Los ERTE se han prorrogado hasta el 31 de mayo. En este post de CursosInemWeb te damos todos los detalles sobre este nuevo aplazamiento de los ERTE.
Índice del artículo
1. Aspectos generales de la prórroga
De momento lo que se ha confirmado es la nueva prórroga del ERTE, hasta el 31 de mayo esta vez.
Pero a falta de confirmación sobre los detalles de esta ampliación del plazo de aplicación de los expedientes, los sindicatos desean que se mantengan las condiciones de la prórroga anterior, hasta el 31 de enero, en cuyo caso el esquema de protección quedaría así:
- Se seguiría aplicando el 70% de la base reguladora.
- Los ERTE de fuerza mayor en vigor se prorrogarían de forma automática.
- El contador a cero se mantendría también, así como el acceso a prestaciones de desempleo sin período de carencia.
- Podrán solicitarse los ERTE de fuerza mayor por impedimento y por limitación de actividades en cualquier sector, con exoneraciones altas en las cuotas.
- Se exoneraría la cotización en el caso de las empresas de sectores con una tasa de cobertura por ERTE alta, y una baja tasa de recuperación de actividad y su cadena de valor, prorrogando el ERTE sin necesidad de pedir uno nuevo.
- La limitación para repartir dividendos y acceder a ayudas por empresas en paraísos fiscales se mantendría igualmente.
- Se establecería una salvaguarda de empleo nueva, por 6 meses.
- Los trabajadores fijos discontinuos podrían cobrar una prestación extraordinaria.
2. El contador a cero, clave en la prórroga del ERTE
Tal como venimos viendo, quedan algunos aspectos pendientes de resolver en relación a la prórroga de los ERTE.
Pero en principio los sindicatos pretenden que se aplique un contador a cero efectivo que dé la posibilidad de ampliar las prestaciones o los subsidio por desempleo hasta el año que viene.
3. ¿Cuál es la base reguladora del ERTE?
Como hemos apuntado ya, en principio parece que se mantiene el 70% de la base reguladora a la hora de calcular las prestaciones. Al menos sería así hasta el mes de marzo.
4. Prórrogas y tipos de ERTEs
Estos son los tipos de ERTE que surgen con la prórroga de los mismos:
ERTE por limitaciones
En el caso de las empresas cuya actividad tenga limitado su desarrollo en alguno de sus centros de trabajo a causa de decisiones o medidas adoptadas por autoridades nacionales, se dará la posibilidad de solicitar el ERTE por limitación.
Estos ERTE por limitación conllevan exenciones de cuotas de entre el 70% y el 100%.
ERTE por impedimento
Aquellas empresas, independientemente de su sector o actividad, que no puedan realizar su actividad en alguno de sus centros de trabajo a consecuencia de las restricciones nuevas o las medidas adoptadas desde el 1 de octubre de 2022, sea por autoridades nacionales o extranjeras, se podrán acoger a las ventajas de los ERTE.
En estos casos se establece una exoneración de la cotización a la Seguridad Social del 100% de la aportación empresarial durante el cierre en el caso de las empresas con menos de 50 trabajadores, y del 90% en el resto de casos.
5. ¿Se protege al trabajador con la prórroga del ERTE?
Así es, porque en el III Acuerdo Social en Defensa del Empleo se mantienen todos los compromisos de salvaguarda que se establecieron a través del Real Decreto-ley 8/2022, de 17 de marzo, y del artículo 6 del Real Decreto-ley 24/2022, de 26 de junio.
A esto hay que añadir que se fija un período nuevo de 6 meses de salvaguarda del empleo para aquellas empresas que se acojan a un nuevo ERTE exonerado.
Si hubiera un compromiso de mantenimiento de empleo anterior aún en vigor, el comienzo del periodo de salvaguarda siguiente empezará una vez que finalice el anterior ERTE.
Por otro lado, en las empresas que se hayan acogido a un ERTE no estará permitido:
- Que los trabajadores hagan horas extraordinarias.
- Realizar nuevas contrataciones, ni directas ni indirectas, salvo por causa de formación, capa u otras razones objetivas que estén justificadas.
- Establecer nuevas externalizaciones de la actividad.
Se mantienen igualmente los límites de los acuerdos anteriores al respecto del reparto de dividendos, así como la prohibición a las empresas de radicarse en paraísos fiscales si desean acogerse a un ERTE.
6. ¿Qué dicen los sindicatos?
Tal como comentábamos al principio de este artículo, los sindicatos desean que la situación de los ERTE sea la misma que hasta ahora.
Desde UGT se ha manifestado su deseo de que el Gobierno prorrogue los ERTE manteniendo las condiciones actuales. En CCOO han declarado la misma intención.
7. Solicitud de la prórroga del ERTE
Son las empresas las que tienen que solicitar la prórroga de los ERTE hasta el próximo 31 de mayo. Para ello tienen que entregarle al SEPE los datos de los trabajadores afectados con el expediente, o modificarlos en su Sede Electrónica.
En caso de que se produzca algún problema a la hora de aprobar el ERTE, la empresa tendrá también que ir al SEPE para solucionarlo.
De momento solo sabemos que los ERTE se prorrogan hasta el 31 de mayo, por lo que estaremos atentos para ver en qué términos se concreta esta noticia.