Saltar al contenido

Plan Me Cuida: qué es y quién puede pedirlo

Plan Me Cuida

El Plan Me Cuida ofrece una serie de alternativas a aquellos trabajadores que tengan que hacerse cargo de familiares enfermos de Covid-19, en determinados casos.

En este post de CursosInemWeb encontrarás toda la información que necesitas sobre esta medida.

1. ¿Qué es el Plan Me Cuida?

El Plan Me Cuida se regula en el artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2021, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

En virtud de este plan, aquellos trabajadores que tengan deberes de cuidado respecto de su cónyuge, pareja de hecho u otro familiar por consanguinidad hasta el segundo grado (padres, hijos, abuelos, nietos y hermanos) enfermo de Covid-19, podrán reducirse y/o adaptarse su jornada laboral.

2. ¿En qué casos puede el trabajador acogerse un trabajador al Plan Me Cuida?

Los trabajadores podrán beneficiarse del Plan Me Cuida en las siguientes situaciones:

  • Cuando por razón de edad, enfermedad o discapacidad, el familiar que ha contraído el coronavirus necesite la presencia del trabajador para su cuidado personal y directo, y en este caso, a consecuencia de la pandemia.
  • También tendrán derecho a solicitar la reducción/adaptación de jornada los trabajadores cuyo familiar enfermo de Covid-19 estuviera a cargo de una persona que no pueda seguir cuidándolo por causas justificadas relacionadas con el coronavirus.
  • Es posible acogerse también a la medida si el hijo del trabajador, en edad escolar, estudia en un centro educativo que ha cerrado a causa de la pandemia, siempre que hasta ese momento hubiera estado a cargo de su cuidado.

3. ¿Qué posibilidades ofrece el Plan Me Cuida?

Las opciones que tiene el trabajador que debe hacerse cargo de su familiar enfermo de Covid-19 son varias, principalmente las siguientes:

  • Alterar su horario.
  • Cambiar su turno.
  • Tener un horario flexible.
  • Trabajar en jornada partida o continuada.
  • Solicitar que se le permita trabajar por la modalidad de teletrabajo.

4. ¿Por cuánto tiempo se puede disfrutar del Plan Me Cuida?

Con independencia de en qué medidas se concrete el plan en cada caso, este estará vigente mientras duren las circunstancias excepcionales que dieron derecho a acogerse al mismo. 

Por ejemplo, hasta cuando el cuidador habitual de la persona enferma pueda volver a hacerse cargo de la misma.

¿Qué es el Plan Me Cuida?

5. ¿Es posible beneficiarse del Plan Me Cuida si ya se estaba disfrutando de una adaptación o reducción de jornada?

Si el trabajador ya estaba en adaptación de jornada por razones de conciliación, o en reducción de jornada por cuidado de familiares, podrá renunciar al anterior derecho de forma temporal, o también pedir que se le modifiquen los términos de su disfrute, si concurren las causas que dan derecho a acogerse al Plan Me Cuida.

Esto será de aplicación también si el trabajador estaba disfrutando de algún otro derecho de conciliación previsto en la normativa laboral.

6. Cómo solicitar el Plan Me Cuida

Para acogerse al Plan Me Cuida el trabajador debe poner en conocimiento de la empresa su intención con al menos 24 horas de antelación. Según se indicó desde el propio Gobierno, las adaptaciones de la jornada laboral se deben hacer de forma justificada, razonable y proporcionada.

7. ¿Hasta cuándo estará vigente el Plan Me Cuida?

En el Real Decreto-ley 28/2021, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, se estableció la prórroga del Plan Me Cuida hasta el próximo 31 de enero. Por lo tanto, por el momento esta opción estará disponible hasta ese día, si bien no es descartable que se prorrogue de nuevo en caso de que la evolución de la pandemia así lo aconseje.

¿Te encuentras en alguno de los casos excepcionales que hemos visto en este artículo? En ese caso haz valer tu derecho y no dudes en solicitar alguna de las opciones que permite el Plan Me Cuida.