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Subsidio para trabajadores temporales despedidos por el coronavirus

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Ya se puede solicitar el subsidio para trabajadores temporales despedidos a causa de la crisis del coronavirus. Te contamos todo lo que debes saber de esta ayuda.

1. ¿En qué consiste el subsidio para trabajadores temporales despedidos por el coronavirus?

Se trata de un subsidio aprobado por el Gobierno para los trabajadores temporales despedidos durante la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.

Este subsidio fue anunciado en paralelo al subsidio para las trabajadoras del hogar; ambos son colectivos que en un principio habían sido excluidos de los demás mecanismos extraordinarios habilitados.

Pero la gran cantidad de extinciones de contratos temporales que tuvieron lugar durante las primeras semanas del estado de alarma hizo que el Gobierno tuviera que asegurar una ayuda mínima a esas personas que se quedaron sin trabajo, y que no reunían la cotización suficiente para tener derecho a una prestación.

Esta medida es de aplicación a aquellas personas que tuvieran un contrato de dos meses de duración al menos.

Así pues, es necesario que la extinción del contrato se haya producido durante el estado de alarma, y el trabajador tiene que acreditar que en enero ya estaba trabajando con dicho contrato.

Y es que el problema estructural del mercado laboral continúa siendo la alta temporalidad. Casi 2,5 millones de trabajadores tienen un contrato de de duración inferior a 6 meses; y 240.000, de menos de un mes. Tal como ocurrió en la crisis de 2008, estas personas son las primeras que son despedidas cuando cae la actividad.

2. ¿Cuál es la cuantía del subsidio?

El subsidio para los trabajadores temporales tiene un importe de 440 euros. Tendrá una duración de un mes, y no hay requisito de carencia para estos trabajadores.
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3. ¿Cuáles son los requisitos para pedirlo?

Los requisitos para solicitar el subsidio son los siguientes:

  • Haber finalizado un contrato de al menos dos meses de duración.
  • Que ese contrato haya finalizado durante el estado de alarma.
  • El trabajador no debe tener cotizaciones suficientes para pedir otra prestación o subsidio.
  • Carencia de rentas: no se puede superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (712,5 euros al mes).
  • Hay que estar inscrito como demandante de empleo.

4. ¿Cómo se solicita este subsidio para trabajadores temporales?

Desde el 5 de mayo ya se puede solicitar esta ayuda al Servicio Público de Empleo (SEPE), y hasta un mes después de que finalice el estado de alarma.

Para ello hay que rellenar este formulario, y una vez que esté debidamente cumplimentado, enviarlo a través de la propia página.

5. ¿Cuántos trabajadores temporales pueden perder su empleo por el coronavirus?

En la crisis anterior se destruyó el 40% de los contratos temporales, pero de forma paulatina. Ahora el efecto es mucho más concentrado.

Expertos en la materia plantean dos posibles escenarios, de los cuales uno es más optimista y el otro más pesimista, si bien reconocen que lo más probable es que nos situemos más cerca del escenario peor:

  • El primer escenario apunta a la destrucción o renovación de 240.000 contratos temporales.
  • El segundo señala que se podrían destruir o no renovar casi 1 millón de contratos temporales.
El hecho de que se den unos márgenes tan amplios se debe a que en estos momentos es realmente difícil hacer proyecciones.

No obstante, hay expertos que están de acuerdo en que una de las medidas macroeconómicas más efectivas consiste en ayudar a los trabajadores más precarios.

Estas personas suelen destinar todos sus ingresos al consumo, y ese comportamiento contrarresta la caída del gasto de los hogares que se pronostica a causa del Covid-19.

6. ¿Este subsidio es compatible con otras prestaciones?

El subsidio es incompatible con cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social y u otras ayudas análogas concedidas por las Administraciones Públicas. Tampoco es compatible con los subsidios de desempleo existentes.

El Gobierno ha introducido este subsidio en un Real Decreto-ley de medidas urgentes para paliar el impacto económico y social del coronavirus, entendiendo que la situación de este colectivo tiene que ser atendida a través de medidas excepcionales, debido a la escasa posibilidad de que las personas que lo conformen encuentren otro puesto de empleo durante la crisis sanitaria.