¿Sabes cómo se solicita la Ley de Dependencia? ¿Y los servicios y prestaciones a los que da derecho? Si te encuentras en esta situación o lo está algún familiar tuyo, aquí tienes las claves para solicitar las prestaciones que necesita. Consulta los requisitos mínimos.
Índice del artículo
1. ¿Qué es la ley de dependencia?
Se trata de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Esta se conoce popularmente como la «Ley de Dependencia».
Se trata de una ley a través de la cual se crea el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. Este sistema consiste en una serie de prestaciones y servicios que se destinan a promover la autonomía personal, así como la protección y atención de personas. Esto se hace a través de servicios públicos y privados concertados, acreditados a tal efecto.
Estas personas tienen que ser dependientes, bien por sufrir una enfermedad, o a causa de un suceso que las incapacite. También se puede considerar dependiente a una persona a causa de su avanzada edad.
En esta ley, la dependencia se traduce en la incapacidad funcional para desarrollar actividades del día a día, y en precisar de ayuda para poder llevar a cabo dichas actividades cotidianas.
2. Grados de dependencia reconocidos
Los grados de dependencia que se reconocen en esta Ley son los siguientes:
Dependencia moderada (Grado 1)
Es el caso de las personas que necesitan ayuda para las actividades básicas cotidianas al menos una vez por día. También cuando la persona precisa de apoyo intermitente o limitado en su autonomía personal.
Dependencia severa (Grado 2)
Se trata de aquellas personas que requieren de ayuda para sus actividades básicas diarias dos o tres veces al día. Sin embargo, no se necesita de apoyo permanente de un cuidador o no se tienen necesidades de apoyo extenso para la autonomía personal.
Gran dependencia (Grado 3)
Personas que precisan ayuda en la realización de varias actividades básicas y cotidianas durante varias veces al día. Son personas que tienen esta dificultad a causa de haber perdido por completo su autonomía física, intelectual, sensorial o mental. En estos casos se necesita el apoyo permanente de otra persona, o se tienen necesidades generalizadas de apoyo para la autonomía personal.
3. Requisitos para cobrar la ley de Dependencia
Para solicitar los servicios y prestaciones reconocidos a través de la Ley de Dependencia hay que cumplir los siguientes requisitos generales:
- Encontrarse en alguno de los grados de dependencia establecidos por dicha ley.
- Residir en territorio español, y haberlo hecho al menos durante cinco años. Dos de estos años tienen que ser inmediatamente anteriores a la fecha en que se presente la solicitud. En el caso de los menores de 5 años, este requisito de residencia se referirá a la persona que ejerza su guarda y custodia.
- Quienes cumplan los requisitos anteriores, pero no tengan la nacionalidad española, estarán a lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Habrá que analizar también lo establecido en los convenios internacionales, así como en los convenios celebrados con el país de origen de la persona. En el caso de los menores de 5 años, hay que estar también a lo previsto en las Leyes del Menor que estén vigentes, a nivel estatal, autonómico y en tratados internacionales.
- El Gobierno puede establecer además medidas de protección de los españoles no residentes en España.
4. Cómo se solicita
La solicitud de la ley de Dependencia se inicia por parte de la persona que esté afectada por un grado de dependencia. En su caso, será su representante quien comience el procedimiento.
Dicha persona tiene que presentar el modelo oficial correspondiente en la Administración pública competente. Puedes consultar cuál es la Administración a la que te tienes que dirigir en el siguiente enlace:
Quiénes pueden solicitar el reconocimiento de la dependencia
Pueden pedir el reconocimiento de la situación de dependencia las siguientes personas:
- Españolas o españoles, sean de origen o por residencia.
- Extranjeras o extranjeros que residan legalmente en España.
- Menores de edad, es decir, españoles o extranjeros que tengan menos de 18 años. En caso de que sean menores de 5 años, el requisito de residencia se exige a la persona que ejerza su guarda y custodia.
- Emigrantes retornados.
5. Servicios y prestaciones que da derecho el reconocimiento de la dependencia
Cuando se reconoce la situación de dependencia, se adquiere el derecho a diversos servicios y prestaciones:
- Servicios de prevención de la dependencia, y promoción de la autonomía: programas preventivos y de rehabilitación.
- Servicios de ayuda a domicilio: para atender las necesidades diarias de la pesona dependiente, en su propia vivienda.
- Centros de Día y de Noche, que prestan los mismos servicios relacionados con las necesidades del día a día.
- Servicios de Atención Residencial, para quellos casos que requieren una atención absoluta y de forma constante.
- Servicios de teleasistencia. Estos servicios atienden a las personas dependientes instantánea y urgentemente.
- Prestación económica vinculada al servicio. Es un subsidio que se concede en aquellos casos en los que no se puede acceder a servicios públicos de cuidados.
- Apoyo para cuidadores no profesionales, y ayuda para los cuidados en el entorno familiar. Se puede acceder a estas prestaciones cuando el cuidador sea un familiar de hasta el tercer grado del dependiente, y lleve al menos un año desempeñando estas labores en el momento de la solicitud.
- Prestación económica de asistencial personal. El fin de esta prestación es poder contratar a un cuidador durante una cantidad regulada de horas al día.