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Ayudas para madres autónomas

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¿Sabes cuáles son las ayudas para madres autónomas vigentes en España en la actualidad? A continuación encontrarás una guía completa sobre las medidas que contempla la nueva Ley de Autónomos para la conciliación de la vida familiar y laboral.

1. Ayudas para madres autónomas

Como todos sabemos, ser madre conlleva una serie de responsabilidades ineludibles a diario. Si además de madre la mujer es autónoma, su ritmo de vida se puede convertir totalmente en frenético.

Pues bien, para facilitar la labor a las madres emprendedoras, existen unas ayudas que al menos, hacen que estas reduzcan gastos durante un tiempo, haciendo así más llevadero su día a día.

La nueva Ley de Autónomos se ha hecho cargo de lo complicado que puede resultar ser madre y empresaria al mismo tiempo. Es por esto que ha propuesto unas medidas para la conciliación de la vida laboral y familiar, lo cual venía siendo un importante reclamo por parte de estas mujeres.

Son concretamente tres los derechos que recoge la nueva Ley, y que constituyen la parte más importante de las medidas que se toman para conciliar la vida laboral y familiar, y que entran en vigor con la reforma de la Ley. Existen otras medidas en relación a la cotización de autónomos a tiempo parcial que podrían ser de gran ayuda para las madres y padres autónomos, pero que de momento han sido pospuestas hasta 2021 al menos.

Mientras que llegan esas medidas, previstas para el año próximo, madres y padres autónomos tienen que acogerse a las prestaciones por maternidad vigentes para los los trabajadores por cuenta propia.

En los siguientes apartados vamos a ver con detalle cuáles son las medidas que se han aprobado en la nueva Ley de Autónomos para aliviar la situación de las madres emprendedoras.

2. Bonificación en la cuota de la baja por maternidad

Aquellas personas autónomas que estén disfrutando de un descanso por maternidad, paternidad, adopción o riesgo durante el embarazo, dispondrán de una bonificación total de la cuota de autónomos, que resulta de aplicar a la base media por contingencias comunes de los últimos doce meses antes de iniciarse la medida.

La antigua ley solo permitía dicha bonificación cuando se produzca una sustitución a través de un contrato de interinidad. Pero con la nueva reforma, se elimina este requisito.

Eso sí, la bonificación sigue siendo compatible con lo que se establece legalmente respecto a las reducciones de cuotas en los contratos de interinidad de desempleados que están sustituyendo a autónomos de baja.

3. Tarifa plana para las madres que reemprendan

Muchas madres autónomas dejan a un lado su actividad durante un tiempo, para hacerse cargo de sus hijos. Pues bien, la reforma de la Ley pretende que estas se reincorporen al RETA en los dos años siguientes al momento en que se dieron de baja.

Para ello se ha aprobado que la tarifa plana que permitía a los autónomos pagar solo 50 euros durante seis meses se amplíe a un año. Una posibilidad que tan solo se establece para quienes cotizan por la base mínima. Si se trata de una cotización más alta, la bonificación en la cuota alcanza el 80%.

La reforma de la Ley de Autónomos amplía la tarifa plana de 50 euros de seis meses a un año, siempre que se cotice por la base mínima.

4. Bonificación por personas a cargo

Además de las medidas anteriores, hay que tener en cuenta que la reducción del 100% de la cuota por contingencias comunes no solo se establece para las madres autónomas, sino para cualquier trabajador por cuenta propia que contrate a un trabajador para sustituirle y se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

  • Cuidando de un menor de 12 años a su cargo
  • Con un familiar por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado a su cargo, en situación de dependencia
  • Con un familiar por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado a su cargo, que tenga una parálisis cerebral o discapacidad de al menos el 33%, o una discapacidad física de al menos el 65%

 5. ¿Existen otras ayudas fuera de la Ley de Autónomos?

En este momento, todas las ayudas para madres autónomas se encuentran dentro de la Ley de Autónomos. Antes las trabajadoras por cuenta propia y las autónomas económicamente dependientes (TRADE) tenían derecho a una bonificación del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tras disfrutar de la baja por maternidad, que era de 16 semanas, como en el caso de las trabajadoras por cuenta ajena. Pero hoy día esta ayuda no existe.

Dicha bonificación suponía el 100% de la cuantía correspondiente a las cuotas de la Seguridad Social. Es decir, que mientras duraba la ayuda, estas madres no tenían que pagar las cuotas. Esta bonificación ya desaparecida duraba 12 meses, y empezaba a recibirse en el mes que tenía lugar el alta tras la baja de maternidad.

Más información

Ley 6/2021, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo