trabajo, y por ello, utilizar zonas comunes como los comedores.
Es necesario a su vez mantener una mayor frecuencia de higiene, aumentando las labores de limpieza en las instalaciones y utilizando toallitas desinfectantes en zonas como las máquinas dispensadoras.
Resulta de vital importancia también no dejar ningún papel ni ningún otro elemento encima de la mesa de trabajo, para evitar contacto.
Finalmente es importante también ventilar las instalaciones, y si esto no es posible, instalar un sistema de renovación permanente del aire.
3. ¿Cuál es la mejor forma de desplazarse hasta el trabajo?
A la hora de desplazarse hasta la oficina es mejor apostar por aquellos medios que permitan mantener una distancia personal de al menos dos metros.
Por ello, siempre que sea posible es mejor desplazarse de forma individual, como en tu propio coche, moto o bicicleta.
Si se opta por desplazarse en coche hay que evitar que viaje más de una persona en él; y si esto no es posible, se deben extremar las precauciones de higiene y mantener la mayor distancia que se pueda entre los ocupantes.
En caso de coger un taxi o VTC, también se deben seguir las indicaciones anteriores.
Y si se viaja en transporte público, como el autobús, el tren o el metro, se debe guardar la distancia interpersonal y es necesario llevar una mascarilla puesta.