La crisis sanitaria provocada por el Covid-19 en España está teniendo una fuerte repercusión también en su economía.
Te explicamos cuáles son las ayudas para pymes por el coronavirus que ha aprobado el Gobierno de España y qué requisitos debes cumplir para acogerte a cada una de ellas.
Nuevas medidas económicas aprobadas por el Gobierno por el COVID-19
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Índice del artículo
1. Aplazamiento de los impuestos por 6 meses
Tanto las pymes como los autónomos pueden pedir el aplazamiento de impuestos por 6 meses, solicitándolo previamente y sin ningún recargo (si se empiezan a devolver los impuestos a partir de los 3 meses).
El aplazamiento de impuestos no tiene recargo si se comienzan a devolver en un plazo de 3 meses.
Pueden solicitar el aplazamiento de impuestos todos los autónomos y empresas que no superaran un volumen de facturación de 6.010.121,04 euros en 2022.
Se pueden aplazar las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones de impuestos que se tuvieran que presentar e ingresar entre el 13 de marzo y el 30 de mayo de este año.
¿Se pueden aplazar todos los impuestos?
Si se cumplen los requisitos que hemos visto respecto a volumen de facturación y fechas de presentación e ingreso, sí, se pueden aplazar todos los impuestos que tenga que pagar la empresa.
Según cuál sea la actividad a la que se dedique la empresa y su nivel de operaciones, tendrá que presentar y pagar unos u otros impuestos. Pues bien, se podrá pedir el aplazamiento de todos estos, por ejemplo del IVA.
Aquí tienes el calendario fiscal de 2022 para más información:
¿Cuándo se puede solicitar el aplazamiento?
Se puede pedir el aplazamiento de impuestos durante el plazo en que hubiera que presentar la declaración-liquidación o autoliquidación correspondiente.
Todos los detalles de esta medida los encontrarás en el Real Decreto-ley 7/2022.
2. ERTE por coronavirus
Todas las empresas afectadas por el Covid-19 pueden acogerse a un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) por causa de fuerza mayor. Esto permite tanto suspender como reducir la jornada de los trabajadores.
Las empresas afectadas por el coronavirus pueden acogerse a un ERTE, para suspender o reducir la jornada laboral de sus trabajadores.
Con esta medida se pretende facilitar el acceso de las empresas al expediente temporal, y tratar de que no se decanten por el despido de trabajadores. A través del ERTE no se produce ningún despido, sino que se deja en suspenso el contrato del trabajador, o se reduce su jornada laboral.
No se ha establecido ningún tiempo de duración máxima del ERTE por coronavirus, que durará el tiempo que sea necesario a causa de la alerta sanitaria.
La medida fue publicada en el Real Decreto-ley 8/2022.
3. Ayudas para las empresas del sector turístico
Todas aquellas empresas que desarrollen actividades que formen parte del sector turístico, la hostelería y el comercio, y que generen producción desde febrero hasta junio, y den de alta o mantengan en alta durante ese tiempo la ocupación de los trabajadores fijos-discontinuios, pueden acogerse a una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes en ese período, y también por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, Formación Profesional y FOGASA.
Se podrá aplicar esta medida hasta el 31 de diciembre de 2022.
Además, el Gobierno ha dado a conocer otras medidas para ayudar al sector turístico dentro de las cuales, las que pueden afectar a pymes son las siguientes:
- La ampliación de la línea de financiación Thomas Cook hasta 400 millones de euros.
- La devolución del importe de los viajes de Turismo Social del Imserso que se han tenido que cancelar por la crisis del coronavirus.