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Ayuda PIRMI: qué es, cuánto se cobra y durante cuánto tiempo

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¿Necesitas información sobre la Renta Mínima de Inserción de Cataluña? En este post te damos toda la información que necesitas: qué es el PIRMI, cuánto se cobra, cuáles son los requisitos para cobrarla, etc.

Toma nota, ¡te contamos todo lo que tienes que saber de estas ayudas de la Generalitat de Cataluña!

1. ¿Qué es la Ayuda PIRMI?

La Renta Mínima de Catalunya es una ayuda familiar económica que ofrece la Generalitat de Cataluña individualmente a las familias que no tienen dinero suficiente para su subsistencia, y que tampoco pueden beneficiarse de otras ayudas o prestaciones de España.

La ayuda del PIRMI está pensada para familias con problemas económicos para subsistir.

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2. ¿Cuánto se cobra de PIRMI?

Una pregunta común entre quienes están interesados en la ayuda es cuánto se cobra de Renta Garantizada de Ciudadanía. Pues bien, aunque se suele hablar de la ayuda de 638 euros de la Generalitat, quienes se benefician del PIRMI reciben una cantidad mensual de entre 400 y 500 euros.

Con respecto a cuánto tardan en darte la Renta Mínima, esta ayuda se empieza a recibir el mes siguiente al día en que se dicta la resolución favorable, y el pago se hace por transferencia bancaria entre el día 1 y 2 de cada mes.

3. ¿Durante cuánto tiempo se cobra esta prestación?

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En estos momentos se pueden recibir las ayudas PIRMI durante un máximo de 60 mensualidades. No obstante, si se trata de una persona de a partir de 60 años el plazo se reduce hasta que la persona se jubile.

La duración Renta Garantizada de Ciudadanía en estos momentos es de 60 mensualidades o hasta la edad de jubilación a partir de los 60 años.

4. Requisitos para cobrar el PIRMI

Los requisitos de la Renta Garantizada de Cataluña son los siguientes:

  • Estar empadronado en un municipio de Cataluña.
  • Tener una residencia continuada y efectiva en Cataluña durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha en que se presente la solicitud.
  • Disponer de un permiso de residencia en vigor.
  • Constituir un hogar independiente desde al menos un año antes de solicitar la PIRMI.
  • Tener entre 25 y 65 años de edad. En algunos casos excepcionales también se otorga esta ayuda a menores de 25 años.
  • Que los ingresos sean inferiores a la PIRMI de los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud. Se computarán todos los ingresos obtenidos por los miembros de la unidad familiar.
  • No poder optar a otras prestaciones públicas ni tener otros ingresos de cualquier otro tipo que superen el PIRMI.
  • Firmar la solicitud de la ayuda y el convenio de inserción, que se refiere al compromiso de seguir el Plan Individualizado de Inserción.
  • Presentar dificultades de inserción social y laboral añadidas, en función de la evaluación realizada por los servicios sociales básicos.

Los requisitos para la ayuda PIRMI se han endurecido, ya que antes una persona con un año de residencia en Cataluña ya podía disfrutar de la ayuda si cumplía las demás condiciones.

5. Cómo se solicita la ayuda PIRMI

Las ayudas PIRMI de la Generalitat inicialmente mediante los Servicios Sociales Básicos del ayuntamiento del lugar en que vivas. Puedes buscar los de tu municipio aquí.

Los trámites relativos al PIRMI se realizan también en las oficinas de Asuntos Sociales y Familia de la Generalitat. Puedes solicitar una cita previa llamando al siguiente número de teléfono:

985 181 105( Llamar aquí )

O en el siguiente enlace:

Documentos a presentar

Para solicitar la ayuda debes presentar los siguientes documentos:

  • Documento nacional de Identidad. Las personas extranjeras tendrán que presentar en su lugar el NIE, junto con el certificado de la Dirección General de la Policía acreditativo de los períodos de residencia legal.
  • Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros y pasaporte, si se trata de ciudadanos de la Unión Europea.
  • Extracto bancario de los últimos seis meses de todas las cuentas de los miembros de la unidad familia, y extracto histórico de las transferencias realizadas.
  • Certificado de los datos fiscales.
  • Certificado de pensiones o prestaciones de la Seguridad Social.
  • Documentos que acrediten la residencia continuada en Cataluña (certificados escolares, pasaporte, recibos de la vivienda, contrato de alquiler, etc.).
  • Nómina de trabajo. Si se trata de un trabajador autónomo, declaraciones trimestrales de ingresos.
    • En caso de haber sido despedido: justificante de despido.
  •  Sentencias de divorcio.
  • Carnet de familia monoparental.
  • Documentos de propiedad del coche o la vivienda.
  • Libro de Familia.
  • Documentos que puedan acreditar la necesidad de recibir la prestación, por ejemplo certificados de discapacidad.

6. ¿Puedo irme fuera de Cataluña si estoy cobrando el PIRMI?

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En principio hay que permanecer de forma permanente en Cataluña mientras se está cobrando el PIRMI. Pero de forma excepcional, los destinatarios pueden salir de Cataluña por un período máximo de un mes, siempre que se comunique previamente al órgano encargado del seguimiento, que son los Servicios Sociales correspondientes, y al órgano que gestiona el PIRMI. También es necesario acreditar el motivo de la salida, la forma de financiación del viaje y cuánto va a durar el mismo.

7. ¿Es posible trabajar y cobrar el PIRMI a la vez?

Tan solo si se trata de un trabajo a tiempo parcial y se cumplen los requisitos para acceder a la ayuda, entre ellos los de ingresos máximos. Es posible cobrar la ayuda también en caso de familias monoparentales que tengan hijos a su cargo y cumplan dichos requisitos de ingresos. Además, es posible seguir recibiendo la ayuda seis meses después de encontrar empleo.

Más información

Generalitat de Catalunya_Renta Garantizada a la Ciudadanía