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El permiso retribuido por nacimiento de un hijo

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Si vas a tener un hijo y estás trabajando, tienes que saber que tienes derecho a disfrutar del permiso retribuido por nacimiento de un hijo. Tee contamos todo lo que debes saber de este permiso, así como lo que puedes hacer después para seguir disfrutando un tiempo de tu hijo recién nacido sin tener que acudir a tu puesto de trabajo.

1. Permiso retribuido por nacimiento de un hijo

Según se recoge en el Estatuto de los Trabajadores, estos tienen derecho a dos días de permiso retribuido en caso de nacimiento de un hijo. Estos serán ampliables a cuatro días en el caso de que sea necesario un desplazamiento. Este último sería el caso por ejemplo de una persona que trabaja fuera de donde vive, y se ve obligada a vivir fuera de su hogar mientras trabaja. También sería el caso de que ambos progenitores vivieran en sitios distintos y alejados.

Este permiso retribuido se recoge en el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores.

2. Cuándo comienza este permiso retribuido

Los permisos retribuidos que reconoce el Estatuto, que recogen el nacimiento de un hijo y otras circunstancias, son interrupciones no periódicas y normalmente breves. Se fundamentan en la causa legal que los justifica, que en este caso es ese nacimiento de un hijo.

El permiso retribuido tiene que comenzar de forma inmediata tras el nacimiento del hijo. Es decir, los dos días de permiso empezarán al día siguiente del parto.

3. ¿A quién pertenece el permiso?

Normalmente este permiso lo pide el padre del recién nacido. El problema surge cuando no es el padre quien pretende acogerse a este derecho, sino otro familiar como por ejemplo un abuelo.

Lo cierto es que el caso concreto de nacimiento de un hijo, tan solo permite a sus progenitores disfrutar de este permiso. Lo que ocurre es que el Estatuto de los Trabajadores recoge otras circunstancias para disfrutar de un permiso retribuido, como la hospitalización de algunos familiares, concretamente de aquellos con los que se mantiene una relación de parentesco de hasta el segundo grado de consanguinidad).

Entonces la pregunta sería, ¿el nacimiento de un hijo está comprendido dentro del supuesto de la hospitalización de un familiar (que en este caso sería la madre del recién nacido)? Los Tribunales se han ido pronunciando en distintos sentidos.

En principio se entendió que el permiso por nacimiento de un hijo y por hospitalización de un familiar eran dos derechos distintos. Es decir, si la hospitalización era por nacimiento, no se reconocía este derecho al permiso retribuido por hospitalización. Finalmente se recurrió esta postura, y se terminó considerando que los familiares de hasta segundo grado de consanguinidad de la madre del nacido podían disfrutar del permiso por hospitalización.

Si el permiso es por hospitalización, ¿cuánto dura?

Al igual que ocurre en el caso del permiso retribuido por nacimiento de un hijo, el permiso retribuido por hospitalización de un familiar de hasta el segundo grado de consanguinidad tiene una duración de dos días. En este caso también sería ampliable a cuatro días si el familiar beneficiario del derecho necesita desplazarse.

4. Ya ha terminado este permiso, ¿qué puedo hacer ahora?

Una vez finalizado el permiso retribuido por nacimiento de un hijo, el trabajador tiene la posibilidad de acogerse al permiso de paternidad. Se trata de otro derecho reconocido por el Estatuto de los Trabajadores, en este caso en su artículo 45.1.d).

Este permiso es de 13 días ininterrumpidos en principio. En caso de parto, adopción o acogimiento múltiples, el mismo se ampliará en dos días más por hijo, a partir del segundo.

En caso de parto, corresponde solo al padre. Pero si se produce una adopción o acogimiento, corresponde a cualquier de los progenitores, a elección de los interesados. Este derecho solo podrá ser disfrutado por uno de ambos progenitores.

Compatibilidad entre este permiso y el descanso por maternidad

El permiso por paternidad se puede disfrutar con independencia del uso compartido del descanso por maternidad. No obstante, cuando este último sea disfrutado por completo por uno solo de los progenitores, el permiso por paternidad se podrá ejercer solo por el otro.

¿Cuándo comienza el permiso por paternidad?

El beneficiario del permiso por paternidad podrá disfrutar de este derecho desde la finalización del permiso retribuido por nacimiento de un hijo. En caso de adopción o acogimiento, el permiso por paternidad comenzará a partir de la resolución judicial que establezca la adopción o la decisión administrativa o judicial que dé lugar al acogimiento.

El permiso terminará cuando finalice la suspensión del contrato, o inmediatamente después de finalizar dicha suspensión.

Hay que tener presente que esta suspensión del contrato puede disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial de un mínimo del 50%. En este último caso deberán estar de acuerdo el empresario y el trabajador, y cumplirse todo aquello que se determine a nivel reglamentario.

Más información

Estatuto de los Trabajadores