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Crisis del coronavirus: todas las ayudas para pymes y autónomos

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En CursosInemWeb vamos a ofrecerte toda la información sobre las ayudas a las que se pueden acoger los autónomos y pymes afectados por el Coronavirus (Covid-19), tanto si es a nivel económico como de salud. Iremos actualizando este artículo con la máxima rapidez, conforme el Gobierno de España amplíe los detalles de estas medidas.

Dada la gran cantidad de información que circula en relación a la crisis sanitaria por Coronavirus, queremos advertir que en esta página tan solo nos basamos en fuentes oficiales para ofrecerte una información veraz y precisa.

Ayudas por Coronavirus a pequeñas y medianas empresas

En primer lugar vamos a ver las ayudas planteadas a las pymes y autónomos que se ven afectados económicamente por el Coronavirus.

Aplazamiento de impuestos

Se aplazan por 6 meses los impuestos a pymes y autónomos. Los términos son los siguientes:

  • El aplazamiento se hará previa solicitud.
  • No supondrá recargo alguno siempre que se empiecen a devolver los impuestos en un plazo de 3 meses.
  • El solicitante puede ser persona (autónomo) o entidad (empresa), pero en todo caso no puede superar un volumen de operaciones de 6.010.121,04 euros en el año 2022.
  • Este aplazamiento se refiere a todas las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso termine entre el 13 de marzo y el 30 de mayo de 2022, ambos días incluidos.

Esta medida ha sido publicada el 13 de marzo en el artículo 14 del Real Decreto-ley 7/2022.

Flexibilización del acceso al cese de actividad

Se flexibiliza el acceso al cese de actividad para autónomos, siendo compatible con la exoneración de pagos a la Seguridad Social. El colectivo tendrá facilidades para poder cobrar con rapidez una prestación, en caso de estar sufriendo dificultades económicas.

El Presidente del Gobierno ha dado a conocer la medida en su última comparecencia.

Ayudas para autónomos afectados por Coronavirus

Ayudas para autónomos afectados por Covid 19

Ahora vamos a ver las ayudas que se van a lanzar para los autónomos contagiados o aislados por tener coronavirus.

Consideración del contagio o aislamiento por Covid-19 como accidente de trabajo

A los trabajadores, sean autónomos o por cuenta ajena, que se vean afectados en su salud a causa del Covid-19, se les mejora su protección a través del artículo 5 del Real Decreto-ley 6/2022, publicado el 11 de marzo. El contagio o aislamiento por coronavirus pasa a considerarse accidente de trabajo y no enfermedad común. Veamos qué supone esto.

Los autónomos cotizan por contingencias profesionales (es decir, por accidentes laborales y enfermedades profesionales) desde el año pasado. Entonces, si el contagio o aislamiento por coronavirus se consideran accidente de trabajo, los autónomos afectados tienen derecho a cobrar desde el primer día de baja, en los siguientes términos:

  • Cobrarán la prestación por incapacidad temporal por accidente del trabajo, que cubre el 75% de su base de cotización.
  • De forma que si la base de cotización es la mínima de 2022 (944,40 euros mensuales), la prestación sería de 23,61 euros diarios (el 75% de la base). Es decir, que ese es el mínimo que puede cobrar un autónomo afectado por coronavirus (aquellos que menos estén cotizando a la Seguridad Social).

Un trabajador, autónomo o no, que esté contagiado o aislado por Coronavirus, cobrará una baja mínima de 23,61 euros diarios desde el primer día.

Preguntas frecuentes

Respondemos a las principales preguntas que se están haciendo autónomos y pymes en relación a la crisis del coronavirus:

¿Qué impuestos se pueden aplazar?

Todas las deudas tributarias de las personas o entidades con un volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros en 2022, y que deban ser presentadas e ingresadas entre el 13 de marzo y el 30 de mayo de 2022, ambos días incluidos.

Cada empresario tendrá que presentar unos impuestos diferentes, sobre todo en función de su actividad y volumen de operaciones, pero este aplazamiento afecta a todos ellos. Por ejemplo a uno que es común a todos los casos: el IVA correspondiente al primer trimestre de 2022.

En el siguiente enlace podrás acceder al calendario fiscal de este año:

Agencia Tributaria – Calendario del contribuyente 2022

¿Cuándo se podrá solicitar el aplazamiento?

El BOE no da detalles al respecto, pero lo lógico es que el aplazamiento se pueda solicitar durante el período en que se deban presentar los impuestos correspondientes. Así funciona el aplazamiento ordinario de impuestos.

¿Hay que pagar intereses?

Durante los tres primeros meses de aplazamiento, no. A partir de ese momento sí será necesario pagar un recargo.

¿Se pueden aplazar los préstamos e hipotecas?

Se ha establecido una moratoria en el pago de las cuotas de las hipotecas para los deudores en situación especial de vulnerabilidad, con el objetivo de que quede garantizado el derecho a la vivienda. Esta medida aún no ha sido publicada a nivel normativo, por lo que debemos esperar para conocer los detalles.

«Ninguna persona en una situación económica difícil perderá su vivienda. En esta crisis, nadie será desahuciado de su casa». Pedro Sánchez, Presidente del Gobierno de España.

Hasta la fecha, no se ha dado a conocer ninguna medida en relación al aplazamiento de préstamos que no sean hipotecarios.

* Actualizado a 24 de marzo de 2022.

Fuentes:

Real Decreto-ley 7/2022, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19

Real Decreto-ley 8/2022, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

Gobierno de España – Presidencia de Gobierno

Agencia Tributaria